Políticas

17/2/2020

Jubilaciones: impulsan planteo de inconstitucionalidad y una medida cautelar que haga efectiva la movilidad jubilatoria

Eugenio Semino, Defensor de la Tercera Edad, ofreció en una conferencia los detalles de la presentación ante la justicia.

Eugenio Semino, Defensor de la Tercera Edad, ofreció una conferencia de prensa en horas del mediodía, a la cual asistió Prensa Obrera, para dar a conocer los fundamentos del planteo de inconstitucionalidad que busca revertir la suspensión en la aplicación de la fórmula de movilidad jubilatoria sancionada por el gobierno de Alberto Fernández por medio de la ley de Emergencia.


Este anuncio cobró una fuerte repercusión luego de que el gobierno nacional diera a conocer los “aumentos” segmentados para los jubilados que dan cuenta de una afectación a las jubilaciones que escapan a la mínima y en una disminución general del poder adquisitivo de los jubilados.


Semino explicó que la presente modificación ocurre sobre un haber jubilatorio golpeado por las medidas de los últimos años “La ley de movilidad que se estaba aplicando, que inclusive de forma muy traumática, a fines del 2017 en una sesión muy tumultuosa del Congreso de la Nación, generó ya un gran pleito porque se le robó en el llamado factor empalme, con la anterior administración, a los jubilados, alrededor de 6 a 7 puntos de lo que debía ser reajustado.”



“Los jubilados, entre el año 2018 y 2019, perdieron el 19,5% del poder adquisitivo de su haber en relación con la inflación, esto generado por la misma ley. Como esa ley tiene un gran componente de inflación (el 70% en el cálculo) había generado ya para el primer semestre de este año dos índices, del 11,56% para el mes de marzo y el 15% para el mes de junio, que establecían cierta recomposición, o por lo menos hacia presumir evitar la caída. Al suspenderse la ley, nosotros consideramos que no quedan suspendidos sus efectos y que son derechos adquiridos del jubilado.”


También manifestó sus opiniones respecto a la naturaleza de la modalidad que intenta imponer el gobierno de segmentar los aumentos al referirse a que “Tampoco es dable segmentar por categoría, porque la movilidad parte de una garantía constitucional que está establecida en el art 14bis (de la Constitución Nacional) sobre lo que son las actualizaciones de los beneficios de la Seguridad Social. Y la Constitución no dice que esos derechos están segmentados conforme ingresos u otras características. Esto va a ser parte del planteo de inconstitucionalidad, criterio que va siendo ratificado luego en la Constitución por un artículo 75 que incorpora el Pacto de San José de Costa Rica, que contiene el Protocolo del Salvador, que en su artículo 17 enumera muy claramente los derechos de los adultos mayores: esto es letra y es ley de la nación argentina.”


Para argumentar el contenido de la presentación ante la justicia, Semino dio a conocer los fundamentos constitucionales en los que se amparan los derechos de los jubilados y los antecedentes jurídicos que preservan los derechos de las personas de la tercera edad.


“En junio de 2015 el Estado argentino promovió la conformación de la Convención Interamericana de Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Esa convención establece en su artículo 26 que los Estados tratantes (Argentina entre ellos) se comprometen a la no regresividad de los derechos de las personas mayores. Por contrario sensu, establece la necesidad de trabajar en la progresividad, no admite que se recorten derechos. Esto es también ley de la nación argentina -ley 27.312 que se promulgó en el año 2017- y queremos evitar que se genere un conflicto para con nuestro país ya que tenemos un reciente fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, del 2019, que tiene que ver con la restricción de derechos con una condena al Estado de Perú. Todos estos argumentos tienen que ver con el punto de vista constitucional.”


“Quiero evitar un nuevo error como el que ocurrió con Badaro –en relación a antecedente jurídico de la Corte Suprema del 2006-, donde se acható la pirámide, se congelaron las jubilaciones de más de $1.000 para elevar la mínima que era muy baja, y que estableciera que casi 2 millones de jubilados pudieran demandar al Estado para resarcir sus derechos. Despues de muchos años algunos cobraron (unos 500 mil jubilados), otros entraron en la Reparación Histórica con una quita enorme y muchísimos otros, cientos de miles, murieron en la espera de obtener un resultado a un juicio.”




El planteo de inconstitucionalidad que promueve Eugenio Semino va acompañado de la solicitud de una medida cautelar que hagan efectivos los aumentos previstos por la movilidad suspendida, debido a que el gobierno no ha impulsado una reforma del sistema conforme lo establece el mecanismo constitucional.


“Nosotros vamos a presentar una medida cautelar para que se paguen los índices acordados por la ley y que después, obviamente, se haga la reforma que decidan los poderes correspondientes. El legislativo, sobre todo, es quien tiene que derogar la ley y hacer una nueva con la fórmula que acuerden. La actual ley está suspendida, no está derogada. Por eso otro de los elementos para señalar es que los efectos se producen: uno puede suspender una ley cuyos efectos ya se generaron. No es excusa que afecte a más o a menos.”


“Se ponen en cuestión dos pilares del sistema de la seguridad social que son básicos: la proporcionalidad y la equidad. El que gana 40 no es un privilegiado respecto al que gana 20, sino que ha aportado durante su vida el doble del que gana 20. En esto se basan los sistemas de las características que tenemos en Argentina. A mi criterio me parece que la gran discusión que se debe el sistema político es el financiamiento del sistema. Hoy en la argentina tenemos casi un 40% de trabajo no registrado que aporta cero, y de la otra parte, de la otra mitad de aportes, el impuesto que más plata pone en todos los meses es el más injusto y regresivo de los impuestos… el IVA, que pone el 11% mensual. Mientras que rentas como la minera no aportan nada, o la financiera, los pobres aportan con el 21% de su consumo diario, y los jubilados están aportando a su propio sustento Es decir que no es lógico y no es sustentable.”


 “El primer paso será la medida cautelar y luego trataremos de requerir el criterio de la corte. La corte después de muchos años ha sido consecuente con reconocer ese criterio constitucional, lo que se vio reflejado en diciembre del 2018 con el caso Blanco. La corte tiene su jurisprudencia y doctrina con lo que fue el caso Badaro ya en el 2006, donde exhortó al Congreso de la Nación a establecer una ley de movilidad general para todos los que estuvieran en situaciones análogas. El Congreso no cumplió, por eso en 2007 la Corte fija un criterio para el caso en particular y en la misma sentencia reitera que el congreso tiene que resolver con una formula la situación de todos los que están reclamando. Esto ocurre finalmente en 2008, donde los jubilados perdieron en dos oportunidades en 2012 y 2014 debido a la inflación.”


Semino concluyó señalando que estas medidas afectan principalmente a un sector de la sociedad que se encuentra en una situación de vulnerabilidad y que muchas veces se ve obligado a recurir a los estrados judiciales sin llegar a ver los resultados de sus reclamos.


“Nosotros estamos impulsando un recurso erga omnes (de aplicación universal) cuestionando la constitucionalidad y fijando un criterio. Lo que queremos evitar es entrar en una hiperjudicialización, en una eterna espera, en repetir historias del pasado y no cortar esta curva descendente en la calidad de vida que se dio en los últimos 2 o 3 años en Argentina sobre los adultos mayores.”


“Hay que ver cómo trata el decreto el tema de la reparación histórica. La reparación histórica ha hecho que el Estado reconociera ante los jubilados la deuda que tenían para con ellos. Les ofreció pagarles esa deuda con una quita importante de más un 30% o 40% de lo que hubiera sido cobrarlo por un juicio: pagárselo en cuotas y esas cuotas actualizarlas conforme ley de movilidad. En simultáneo, la exigencia para acceder al plan era renunciar a una acción judicial, si la tuvieran en curso, o a demandar por esta causa al Estado en el futuro. Los jubilados renunciaron a su acción judicial y hoy vemos que la forma de actualización acordada con el Estado, que reconocía su deuda, no tiene pauta de actualización. Este es uno de los tantos conflictos nexos que se van a ir presentando.”


El próximo jueves 20. Eugenio Semino integrara una mesa junto a Néstor Pitrola para discutir las medidas del gobierno de Fernández y como se puede encarar la defensa de las jubilaciones y la movilidad. La misma tendrá lugar en el Hotel Bauen (Callao 360) desde las 18hs.