Políticas

20/5/1994|419

La “historieta” era nomás “un cuento chino”

La Secretaría de Seguridad Social respondió en Tribunales al recurso de amparo interpuesto por Pablo Rieznik solicitando el secuestro de la historieta previsional editada y difundida por esa Secretaría. Este recurso se interpuso porque el folleto mencionado, que en Prensa Obrera calificamos de “cuento chino”, estaba plagado de falsedades, omisiones y tergiversaciones, todas en beneficio del régimen privado y en perjuicio de los trabajadores. Luego de esta respuesta, la Secretaría se batió en retirada y secuestró ella misma la historieta mentirosa, ante la certeza de que sería derrotada en los estrados. El recurso del PO fue el primero de otros tantos presentados, más tarde, por algunos diputados oficialistas y opositores, incluidos los que votaron la confiscatoria ley de “privatización” de las jubilaciones.


La respuesta de la Secretaría de Seguridad Social reconoce la corrección de todas las argumentaciones presentadas por Rieznik (“resulta claro de su propia explicación que ha entendido correctamente el sentido de la norma referida”), pero para descalificar el recurso de amparo, porque —dice— “el actor (Rieznik) no habla por sí mismo sino por los demás”. “Entonces —prosigue la Secretaría de Seguridad Social— cabría interpretar que pretende un amparo para los demás habitantes del país, suponiendo quizás que carecen de las luces necesarias como para comprender …”. La falacia de la Secretaría es que Rieznik ha “entendido” por sí mismo, no por la historieta tergiversadora.


El recurso de amparo impugnó el señalamiento de que el trabajador podía elegir entre el sistema público y el privado, cuando según la ley quien no se decide por el sistema público queda compulsivamente incorporado al régimen privado.


El recurso de amparo impugnó también el cuadro del folleto que comparaba las jubilaciones que pagaría una AFJP y el sistema público, con ventaja para la primera. Pero esto ocurría sólo en el caso de un hombre soltero; en el de un casado,o una mujer (soltera o casada) los mismos supuestos de comisiones de la AFJP y rendimientos del fondo, daban ventaja al sistema público.


La Secretaría de Seguridad Social admite la denuncia del PO y así afirma “que el personaje de la tirilla” es “un trabajador soltero, sin entrar a considerar  los diversos casos que se pueden presentar en lo atinente a la situación familiar del beneficiario”. Pero el folleto no hacía “esta aclaración” y “olvida” que el 90% de los jubilados son casados.


La Secretaría de Seguridad Social argumenta que “en caso de considerarse que la omisión existió”, las mismas pueden “ser salvadas” por otra vía que no sea la del amparo, por ejemplo la edición de otro folleto, cosa que sin embargo no ha hecho.


A la secretaría de Estado no le preocupa demasiado el perjuicio que le ocasionaría a los trabajadores tomar una decisión en base a dicho folleto, porque, dice, que no corresponde juzgar perjuicios futuros “inciertos” que podrían o no producirse: “debe ser actual e irreparable. El expresado respecto a eventos futuros es inadmisible”. Lo único inadmisible es la pretensión del gobierno de que el trabajador se perjudique en forma irreparable, porque una vez que entró en una AFJP no puede volver al sistema público.


Al final, la Seguridad Social recomienda al trabajador que se asesore con un abogado. “Es además conveniente recordar que en nuestra sociedad es significativa la labor de asesoramiento que prestan los abogados, destacando la gratuidad (sic) con la que, en general, se prestan dichos asesoramientos en materia laboral o previsional”.


Además de la comisión del 35% del aporte que se llevan las Administradoras, la Secretaría pretende hacer lucrar a los abogados, a causa de la desinformación falaz y estafadora  propagada por el gobierno.