Políticas

12/2/2004|837

Es una nueva Banelco

El gobierno mandó al Congreso el proyecto que reemplaza la ley Banelco por otra similar. Tiene el apoyo de la burocracia de la CGT oficial de "los gordos", de Moyano y de la CTA de De Gennaro – una notable coincidencia, que desnuda la hipocresía de los llamados "disidentes" u opositores. Lo apoya también la Unión Industrial e incluso del FMI (el gobierno esgrime el proyecto como una evidencia de que "cumple". La UIA objeta que el proyecto no extienda aun más los beneficios de la rebaja de los aportes patronales.


En la "versión final" que han publicado los diarios, se anulan los "derechos adquiridos" de los trabajadores, además de mantener en tres meses el período de prueba, reglamentar el derecho de huelga y extender hasta 80 trabajadores el tamaño de las empresas donde se aplica la rebaja de los aportes patronales.


Deroga derechos anteriores


El proyecto dice que un "nuevo convenio puede modificar el anterior si es de igual ámbito" (Clarín, 5/2). Esto significa que un nuevo convenio nacional, de actividad o empresa, deroga el anterior, incluidos los "derechos adquiridos" establecidos por los convenios anteriores. Por ejemplo, si el nuevo convenio fija vacaciones fraccionadas, los trabajadores que gozaron vacaciones corridas por convenios anteriores, pierden este derecho. Esta disposición otorga a los Daer, Moyano y De Gennaro los medios legales para negociar convenios flexibles, como lo han hecho hasta ahora.


Para confirmar esta pérdida de derechos, el proyecto enviado al Congreso aclara que si es de "distinto alcance, el convenio puede modificar el anterior si establece condiciones más favorables para el trabajador", o sea que para los convenios de mismo alcance, que son la inmensa mayoría, no rige la norma más favorable. De esta manera, la norma más favorable sólo se aplicaría en forma excepcional, para los casos de dos convenios articulados y simultáneos, como serían los de actividad y de empresa de la misma actividad. Pero cada uno de ellos puede también derogar los derechos adquiridos de anteriores convenios.


De esta forma la nueva ley Banelco considera que un convenio posterior reemplaza al precedente aun en sentido peyorativo, o sea contrario al trabajador, cuando las cláusulas de los convenios forman parte del contrato individual de trabajo. En adelante, el trabajador que fue contratado para determinada categoría, con determinado sueldo, estructura de vacaciones y licencias, podría tener una categoría más baja, un sueldo inferior y vacaciones fraccionadas, si así lo arregla el nuevo convenio entre la burocracia con las patronales.


En Trabajo y Seguridad Social, la especialista Amanda Caubet sostiene que "las cláusulas del convenio vigente al momento de la celebración del contrato individual que forman parte del contrato (categoría, remuneración, tiempo de trabajo) se incorporan al contrato individual porque son cláusulas pactadas formativas del mismo y por lo tanto determinantes de derechos adquiridos. Las modificaciones sucesivas de las prestaciones-obligaciones que forman el núcleo del contrato, en tanto significan modificación de las condiciones contractuales originales, siguen su misma suerte, es decir consolidan dicho núcleo contractual y se incorporan en tanto sean más favorables al trabajador…". A manera de conjetura, Caubet plantea que "las modificaciones peyorativas podrán hacerse valer respecto de trabajadores que se incorporen en el futuro pero no justificarán, por ejemplo, una reducción de los salarios de los dependientes que con anterioridad se desempeñen en la empresa" (Ediciones Errepar, pág. 146).


Violando este criterio del derecho, el proyecto de K admite que un convenio de empresa, actividad o de rama puede fijar condiciones menos favorables para los trabajadores que el convenio anterior. Estamos en presencia, entonces, de una versión de la ley Banelco que se quiere derogar. Esto alcanza y sobra por sí solo para rechazar el proyecto kirchnerista, que tiene el apoyo de la triple alianza (Daer, Moyano, De Gennaro).


Como lo muestran todos los convenios, hace rato que la burocracia pacta "normas menos favorables para los trabajadores", como las vacaciones durante el invierno, la anulación de las categorías por la movilidad funcional o sueldos de miseria por presentismo y productividad.


Ni derechos ni huelga


Lo que una legislación laboral debe establecer es que los nuevos convenios sólo pueden mejorar y no perjudicar las condiciones de trabajo y salariales, ni pueden perforar la Ley de Contrato de Trabajo, que debe ser depurada de toda la legislación antiobrera incorporada por la dictadura militar, el menemismo, la Alianza y el duhaldismo. Además, debe establecer la soberanía obrera: que los paritarios y el pliego de reivindicaciones deben ser elegidos en asamblea y los convenios sólo se pueden firmar si lo aprueban las asambleas.


Pero hay más. El proyecto Tomada reglamenta el derecho de huelga porque establece "los servicios de importancia trascendental o de utilidad pública donde se deben garantizar prestaciones mínimas en caso de paros o huelgas". También se redujeron las indemnizaciones de despido, porque tienen el tope de tres veces el promedio y se les fijó un piso de un mes de sueldo cuando antes era de dos sueldos.


Más derechos para los patrones


La rebaja de los aportes patronales se amplió a las empresas de menos de 80 trabajadores, siendo admitido por todos que eso ayuda al "fraude laboral", como lo informó el propio Ministerio de Trabajo con relación a las rebajas de la ley Banelco. Por todo esto, no es llamativo que el "negrero" abogado de las patronales, Daniel Funes de Rioja, diga que el nuevo borrador "es una buena señal" y reclame que se extienda a empresas de hasta 200 trabajadores.


Todo esto muestra que el proyecto de ley laboral del kirchnerismo legaliza todo el andamiaje de flexibilidad laboral del menemismo, la Alianza y el duhaldismo, y hasta de la dictadura militar de 1976; refuerza el papel de la burocracia sindical y el arbitraje del Estado capitalista contra las huelgas y la acción directa de los trabajadores. También, en lugar de volver a los aportes patronales anteriores a 1994, prosigue con la reducción iniciada bajo el menemismo, extendiéndola por doce meses, prorrogables, a los nuevos empleos para las empresas de menos de 80 trabajadores.


  • Abajo la ley Banelco.
  • Abajo la nueva ley Banelco.
  • Que se vayan todos, Congreso incluido.
  • Asamblea Constituyente.