De la Ley-Banelco a la Banelco-Ley
Entérese de la ‘nueva’ reforma laboral
Seguir
El borrador de proyecto de ley laboral del ministerio de Trabajo legaliza todo el andamiaje de flexibilidad laboral del menemismo, la Alianza y el duhaldismo, y hasta de la dictadura militar de 1976, afianza el papel de la burocracia sindical y refuerza el arbitraje del Estado capitalista contra las huelgas y la acción directa de los trabajadores. A la vez prosigue con la política de rebajas de aportes patronales que ya todos admiten no sirvió para "crear empleo" sino para agigantar el déficit fiscal y la deuda.
No fue un lapsus que el abogado de la CGT de "los gordos", Alberto Tomassone declarara que el proyecto del Ministerio de Trabajo "responde en líneas generales a los planteos de la CGT" (Clarín, 13/1), que Recalde, de la CGT Moyano, dijera que "coincide en términos generales con el borrador" (ídem) y que también tenga las "simpatías" de la oficialista CTA, que la considera un avance, aunque insista para "las tribunas" con la "libertad sindical", en los términos de la imperialista OIT. Las burocracias integradas al Estado son coautoras del proyecto, hasta por el simple hecho que Tomada y la secretaria de Trabajo, Noemí Rial, son los asesores de la CGT de Daer, que colaboró, apoyó y festejó la legislación laboral menemista.
De acuerdo a los diarios, el proyecto de Tomada:
- Mantiene el "período de prueba" de tres meses, un engendro creado en 1995 por Caro Figueroa-Cavallo, lapso en que el trabajador no tiene preaviso ni indemnización.
- Aumenta la indemnización por despido, reducida por la ley Ermán González, pero mantiene el preaviso a partir del día de la notificación, sin integración del mes, como fue modificado bajo el menemismo. •En lugar de volver a los aportes patronales anteriores a 1994, prosigue con la reducción iniciada bajo el menemismo, extendiéndola a los nuevos empleos para las empresas de menos de 40 trabajadores.
- Obliga, en caso de medidas de acción directa, a que los trabajadores presten servicios mínimos en actividades esenciales, que pueden extenderse a cualquier actividad que comprometa la "paz social", en una versión más reaccionaria aún de la aprobada por decreto durante el gobierno de De la Rúa.
- En caso de plantearse un conflicto, ya firmado el convenio, autoriza a crear una Comisión Paritaria de Interpretación, mientras se abre un "procedimiento de autocomposición del conflicto" en el que durante 30 días no se podrán adoptar medidas de acción directa.
- Autoriza a la burocracia a firmar convenios por empresa sobre "materias propias de la organización de la empresa", como podría ser el régimen de presentismo y productividad o jornada de trabajo, reclamos claves de las patronales y que impusieron en los convenios por empresa firmados bajo Menem, De la Rúa y Duhalde.
- Mantiene y perfecciona el "Procedimiento Preventivo de Crisis" instituido por Caro Figueroa-Cavallo, que permite a las empresas desconocer los convenios y los derechos laborales de los trabajadores. Además, en esos casos, autoriza a las patronales y sindicatos a firmar un "convenio de crisis", para bajar salarios o autorizar suspensiones o despidos.
- Refuerza el Procedimiento obligatorio de conciliación y arbitraje voluntario de la Ley 14.786, al plantear que si hay diferencias en las negociaciones de los convenios se aplica esa ley que establece que antes de recurrir a medidas de fuerza, se abre un proceso de conciliación de 15 días hábiles que puede ser prorrogado 5 días más.
- De la ley de riesgos del trabajo, sancionada bajo el menemismo, no hay ni una palabra, lo que equivale a su plena confirmación.
Esta enumeración es suficiente para mostrar que se trata de un engendro antiobrero, contra la libre acción de los trabajadores, de regimentación burocrática y del Estado capitalista.
El PO plantea:
- Anulación del período de prueba,
- Anulación de las reducciones de los aportes patronales. Aporte patronal único que financie el sistema jubilatorio, de salario familiar, seguro de desempleo y salud.
- Derogación de toda la legislación antiobrera menemista, aliancista y duhaldista, como la ley de ART, de jubilación privada, de convenios especiales Pymes, de reducción de las indemnizaciones (Ley Erman González), de fraccionamiento de las vacaciones.
- Prohibición de los despidos y suspensiones sin causa. Eliminación del Procedimiento preventivo de crisis. Estatización de toda fábrica que cierre.
- Convocatoria a las paritarias. Convenios únicos por industria. Que ningún convenio regional o por empresa pueda ser inferior al de la actividad o a las leyes laborales. Por convenios firmados por paritarios elegidos en asambleas, sobre la base de proyectos elaborados por los trabajadores.
- Salario mínimo, vital y móvil de 600 pesos para los trabajadores solteros.
- Duplicación de los montos de los planes sociales.
- Seguro de desempleo equivalente al salario en actividad.
- Control obrero de los aportes jubilatorios. Por comisiones obreras que fiscalicen la contratación de trabajadores en negro.
- Jornada de 8 horas sin afectar el salario de bolsillo.
- Reparto de las horas de trabajo entre todos los trabajadores, sin afectar el salario. Admitir la reducción de la jornada a 6 horas para poner fin a la desocupación.
- Que la contratación de nuevo personal para compensar la reducción de horas de trabajo se negocie con una Bolsa de Trabajo bajo control de la ANT.
- Que se vayan todos. Asamblea Constituyente para reorganizar el país sobre nuevas bases.