Provincia de Buenos Aires: Golpe a la proscripción

La Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires acaba de dejar sin efecto el requisito referido a las adhesiones que debían acompañar la presentación de las candidaturas a gobernador y a legisladores provinciales. En el primer caso, había que reunir 25.000 avales en toda la provincia, acompañados de sus respectivos documentos de identidad y encima debían provenir de la mitad más uno de los distritos. Ese mismo procedimiento, incluso en forma agravada, se reproducía para los cargos de senadores y diputados provinciales.

La resolución de la Corte representa un golpe contra la política proscriptiva que, en el caso de la provincia, llegó a extremos más escandalosos que la propia legislación nacional. La enorme ingeniería proscriptiva fue pergeñada en común entre el PJ y la UCR en una suerte de Pacto de Olivos II. De modo que el fallo es una derrota por partida doble. La reforma política no ha servido para contrarrestar las tendencias a la disgregación política de los partidos patronales, tal como lo testimonia la multiplicación de colectoras. Acentuó, en cambio, la tendencia a la unidad de acción de la izquierda.

El Partido Obrero fue parte activa en esta batalla contra la proscripción. Esto se expresó en una campaña de movilización que arrancó a principios del año pasado, con un acto masivo en La Plata con la presencia de Néstor Pitrola, y continuó en los diferentes distritos. El Partido Obrero de la provincia de Buenos Aires desarrolló una enorme movilización, que se ha reflejado en las páginas de Prensa Obrera, con la recolección de más de 30.000 adhesiones, superando holgadamente los requisitos impuestos por el gobierno. Agradecemos a todos los simpatizantes, amigos, organizaciones del Polo Obrero y agrupaciones sindicales que contribuyeron en esta campaña.

Esto, de todos modos, no significa que se haya derribado el edificio proscriptivo impuesto por la reforma política. El fallo de la Corte es una medida de emergencia, cautelar y, como lo aclaran sus fundamentos, no se expide sobre el problema de fondo. Mantiene, por otra parte, los requisitos para los municipios, que si bien son sensiblemente menores, legitima la existencia de trabas de esa naturaleza.