Políticas

18/7/2002|763

La Constituyente que plantea Izquierda Unida

En su último periódico el MST-Izquierda Unida se pregunta, a modo de editorial, “Qué es una Asamblea Constituyente”. Respuesta: “Es la instancia democrática que permitiría poner en debate (sic) la necesidad de cambiar en su totalidad, o no, las bases fundamentales del país que están contempladas en la ley de leyes, como se denomina a la Constitución Nacional. Así lo establece y permite su propio artículo 30 (…) El Congreso es quien tiene la facultad de convocar a esa Constituyente (…) habrá que luchar para arrancar esa decisión…” (Alternativa Socialista N° 334, 11/7). De este modo, la Constituyente “libre y soberana” que plantea el MST se refiere a la universalidad de los temas a tratar. No se refiere a que asuma el poder público. Al revés, se plantea como una derivación del poder constituido (Congreso) y no como su sustituto.


Para el otro componente de IU, el Partido Comunista, con “la exigencia de inmediata cesación de todos los mandatos y la consiguiente renovación democrática de éstos (se) podría aspirar a disputar seriamente el gobierno a las nuevas y viejas derechas. Y un gobierno de este tipo podría convocar a una Asamblea General Constituyente para, así (…), reformular de pies a cabeza toda la estructura del país” (Propuesta N° 591, 27/6). En este caso se ha tenido el cuidado de no confundir con el alegato de “libre y soberana”, que en el contexto de la formulación sería un despropósito.


Las definiciones, como se ve, son claras. Para Izquierda Unida, la Asamblea Constituyente debe fundarse en razones constitucionales, ser compatible con la institucionalidad vigente, de cuyo seno emergería, y dedicarse a… escribir una Constitución. Como lo dice cualquier manual de derecho constitucional: primero las reglas, luego su aplicación. Se promueve, inclusive, la revolución del sistema económico-social y político pero, claro, con la “ley en la mano”. La revolución se ha transformado en una obra “jurídica”. La historia –y hasta el sentido común– marca que es del modo inverso como se han procesado las experiencias revolucionarias de los pueblos: de la revolución a la ley y no de la ley a la revolución.


Desde el punto de vista no leguleyo sino político, el planteo de la Constituyente tiene un sentido progresivo si es una reivindicación de oposición al régimen actual y a sus instituciones ejecutivas, parlamentarias y judiciales. A esta perspectiva corresponde no una Constituyente dirigida a una reforma jurídica del Estado, sino al reemplazo de los Duhalde y Cía, por un gobierno que convoque a una Asamblea Constituyente que ejerza el poder.


Cuando hablamos de Constituyente nos referimos a una consigna de transición, pero no jurídica, sino de lucha, para desarrollar la experiencia de las masas a favor de la única alternativa posible al gobierno capitalista: el gobierno de los trabajadores, la expropiación del capital y la destrucción de su aparato estatal. ¿Hay otra manera de presentar desde la izquierda la lucha por la Constituyente para que cumpla una función política orientadora para el movimiento de las masas que busca estructurarse de manera políticamente independiente? Ni siquiera es necesario, inclusive, que una Constituyente redacte una Constitución, sino que la ponga en práctica. Algo que en el propio régimen burgués es una variante admitida, si se tiene en cuenta que la paradigmática Gran Bretaña ha existido y existe sin que jamás haya tenido… una Constitución.


El MST propone, en su línea jurídica, que el nuevo texto constitucional defina a la Argentina como una “república independiente de EE.UU., del FMI y de las potencias extranjeras” (¡la segunda independencia, de palabra! sin expropiar al imperialismo) y que “acto seguido” plantee “eliminar el régimen presidencialista…, suprimir el Senado oligárquico e instaurar una Cámara Unica de representantes del pueblo” (ídem). Pero, mientras tanto, ¿quién le da trabajo y comida al pueblo? El constitucionalista MST se olvidó de la confiscación de la banca y del control obrero, a pesar, incluso, de las empresas ocupadas, cada vez más numerosas, que plantean la gestión obrera. Puesto a jugar con una fantasía jurídico-constitucionalista, los socialistas del MST podrían haber abrevado en alguna Constitución no burguesa-nacionalista, sino socialista.


El planteo de la Constituyente del MST y el PC tiene una diferencia sólo de grado con las formulaciones de Carrió, Ibarra y Kirchner, y hasta de la Mesa del Diálogo, o sea el Vaticano. Porque, como todos ellos, IU condiciona la Constituyente al actual poder político que la convoca, vía artículo 30. Esto quiere decir que esa Constituyente no debe actuar contra el orden vigente. En la formulación del PC, además, se plantea de hecho una apertura de IU a un frente con todos los que planteen “la caducidad de los mandatos”; algo en lo que se ha adelantado a la posición asumida con posterioridad por el jefe de Gobierno porteño, el gobernador de Santa Cruz y la líder del ARI.


Desde las experiencias sobre Constituyentes en la Europa del siglo pasado se distingue a las llamadas “otorgadas”, convocadas por el poder de turno, y las que enfrentan a ese poder. En los términos de su presentación formal, IU pretende una Constituyente “otorgada”. No es esto, por supuesto, lo que expresa la aspiración al poder de los piquetes y cacerolas.