Sindicales

15/6/2021

Ley de equidad en los medios: una aspirina contra la desigualdad y la precarización de las trabajadoras de prensa

El jueves la Cámara de Diputados le dio la sanción definitiva.

La Naranja de Prensa

La Cámara de Diputados del Congreso aprobó la ley de equidad en la representación de los géneros en los servicios de comunicación con una abrumadora mayoría de votos favorables que incluyeron, con disidencia parcial presentada en su momento por Romina Del Plá, a los diputados del Frente de Izquierda.

El proyecto de ley presentado por la senadora oficialista Norma Durango fue aprobado por unanimidad en el Senado y logró una sanción definitiva en la cámara baja. Más allá de algunos escarceos en el recinto resultado del disgusto y el lobby de los diarios Clarín y La Nación, la sola aprobación unánime del proyecto en el Senado da cuenta de la relativa inocuidad de las resoluciones que propone, sobre todo, sobre los medios privados donde prima la precarización, la discriminación y la inequidad en perjuicio de las mujeres y las diversidades.

La presentación de la ley, claro, es resultado del profundo proceso de movilización de las mujeres trabajadoras y las diversidades contra, primero, la violencia de género y la epidemia de los femicidios, luego el derecho al aborto, y, finalmente, las reivindicaciones vinculadas a la discriminación laboral en todos los sectores laborales.

Sin embargo, los alcances de la ley distan bastante de la profundidad del movimiento de lucha de las mujeres que ha ganado una y otra vez las calles en nuestro país.

Como lo puso de manifiesto una encuesta realizada por el Sindicato de Prensa de Buenos Aires algunos años atrás, la inequidad salarial y la ausencia de reconocimiento profesional en cargos directivos de las trabajadoras de prensa resulta la norma tanto en los medios de comunicación privados como en los públicos.

Lo mismo ocurre con relación a reivindicaciones elementales de la mujer en los lugares de trabajo tales como la existencia de jardines maternopaternales, lactarios, y, ni hablar, licencias por violencia de género que forman parte de los reclamos que sostienen las comisiones internas, el SiPreBA y las comisiones de mujeres que se han puesto en pie en algunos medios.

La ley, sin embargo, está concebida sobre una lógica perversa. A la vez que establece la obligatoriedad en los medios públicos de garantizar la representación del 1% sobre la totalidad del personal de personas travestis, transexuales, transgéneros e intersex, y de promover criterios de equidad, sostiene que, de no cumplirse, se avanzará en “llamados de atención” y “apercibimientos”.

Sin embargo, teniendo en cuenta los numerosos fallos que se apilan en los juzgados laborales contra el propio Estado por ser uno de los principales sujetos de fraude laboral por contrataciones precarias que en nada han cambiado la realidad de los y las trabajadoras del Estado, los “llamados de atención” resultan apenas un saludo a la bandera. La letra de la ley en su artículo cuarto, de paso, naturaliza la precarización del trabajo en el Estado ya que, en vez de dictaminar la regularización del trabajo y el pase a planta de todas las trabajadoras (y trabajadores), sostiene que el porcentaje debe ser calculado sobre todas las modalidades de contratación. Tampoco exige mayor presupuesto ni garantiza que su cumplimiento deberá realizarse sosteniendo y blanqueando la actual planta de trabajadores por lo que, el derecho, podría ser a expensas de la estabilidad laboral de otros y otras trabajadoras.

Por la endeblez de las sanciones, su cumplimiento, en todo caso, dependerá de la lucha de las y los trabajadores en los lugares de trabajo, y, en última instancia, como hasta ahora, de los flujos y reflujos de orden general que atraviese el movimiento de mujeres.

Para el sector privado, el modelo a implementar se basa en incentivos para la promoción en el cumplimiento de lineamientos acordes con una política equitativa en políticas de género. De este modo, la implementación de las políticas que allí se promueven resulta de carácter voluntario para las empresas que, de cumplir con determinados criterios vinculados con la contratación de mujeres y diversidades, el uso de lenguaje inclusivo, la implementación de cursos de capacitación en problemática de género y la elaboración de protocolos, entre otros, obtendrían un “certificado de equidad” otorgado por un órgano de aplicación a definir mediante el cual podrían resultar beneficiadas en la distribución de la pauta oficial.

Pero la distribución de la pauta oficial, a pesar de fallos de la Corte Suprema y distintas normas vigentes, en la práctica, se realiza de manera completamente discrecional y arbitraria, y, según datos oficiales, mantiene su carácter regresivo en favor de los grandes medios de comunicación que ejercen su poder de lobby y de extorsión a través de sus orientaciones editoriales (oficialistas y opositores) que en nada modificará este proyecto de ley.

Lo cierto es que, multimedios oficialistas como el Grupo Octubre que edita Página/12 y es propietaria de Canal 9, IP y AM 750 entre otros, se han negado una y otra vez a recibir a la comisión de mujeres de Página/12 y a su comisión interna para dar cuenta de sus reivindicaciones de género e incluso llegaron a despedir a una de sus delegadas más destacadas y referentes de la comisión de mujeres de una de sus radios en una ostentosa reprimenda antisindical. En el caso de IP, además, sus trabajadores están, en el mejor de los casos, bajo el convenio de televisión y no de prensa.

El grupo, de hecho, elaboró un protocolo contra la violencia de género que le confiere a la patronal y su dirección de recursos humanos el monopolio de las sanciones e investigaciones sin dar lugar a participación alguna por parte de las trabajadoras y sus sindicatos.

Con todo, la omisión fundamental del texto de la ley es que la situación de desigualdad de las mujeres en los medios de comunicación se agrava por la precarización generalizada que sufre el gremio en su conjunto. Más del 55% de las trabajadoras y los trabajadores percibe salarios por debajo de la línea de pobreza y se ve obligado a recurrir al pluriempleo y la precarización. Revertir esa situación debería ser el punto de partida elemental para dar cuenta de los derechos de las trabajadoras de prensa. Lo mismo ocurre con relación al cumplimiento efectivo de la ley de teletrabajo que afecta en especial a las mujeres trabajadoras y que, ante la pasividad del Ministerio de Trabajo, las patronales de prensa incumplen en forma unánime.

El instrumento más importante para revertir esa situación es el Sindicato de Prensa de Buenos Aires, a quien el mismo Estado en complicidad con las patronales de medios le niega su legítimo reconocimiento.

La ley podría aportar a la visibilización de la problemática de la desigualdad de género en el sector y ayudar a legitimar los reclamos de las trabajadoras pero, en realidad, es resultado de esa visibilización y de esos reclamos que pusieron las trabajadoras en la calle.

Su efectivo cumplimiento no dependerá ni de las inocuas sanciones que pudieran emanar del Estado contra sí mismo ni de los subsidios a las patronales bajo la forma de pauta que pudiera inducir a un cambio que reviste una naturaleza mucho más profunda.

La garantía para avanzar en los derechos de las trabajadoras y en la equidad de género resulta de su organización independiente con relación a las patronales y el gobierno que llamamos a profundizar a través de las comisiones internas, las comisiones de mujeres y en la lucha sistemática por el reconocimiento del SiPreBA como legítimo representante de las y los trabajadores de prensa.