Sindicales

2/12/2010|1157

Gravísima disposición antihuelga en Salud

“En caso de plantearse un conflicto laboral en el gremio de la salud, los sindicatos o las asociaciones médicas pueden tomar medidas de acción de fuerza pero sólo dos días por semana. En esos días deben garantizar en un 100% los servicios de atención a la mujer embarazada, a los niños, ancianos y personas discapacitadas y brindar al resto una cobertura similar a los días domingos o feriados.

“Y todos y cada uno de los médicos deben permanecen en guardia pasiva, pudiendo ser convocados por el director del hospital o centro de salud y los jefes de servicio y los directores de los centros de salud están obligados a cumplir sus tareas. Además, los dos días de paro admitidos, deben ser anunciados con una antelación de cinco días corridos.

Así lo dictaminó la Comisión de Garantías dependiente del Ministerio de Trabajo, conformada por la Unión Industrial, la CGT, la CTA, la Federación de Abogados y el Consejo Interuniversitario, cuya tarea es regular las medidas de fuerza en los llamados ‘servicios esenciales'” (Clarín, 26/11).

Con la resolución de esta ignota “Comisión de Garantías”, que se aplicó a la lucha mantenida por la gremial médica de Mendoza, el movimiento obrero viene a enterarse de una verdadera conspiración. En una especie de preludio del “pacto social” del sector, la UIA y la burocracia de ambas centrales obreras se han lanzado a limitar el derecho de huelga y regular los conflictos en los servicios que ellos consideran “esenciales”. Qué les espera a gremios de transportes, subtes, docentes, luz y fuerza y tantos otros.

Tal como lo hizo la gremial médica mendocina -Ampros- que “rechazó la intimación y prosigue con el plan de lucha” (Clarín, ídem), el movimiento obrero debe repudiar esta medida y rechazar todo pacto social, tendiente a amordazar a las organizaciones obreras para hacer pasar los planes de ajuste que tiene el gobierno de Cristina K en carpeta.