Caso Maldonado: la represión del 1 de agosto y el ´relato´ del juez Lleral

El jueves 29 de noviembre se informó el cierre de la causa por desaparición forzada de Santiago Maldonado. El cierre de la causa, según justifica el juez Gustavo Lleral, corresponde a que quedaría demostrado que Santiago Maldonado no fue detenido y que murió a causa de “un cuadro de asfixia por sumersión coadyuvado por un cuadro de hipotermia”.


En el fallo, sin embargo, el operativo represivo en el contexto del cual Santiago Maldonado desapareció y murió brilla por ausencia. O, más bien, es citado como un “enfrentamiento” entre una banda de encapuchados que tiraban piedras y Gendarmería nacional, pero, en todo caso, como un hecho desligado de la causa de muerte. “Debo tener por probado que el 1° de agosto de 2017 la Gendarmería Nacional Argentina realizó un procedimiento policial de despeje de ruta que se inició a la altura del Km. 1847 de la Ruta Nacional N° 40, en el Paraje Leleque, Provincia del Chubut, y que, a partir del enfrentamiento con los manifestantes que desarrollaban aquella medida, se trasladó al interior del predio ocupado por el denominado Pu Lof en Resistencia Cushamen , ubicado a la vera de ese camino nacional”, resume Lleral. Ahora bien, las implicancias que ese procedimiento y ese traslado tuvieran en la muerte de Santiago y cómo y por qué se realizó el mismo, están ausentes.


Podría sorprender tamaño resumen, dado que el accionar ilegal y premeditado de Gendarmería nacional fue denunciando pública y judicialmente sucesivas veces. Sucede que esta investigación ¡corre en otro expediente!


El “presunto accionar ilícito” del procedimiento de la Gendarmería Nacional en la Ruta Nacional N° 40 el 1° de agosto ha sido separado del que investigó las causas de su muerte. Tras la denuncia realizada por Facundo Jones Huala sobre “una serie de presuntos excesos, irregularidades y actos ilegítimos de violencia, materializados por efectivos de la Gendarmería Nacional Argentina durante los procedimientos materializados los días 31 de julio, 1° y 2 de agosto de 2017 en el predio ocupado por el Pu Lof en Resistencia Cushamen”, la Justicia abrió una nueva causa “para no alterar el orden del proceso” de la desaparición forzada. Es decir, investigar el paradero de Santiago sin considerar ni tener en cuenta el accionar de Gendarmería, que es investigada aparte por: a) irrupción violenta el día 1° de agosto de 2017 de un grupo de entre 80 y 100 efectivos en el territorio del Pu Lof, disparando armas de fuego contra quienes se encontraban en el interior del predio en cuestión; b) secuestro y destrozo de  bienes y útiles de trabajo; c) demora e incomunicación de adultos y menores de la comunidad durante el procedimiento y d) detenciones ilegales previo al desalojo de Soraya Noemí Guitart, Nelly Garay y Nicolás Hernández Huala.


Es decir, que el hecho de que Gendarmería nacional haya ingresado a los tiros al terreno de Pu Lof, mucho más allá de la ruta, destruyendo todo a su paso, luego de detener ilegalmente a cuatro personas, fue deslindado de la investigación sobre el paradero y las causas de muerte de una persona que se encontraba en ese lugar. Para la Justicia, por un lado hubo un operativo represivo y por otro desapareció y murió un manifestante. “Se ahogó solo”, sería el resumen del relato oficial.


Gustavo Lleral, que sostiene haberse atenido pura y exclusivamente a la investigación sobre el paradero y posible detención de Santiago Maldonado para no confundir la investigación, se ha servido de la separación de ambas investigaciones y expedientes para deslindar el operativo represivo de la muerte de Santiago.


Pero no se trata sólo de una omisión. Lleral describe los hechos de la siguiente manera:


“Las personas que realizaban el corte de ruta se encontraban encapuchadas, ostentando piedras en las manos de manera agresiva hacia el personal de la fuerza”; “ante la agresión recibida, se procedió [a] repeler [la manifestación] mediante el uso de armamento y municiones no letales, haciendo uso racional de la fuerza en medida de la necesidad”; “los manifestantes continúan lanzando piedras”; “ante este escenario, según informa la Gendarmería Nacional, que esta fuerza ´ingresa a través de la tranquera más arriba mencionada, a fines de proceder a la aprehensión de los agresores´”;  “en el momento de ingresar al predio dos (2) efectivos de la fuerza recibieron impactos de piedras”. Omite la premeditación de la acción y su ilegalidad y, con este resumen, repite el relato de Gendarmería y justifica un accionar “por flagrancia” ante la “agresión” de los manifestantes –una coartada que fue elaborada con anterioridad en el Ministerio de Seguridad para cubrir la cacería que se iba a desatar. Lleral alude sucesivas veces a las piedras de los manifestantes, sin explicar que eran una decena de personas que se defendían en retirada de los casi cien gendarmes que se abalanzaron sobre ellos.


Pero no fue flagrancia ni fue un exceso, fue una represión que respondió a los lineamientos discutidos el día anterior con Pablo Noceti, el jefe de gabinete de Patricia Bullrich, es decir, premeditada: los manifestantes habían desalojado la ruta la noche anterior y las horas habían transcurrido en paz. Esa mañana lo único que hubo fueron cien gendarmes que viajaron hasta el lugar avisando que iban a destruir todo. Luego, un feroz operativo, sorpresivo y brutal contra un corte de ruta persiguió a Santiago hasta el río Chubut, donde murió.


La lucha por justicia por Santiago Maldonado continúa.  


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