Políticas

26/3/2009|1076

EXCLUSIVO DE INTERNET | Sobre la Constitución del 49

Buenos Aires, 20 de marzo de 2009

Compañero director Prensa Obrera:

Habiéndose cumplido este mes el 60° aniversario de la Constitución de 1949, Christian Rath señala en su análisis sobre la mitología “nacional y popular” construida por el peronismo al respecto, que el “famoso artículo 40 fue dinamitado por el propio Perón” al firmar seis años después un contrato entreguista con la Califoria Argentina (Standard Oil). Para una mayor precisión acerca de los alcances de dicho artículo, cabe destacar que el mismo consagraba solamente la propiedad estatal indescriptible e inalienable del petróleo y demás fuentes energéticas; es decir, el “dominio originario”, pero sin establecer también y en los mismos términos, lo que se conoce como “dominio útil” sobre la expolotación de las mismas, quedando ésta librada indistintamente a la actividad estatal o a la privada.

De manera que aquel contrato entreguista firmado por Perón con la filial argentina de la Standard Oil no estaba en contradicción con la letra del artículo 40, por lo cual éste no merece ser invocado cuando se reclama la nacionalización integral de la explotación petrolera.

En relación con toda esa mitología, no hay que dejar tampoco de poner al descubierto cuál fue el real contenido de la llamada “nacionalización de las bocas de expendio” de combustibles derivados del petróleo, dispuesta por el decreto 632 del 27 de agosto de 1974, bajo la presidencia de Isabel Perón. La ganancia de la comercialización obtenida por las empresas destiladoras como Shell y Esso estaban incluidas dentro del “valor en tanque de refinería” y esa proporción se mantuvo inalterable, siendo el único cambio que dejaron de venderles directamente a 3.000 estaciones de servicio los subproductos elaborados para vendérselos a un solo revendedor que pasó a ser YPF.

Por eso, y como dijo al respecto Adolfo Silenzi de Stagni, presidente del Centro de Estudios General Mosconi: “Este decreto pudo ser histórico, pero como mantuvo la propiedad privada de las destilerías, la Shell y la Esso, éstas no resultaron particularmente afectadas porque cobraban iguales valores tanque en destilerías y se ahorraban todo el aparato de distribución que quedaba a cargo de YPF. Para las estaciones de servicio de Shell y de Esso fue un simple cambio de logotipo, aparecía la sigla YPF y se seguían vendiendo los productos de sus anteriores proveedores” (Clases para una Política Petrolera Nacional, 1983, pp. 222/3). Eso fue todo.

Un fraternal saludo,

Alberto De Renzis (Orientación Socialista)