Políticas

8/12/1993|408

El engaño de la “propiedad participada”

Con la próxima implementación del programa de “propiedad participada” en YPF y otras empresas privatizadas, el gobierno menemista pretende que habrá realizado el sueño del “capitalismo popular”. Nada menos que 100.000 trabajadores serán accionistas del 10% del capital de empresas tan diversas como Telefónica, Telecom, Centrales eléctricas, Edesur, Edenor, Edelap, YPF, ex-Somisa o Aerolíneas. La propaganda oficial asegura que, como consecuencia de la “propiedad participada”, estos trabajadores tienen ya un capital promedio del orden de los 20.000 dólares, una suma que podría acrecentarse todavía con el tiempo. Los proletarios se habrían convertido en propietarios, consumando un socialismo sobre bases capitalistas.


Estos programas se han implantado en diversos países con el inconfundible propósito de neutralizar el rechazo obrero a las “privatizaciones” y de asociar a los trabajadores a los intereses de las empresas privatizadas. Con la ilusión de que el trabajador sería un “socio” de la empresa, el Estado capitalista y las patronales esperan que los obreros aumenten la “eficiencia”, consientan en recortar sus conquistas sociales, salariales y sindicales, no se plieguen a las luchas del resto del movimiento obrero y no cuestionen (y hasta impulsen) los aumentos de tarifas.


 


Realidad


¿En qué consiste este programa de “propiedad participada” (PPP)? En que el gobierno le reserva a los trabajadores de las empresas privatizadas el 10% del paquete accionario, que los trabajadores podrán comprar con los dividendos de esas acciones. El valor de compra de estas acciones es el que pagaron los adquirentes primarios de estas privatizaciones, es decir, el mismo precio que pagaron, por ejemplo, Telecom o Telefónica. Va de suyo que el PPP tiene un alto índice de adhesión entre los obreros, porque que los trabajadores no tienen que desembolsar dinero alguno sino que se convierten en accionistas con el correr del tiempo, si las empresas arrojan utilidades. La cantidad de acciones se determina en función creciente de la antigüedad, sueldo y categoría del trabajador. De este modo, el personal jerárquico obtiene mayor cantidad de  acciones.


Hasta que las acciones no estén pagas, el trabajador no puede disponer de ellas, y está obligado a “sindicarse” con los otros trabajadores de la empresa. Durante el período que dura la “sindicación” (es decir que los dividendos acumulados no son suficientes para comprar las acciones), esas acciones no cotizan en la Bolsa. El trabajador tampoco podrá vender libremente esas acciones, por la parte que ya estuviera pagada, salvo a otro empleado de la empresa. Si renuncia o es despedido, debe vender su parte pagada a otro empleado, y si no hay interesados, la compra un Fondo de Garantía y Recompra que se constituye con un porcentaje de los dividendos que le corresponden a las acciones de los trabajadores. En ese caso, el precio al que puede ser vendida la acción no es el del mercado, sino el del llamado “valor libro” de la empresa, según el último balance de ésta. Mientras dura la “sindicación”, las acciones se depositan en un Banco (fideicomiso), que cobra una comisión que se deduce del Fondo de Garantía y Recompra. Todo este mecanismo se fija en el Acuerdo General de Transferencia entre los trabajadores-accionistas y el Estado. Los accionistas de este 10% de PPP tienen derecho a nombrar un Director en la empresa.


Con estos criterios, se estima que llevará varios años hasta que las acciones puedan ser completamente adquiridas. En el caso telefónico, la burocracia logró controlar la “sindicación” y el Acuerdo General de Transferencia, estableciendo que el Fondo de Garantía y Recompra recibirá nada menos que la mitad de los dividendos, con lo cual se prolonga el tiempo de pago de las acciones…hasta el año 2003 y aumentan, por lo tanto, los gastos del Banco Fideicomiso.


Por lo tanto, hasta bien entrados los años 2000, los trabajadores no serán plenos “propietarios” de las acciones. Pero en el caso de las empresas que dan pérdidas como Aerolíneas, Edesur, Edenor, ex-Somisa, etc., deberán esperar un período mucho más largo para ver una acción. Cuando los trabajadores sean  finalmente propietarios, tendrán derecho al dividendo que fija la empresa, pero no podrán transformar en dinero su “capital” en acciones, porque éstas no pueden venderse en la Bolsa. “Solamente en el caso en que se resuelva liberar las acciones de la Sindicadura, éstas podrán ser negociadas en la Bolsa”, dicen las disposiciones legales. Para esto se debería reunir una asamblea de accionistas y dar por cancelada  la “sindicatura”, por mayoría de votos. Las acciones podrían entonces venderse en la Bolsa. Pero claro que una decisión de este tipo haría caer el precio de las acciones, la cual haría perder al trabajador la ventaja de la decisión. El solo anuncio de que podría ser vendido el 10% del paquete accionario desvalorizaría el “capital acumulado”. La burocracia que domina gran parte de estas “sindicaturas” presionará para que el PPP no se disuelva, porque no sólo tiene en sus manos su manejo y el del Fondo de Garantía y Recompra sino porque perdería las prebendas que recibe el Director, que es nombrado por la sindicatura ante la Dirección de la empresa.


Por lo tanto, recién a mediados de los años 2000 los trabajadores podrían comenzar a cobrar en algunas empresas el dividendo de las acciones. Pero los trabajadores no fijan estos dividendos sino los dueños de las empresas, que en el mejor de los casos, tienden a igualar a la tasa de interés de los depósitos en los bancos. Si calculamos que las PPP involucrarían a unos 100.000 trabajadores por un capital de un valor de 2.000 millones de pesos, en caso de un dividendo general del 8% —160 millones— cada trabajador recibiría en promedio una utilidad de 1.600 pesos por año, o sea, unos 140 pesos mensuales.


Este “beneficio” apenas compensa la pérdida salarial que han significado las “privatizaciones”, y en general toda esta política económica. Y todavía habrá que tragarse el sapo de otros 6 a 8 años, como mínimo, de nuevas pérdidas salariales, para que entren a regir los dividendos prometidos. Como estos dividendos están en función inversa al salario, todo lo que el trabajador se deslome para aumentar los beneficios de la empresa y por lo tanto los dividendos sobre sus acciones, será estéril, porque en la misma o mayor medida habrá de caer su salario. El dividendo del PPP no convierte al trabajador, de ninguna manera en propietario.


El Partido Obrero denuncia el engaño de la “propiedad participada” y llama a sacar a los sindicatos de este régimen de colaboración con la patronal. Plantea la disolución de los Acuerdos de Transferencia, el desconocimiento de los acuerdos con los bancos fideicomiso y la entrega de las acciones a los trabajadores, sin ninguna condición, para que cada trabajador haga con sus acciones lo que le venga en gana. En todos los sindicatos, la lucha debe ser por un aumento general de salarios, la rebaja de las tarifas y los precios,  el control obrero, y la reestatización de las empresas privatizadas, también bajo control de los trabajadores.