“Cárcel, castigo y perpetua a todos los culpables”

La historia de una consigna que hizo historia

Todos celebramos la perpetua contra Menéndez. Pero esta “perpetua” que hoy todos celebramos es una consigna que tiene su historia.

Fue planteada por la UJS, en mayo de 1996, en un plenario de la CES en relación con el asesinato de Walter Bulacio.

La abogada María del Carmen Verdú (Correpi), presente en el plenario, la tildó de “inviable” porque no figuraba en el Código de Procesamiento. Para imponer la perpetua, según Verdú, “había que reformar los códigos”. La condena por homicidio, a secas, constituía entonces el único triunfo “posible” (reproducido en Prensa Obrera 491). El argumento “jurídico” era erróneo: la prisión perpetua está indicada (art. 80 del Código Penal) para los casos de homicidio calificado, los cometidos con alevosía, ensañamiento, odio racial, la acción concertada de dos o más personas, o para asegurar la impunidad. Cabe en el caso Bulacio y en todos los otros.

Más erróneo aún fue el enfoque político. La demanda de prisión perpetua alerta que los jueces dictan condenas mínimas y excarcelables, y llama a impedirlo. Señala también que para imponer el castigo, no basta con lo que establece el Código. Hace falta lucha, organización, movilización de masas. “La Justicia, al calificar de simple el crimen, borra la principal de las huellas: la acción de encubrimiento y concertación que está detrás del asesinato (…) La burguesía, en la práctica, no quiere condenas severas porque eso resquebrajaría el aparato represivo”. Adaptarse o no denunciar ante la sociedad este hecho “es una forma de consentir” (Prensa Obrera 494).

Más insólita fue la posición del PTS, que entendió que “juicio, castigo y perpetua” expresaba confianza en la justicia patronal y blandió como alternativa “ninguna confianza en la justicia patronal, por jurados populares”. Como es sabido, los jurados populares se mantienen absolutamente en el cuadro jurídico burgués y, por lo tanto, son parte de la “justicia patronal” y ninguna garantía de justicia. Alcanza con mirar un par de series norteamericanas en la TV: los jurados pueden ser vetados y sufren múltiples presiones judiciales y mediáticas. O sea, del capital.

Pero, además, deciden bajo un andamiaje jurídico que tiene como meta defender la propiedad y sus custodios, las fuerzas represivas. Eso no se quiebra con artilugios institucionales sino con la lucha de las masas. “En ciertas circunstancias, el establecimiento de jurados populares, los juicios televisivos, la elección de fiscales y jueces por medio del sufragio son medidas progresistas porque permiten ampliar las denuncias de las lacras del Estado y del capitalismo o defender mejor a los perseguidos. Pero ninguna de estas medidas elimina o siquiera atenúa el carácter opresivo y represor del Estado”, apunta la Prensa Obrera 491.

La ventaja de “perpetua” sobre los “jurados populares” es rotunda: “no está sujeta a una reforma institucional, no alimenta ilusiones institucionalistas, simplemente enfrenta el reclamo popular con el Estado que encubre a los criminales y desarrolla las tendencias a la organización popular”. El PTS argumentó que en el juicio a las Juntas Militares los genocidas fueron condenadas a perpetua pero después Menem las indultó, soslayando que el juicio no se propuso castigar a los militares sino rescatar al conjunto del aparato represivo. El argumento es absurdo: ¿Acaso el Estado, que indultó a Videla, no podría indultar también a los condenados por jurados populares?

Como señaló Prensa Obrera, la pretensión de que modificaciones institucionales son suficientes para conquistar la soberanía popular, acabar con la represión o neutralizar a los aparatos represivos “muestra simplemente el arraigo de la demagogia democratizante en la izquierda y, por  lo tanto, la complicidad de ésta con la sociedad capitalista”. Una vez más: cárcel, castigo y perpetua a todos los culpables.