Procesar a los policías por homicidio calificado y homicidio calificado en grado de tentativa

El 3 de junio, el mismo día en que Mariano Ferreyra hubiera cumplido 24 años, las abogadas Claudia Ferrero (Partido Obrero/Apel) y María del Carmen Verdú (Correpi), querellantes en la causa que investiga la responsabilidad de los miembros de la Policía Federal en el asesinato de Mariano, solicitaron a la jueza Wilma López que procese a los siete policías indagados como partícipes necesarios de homicidio calificado y homicidio calificado en grado de tentativa.

La fiscalía calificó las acciones de los miembros de la policía como abandono de persona calificado e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Nuestra querella, que representa a los militantes del Partido Obrero Nelson Aguirre y Elsa Rodríguez, sostuvo que “el personal policial fue parte activa (y no por simple omisión) del plan urdido para aleccionar a los tercerizados y sus acompañantes, ya que sin su cooperación -acordada de antemano y cuidadosamente coordinada con los ejecutores de los homicidios- no hubiera podido perpetrarse el hecho investigado”.

En la presentación, las abogadas Ferrero y Verdú afirmaron que los policías, que conocían de antemano la situación y la alta probabilidad de un ataque violento de la Unión Ferroviaria, además de facilitarlo apartándose y abriendo camino a la patota de la UF, no se limitaron a dejar a las víctimas libradas a su suerte, como sostiene el fiscal. Deliberadamente omitieron obtener el registro en video y audio de los momentos cruciales de los hechos, dejaron escapar a los criminales atacantes y les guardaron las espaldas. También permitieron que se retiraran las armas del lugar y garantizaron que se perdiera o directamente se encargaron de eliminar evidencia crucial, como vainas y plomos. Luego, mintieron sobre la forma en que ocurrieron los hechos, mintieron sobre las órdenes que tenían y las que impartieron.

“Semejante cuadro carece de todo sentido si no se lo encuadra en lo que definitivamente fue: parte necesaria, imprescindible, incluso, del plan criminal determinado por Pedraza y Fernández, dirigido por Díaz en el lugar y ejecutado por el resto de los procesados. Sin ese imprescindible aporte, la patota no hubiera logrado su criminal cometido”. Así, las abogadas Ferrero y Verdú solicitaron a la jueza Wilma López que procese al comisario mayor Hugo Ernesto Lompizano, a cargo de la DGO de la PFA; al subcomisario Luis Alberto Echavarría, de la DGO de la PFA; al oficial principal Gastón Maximiliano Ezequiel Conti, de la DGO de la PFA; al comisario inspector Luis Osvaldo Mansilla, jefe de Control de Líneas de la PFA; al comisario Jorge Raúl Ferreyra, jefe de la División Roca de la PFA; a Rolando César Garay, subcomisario de la Comisaría 30ª de la PFA y a David Ismael Villalba, de la División Videos de la PFA, por los delitos de homicidio calificado (cuatro hechos, uno consumado y tres en grado de tentativa) en carácter de partícipes necesarios, figura que prevé una pena de 25 años a perpetua.