Sindicales

5/9/2002|770

Las mujeres de Metrovías se organizan

La patronal de Metrovías continúa haciendo “rodar” la “bola” de que la sanción de la jornada de seis horas entrañaría el despido de trescientas trabajadoras del subte, ya que “la Ley de Contrato de Trabajo no admite el trabajo femenino en tareas insalubres”.


A la patronal de Roggio se le ha despertado, así, una “súbita” preocupación por las condiciones de trabajo de “sus” mujeres. Claro que de esa inquietud no le surge mejorar el flagelo de la contaminación ambiental, el ruido o la iluminación. Para “proteger” a la mujer, Metrovías no encuentra nada mejor que dejarla en la calle.


Pero el ataque de Roggio es jurídicamente burdo y políticamente reaccionario.


Ya hemos explicado que la ley de las seis horas no declara la insalubridad, algo que, de acuerdo a la legislación vigente, sólo podría sancionar el área laboral del Ejecutivo de la Ciudad. Pero más allá de la cuestión de la insalubridad, existe legislación vigente que impide el trabajo femenino e infantil en ciertas condiciones, entre otras, en “tareas subterráneas”. Esa ley, la 11.317, data de 1924, y por lo tanto, ya tenía setenta años de vigencia cuando Roggio tomó la concesión del subte. Si en ese momento absorbió mujeres que venían trabando en subterráneos del Estado, o si luego incorporó más compañeras, lo hizo “violando” esas restricciones legales. Por lo tanto, la patronal no puede alegar ningún cambio en el marco jurídico que afecta a la mujer trabajadora luego de la reciente sanción de las seis horas.


Pero no hemos dicho lo más importante sobre este punto: la intepretación de Metrovías sobre la Ley de Contrato de Trabajo es, en este punto, maliciosa y discriminatoria: en efecto, la ley exceptúa a la mujer de tareas “insalubres, penosas o riesgosas”. Esta descripción genérica se refiere, sencillamente, a aquellas situaciones donde la condición física de la mujer entrañe una desventaja real de su condición por referencia a la misma tarea realizada por un hombre. Naturalmente que ello no puede aplicarse a las tareas… de boletería, donde revistan la mayoría de las compañeras. En este caso, la situación de ruido, ventilación deficiente, stress, etc., están ampliamente comprobadas, pero tanto para las mujeres como para los hombres. Si, con su interpretación de la ley, Metrovías pretendiera despedir a las boleteras por “tarea penosa”, estaría violando varias leyes nacionales, normas constitucionales nacionales y de la Ciudad, y hasta conveniones internacionales que prohíben toda discriminación laboral entre el hombre y la mujer.


Las compañeras de Metrovías saben de esta discriminación: en la asamblea que se realizó durante gran parte de la mañana y la tarde del pasado miércoles 28 –donde desfilaron cerca de un centenar de trabajadoras– relataron la lucha de años “para ser consideradas, en plano de igualdad, en las tareas de conducción de formaciones, o como guardas”.


Por eso, una de las conclusiones surgidas de esa gran reunión fue la siguiente: las mujeres no sólo lucharán contra cualquier despido. Además, exigirán, junto al Cuerpo de Delegados, contra cualquier discriminación hacia la mujer trabajadora en los nuevos puestos de trabajo que deberán crearse como resultado de la aplicación de las seis horas. En definitiva, no menos, sino ¡más trabajadoras en el subte!