Políticas

7/9/2000|679

Defensa del proyecto de salario mínimo

Prensa Obrera N° 675 (3/8) publicó una crítica del compañero Miguel del Plá al proyecto de salario mínimo que ha elaborado el Partido Obrero. Quisiera, primero, clarificar algún aspecto secundario, para ir luego al debate central.


 


En defensa del salario de los menores


Del Plá dice que el proyecto “no debió especificar” que se aplica a “todo trabajador mayor de 14 años”, porque estaría planteando que los menores de 18 años trabajen 8 horas, cuando “la legislación de trabajo ya establece reducción de jornadas para los menores”.


El planteo no corresponde, porque las 8 horas de nuestro proyecto son un techo. Con el mismo criterio se nos podría acusar de que estaríamos planteando la extensión de la jornada laboral para los sectores insalubres de 6 a 8 horas.


La actual legislación laboral disminuye proporcionalmente el pago de salarios a medida que desciende de los 18 años. Nuestra propuesta de salario mínimo coloca un límite a la superexplotación particular de la juventud (como a la de la mujer). Sale en defensa del salario del menor, hoy discriminado por la legislación vigente, fijando un salario mínimo único, por mes, por día y por hora.


 


Coaccionar al Estado


Del Plá critica que el proyecto “orden(e) completar la elección de delegados y comisiones internas en todos los establecimientos de trabajo de la Ciudad”, porque “una ley no puede ordenar la elección de delegados, ni menos entregar a representantes de los bloques (parlamentarios) el control de cumplimiento de estas elecciones”. Afirma que esto es “estatización sindical” y un abandono de “la independencia de los sindicatos respecto del Estado”.


El compañero Del Plá no critica, sin embargo, que el Estado imponga un salario mínimo de 600 pesos y adopte todas las medidas de intervencionismo necesarias para asegurar su efectividad. Lo mismo debería valer para cualquier otra reivindicación obrera, por ejemplo que se imponga a las patronales la organización de las comisiones internas. Es el propio movimiento obrero el que debe asegurar que el intervencionismo estatal no afecte su independencia de clase, lo cual depende de que tenga una dirección clasista o revolucionaria


Lo mismo se puede decir de la prohibición de los despidos o de los convenios colectivos. Son una imposición legal, que refleja una imposición previa, extralegal, por medio de la acción directa de los trabajadores, al Estado y las patronales.


Entonces, ¿que tiene de ‘malo’ que se ordene “completar la elección de delegados en todos los establecimientos de la Ciudad”? Es un reclamo que exigirá, primero, una acción directa que, si en un principio no lleva a la revolución, podría tener como salida ‘intermedia’ la aceptación por el Estado burgués de un nuevo derecho obrero. No ver esto es una suerte de cretinismo antilegal, antiestatal o antiparlamentario.


 


No al liberalismo reformista


La época en que la lucha sindical tenía lugar ‘sin’ intervención del Estado se terminó. La lucha de clases en la época del imperialismo trasciende inevitablemente al terreno del Estado. El problema es con qué ángulo intervienen las direcciones obreras: intentan asociarse a los gobiernos burgueses o tienen una posición revolucionaria frente a los mismos. Un Partido Obrero revolucionario plantea, en estas condiciones, que las organizaciones obreras tomen a su cargo funciones que son propias del Estado. Es un principio de doble poder. Por ejemplo, que las comisiones internas de fábrica controlen a los inspectores de trabajo, o los sustituyan ¿es o no un cambio de principio de las funciones ‘reguladoras’ del Estado por el accionar ‘independiente’ de la organización obrera?


Todas las medidas de transición -control obrero, apertura de los libros de las empresas, etc.- que cuestionan el dominio de los capitalistas y hasta al propio Estado burgués son, ellas mismas, funciones ‘estatales’.


 


El contenido


No se trata de la forma, sino del contenido. La conquista de comisiones internas en las fábricas es un avance del proletariado sobre el dominio indiscutido del capitalista dentro de su empresa. Pero si la Interna está dirigida por una burocracia colaboracionista, en lugar de ser un instrumento de lucha de clases revolucionario, puede transformarse en un freno a la organización y defensa de los trabajadores contra el capital. Esto, por supuesto, no significa que tengamos que renunciar a tener comisiones internas, sino que debemos empeñarnos por recuperar las internas.


En este período de ataques del gobierno contra las conquistas de la clase obrera (reforma laboral antiobrera, etc.); en este periodo donde el gobierno está preparando la convocatoria de paritarias para llevar ‘a la baja’ los salarios y destruir los convenios, es fundamental que el PO haya presentado un proyecto de salario mínimo de 600 pesos que enfrente la pretensión ‘bajista’ de los capitalistas y del Estado. Prepara las condiciones para una contraofensiva obrera. Por eso hay que divulgar y apoyar el proyecto de salario mínimo de 600 pesos que presentamos en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.