Misiones: tras más de una década injustamente detenidas, Cristina Vázquez y Lucía Rojas están en libertad

El pasado 26 de diciembre la Corte Suprema de Justicia de la Nación-CSJN- decide, por unanimidad, absolver a Cristina Vázquez y Lucía Cecilia Rojas, ambas condenadas, junto a Omar Jara, por el asesinato de Ersélide Dávalos, de 79 años, ocurrido en el año 2001. El fallo del máximo órgano de justicia del país tuvo una repercusión que trascendió a los medios de la provincia.


En estos 18 años desde la comisión del delito, Vázquez y Rojas han sostenido su inocencia en los distintos recursos presentados, agotando las instancias de revisión locales hasta llegar a la Corte Suprema en dos oportunidades. Cristina Vázquez se encontraba acusada desde el principio de haber cometido el asesinato, en dos oportunidades fue detenida y liberada por falta de mérito. Incluso se acreditó en el expediente que la noche del asesinato se encontraba a 8 km del lugar de los hechos. Finalmente fue apresada en 2008, condenada en 2010 y recuperó su libertad el 27 de diciembre pasado, tras 11 años sin condena firme. Lucía Rojas, por su parte, debió soportar 14 años en prisión.


Fue la acción organizada de amigas y familiares la que desarrollaron una minuciosa tarea de estudio del expediente y sus arbitrariedades, lo que fue plasmado en un documental y en la presentación de un Amicus Curiae por parte de la ONG Asociación Pensamiento Penal. También lograron el acompañamiento de la incansable Nora Cortiñas, quien se hizo presente en la provincia para brindar su apoyo a la lucha por la libertad de Cristina en dos oportunidades.



Pese a todas las evidencias, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia había confirmado la condena en dos oportunidades, la segunda luego de que la Corte Suprema ordenara una revisión integral del caso en el año 2016. Es en ésta última oportunidad donde el máximo absuelve a las condenadas, en un fallo lapidario respecto del accionar de la justicia de Misiones -y del Superior Tribunal de Justicia en particular-, remarcando que “la revisión del fallo había sido deficitaria” y que “la causa resultó ser un ejemplo de un proceso indebido, en el que se negó la vigencia del principio de inocencia y la aplicabilidad al caso del in dubio pro reo”, y que ello se debía a “la revisión parcial y sesgada que se había hecho del fallo”.


Tras casi dos décadas de soportar la violencia estatal, Cristina y Lucía recuperan su libertad.