Correo de lectores
15/5/2003|800
Denuncia de celadores de discapacitados interinos del área del nivel inicial
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A fines de la década del ‘80 (creo que en 1989), la Se cretaría de Educación, en su proyecto de "escuela inclusiva", decide incorporar alumnos con discapacidades motoras en el área del nivel inicial y crea 20 cargos de Celadoras de Discapacitado Motor, con situación de revista interino ÿdichos cargos no estaban ni están contemplados en el Estatuto del Docente Municipalÿ, para atender las necesidades motoras de dichos alumnos, quienes son incluidos en una sala común, a cargo de una maestra de sección. En los años subsiguientes, la demanda de inclusión de estos niños crece, por lo cual se crean 10 cargos más en las mismas condiciones, comenzando a ser integrados niños con otras necesidades especiales, como no videntes, con problemas emocionales, etc. Estos 30 cargos son manejados desde el área del Nivel Inicial, en listados por orden de mérito, pasando a formar parte de la planta funcional del área, siendo designadas las docentes con título de Profesora de Educación Preescolar por estricto puntaje.
Estos niños que iniciaron su escolaridad en el nivel inicial fueron creciendo y egresaron de dicho nivel para ingresar en el nivel primario, donde se vuelve a crear la necesidad de nombrar personal para que acompañe en su escolaridad a estos niños; entonces es que aparecen los cargos de Celadores, actualmente denominados Asistentes Celadores, quienes son contratados en marzo y cesan en diciembre. El título que los habilita es el del secundario, y son designados por el área de educación especial. En el nivel inicial la demanda de inclusión de niños con necesidades especiales superó los 30 cargos de las celadoras interinas, y fueron contratando a los asistentes celadores del área de educación especial, cuyo sueldo era el mismo que el de las interinas, con un básico de 199,15 pesos, más las distintas sumas no remunerativas y el porcentaje de antigüedad correspondiente en cada caso, cuyo máximo es de 120%, pero con distinto régimen de licencias. En el 2001, a los asistentes celadores contratados se les pretendió rebajar los sueldos quitándoles el plus por antigüedad, cosa que no se logró por haberse organizado los asistentes celadores, y se les conservó el mismo sueldo hasta el año 2002, cuando comienzan a percibir un básico un poco más elevado pero se les quita la antigüedad.
En la inscripción para cubrir cargos de suplencias e interinatos de 2003, no se nos permitió inscribirnos en el área inicial (cosa que hasta esa fecha ocurría), y se nos obligó a inscribirnos por el área de educación especial, como así también a realizar un curso con carácter obligatorio los días sábados; y las actuales celadoras de discapacitados motor interinas, dependientes del Area Inicial, pasarán a ser contratadas por el área de educación especial, perdiendo la estabilidad laboral que brinda el carácter de interina, no cobrando los meses de enero y febrero, dependiendo de ser recontratadas al año siguiente, perdiendo el sueldo con la antigüedad, y perdiendo el régimen de licencia actual. De hecho, de las 30 celadoras que estábamos en esa situación pasamos a ser 28, ya que las otras dos compañeras renunciaron por causas particulares, y no se ha vuelto a designar docentes para cubrir esas vacantes, a pesar de que la demanda de alumnado año a año sigue incrementándose.
Es por todo lo expuesto anteriormente que exigimos que se nos titularice masivamente, incl uyendo dicho cargo en el Estatuto del Docente Municipal, conservando los derechos hasta ahora adquiridos.