Políticas

16/2/1995|438

Cavallo y Alfonsín pactan la reducción de las jubilaciones

El llamado proyecto de ley de “so­lidaridad previsional” es una monstruosidad jurídica y una clarísi­ma confiscación económica de los jubi­lados. Su sanción, impulsada por el oficialismo, los banqueros y el FMI, ha contado con la “valiosísima” colabo­ración de los radicales, que han contri­buido a dar el quórum, en lo que cons­tituye un claro antecedente del gobier­no de coalición que se está armando entre bambalinas. Esta “colabora­ción” PJ-UCR se produce luego del silencio con que esta última recibió la entrega de casi 4.000 millones de dóla­res de las reservas del Banco Central al conjunto de los bancos.


La ley desconoce los “derechos adquiridos” de los jubilados, puesto que revisa los montos de los haberes jubilatorios ya otorgados. “La pre­sente ley es de orden público — dice el texto—, ningún habitante puede alegar la existencia de de­rechos adquiridos contra ella”.


Esos haberes serán fijados ahora en el Presupuesto Nacional, de acuerdo a las partidas que se estipulen, con inde­pendencia de lo que les corresponde a los actuales jubilados en función de los salarios que ganaban cuando se reti­raron. Es así que podría darse ahora, inclusive, el caso de una reducción de los haberes jubilatorios si los recursos presupuestados no los cubrieran, por­que además se deroga el párrafo de la ley previsional que prohíbe “la dis­minución en términos nominales del haber respectivo”.


El proyecto establece que los retiros anteriores a abril de 1991, cuando co­menzó la convertibilidad, serán re- ajustables por el índice de variación del nivel general de remuneraciones que elabora la Secretaría de Seguridad Social, un índice objetado por los jue­ces, debido a que no tomaba en cuenta la real variación del salario.


A partir abril de 1991, los haberes dejarán de ser ajustables, aunque el índice de remuneraciones ha aumen­tado y más aún el costo de vida (61% desde la convertibilidad).


Pero aun las sentencias que se ajus­ten a los criterios del proyecto sólo se cumplirán “hasta agotar los recur­sos presupuestarios destinados a ello para el año fiscal”, transfirién­dose los montos impagos al ejercicio siguiente, y así sucesivamente. Hasta ahora, gran parte de los montos de las sentencias se pagaban con Bocones, pero de aquí en más no ocurrirá ni esto. Bastaría para ello que se asigne una baja partida a este rubro, para que el cumplimiento de las sentencias se pos­tergue indefinidamente.


Las sentencias que se encuentran en trámite se deben adecuar a la nueva ley, y las dictadas o que se dicten hasta diciembre de 1995, comenzarán a cum­plirse a partir de enero de 1996 con el criterio antes señalado.


¡¡Adelante radicales!!


El tratamiento del proyecto fue re­sistido de palabra por la bancada radi­cal. El martes 7, sin embargo, Oscar Lamberto y Jesús Rodríguez negocia­ron con el jefe de gabinete de Cavallo la presencia de la UCR en el recinto, “si el oficialismo aceptaba dos pedi­dos concretos. Que cuando el siste­ma nacional de previsión absorba las Cajas provinciales, el déficit que éstas pudieran generar sea compensado por el Estado y que la reducción de los aportes patrona­les no sea financiada por el siste­ma previsional y que el Estado compense el ingreso faltante”(La Nación, 9/2/95).


Para los radicales, los dos puntos Suavizan” el proyecto, pero con ello dan su apoyo a la transferencia de las Cajas provinciales y a la rebaja de los aportes patronales, que son el corazón de la “jubilación privada”. El go­bierno compensará los déficits de las Cajas de provincia, pedida por la UCR, reduciendo las jubilaciones, porque ya no habría “derechos adquiridos”. El pacto revela así toda su perfidia.


El Partido Obrero plantea:


  • Prohibición de transferir las Cajas y anulación de las Cajas provinciales y municipales transferidas.
  • Elevación del aporte patronal hasta un porcentaje que alcance para fi­nanciar un haber mínimo de 500 pesos mensuales, el 82% móvil y el pago de las sentencias.
  • Administración y control de las Ca­jas por obreros y jubilados, sobre la base del aporte exclusivo de los patrones.