Casación revocó la absolución del genocida Juan José “Pipi” Pomares, miembro de la CNU platense

Apel La Plata

Luego de los recursos presentados por las querellas de los organismos de derechos humanos –ya que la fiscalía luego de haber solicitado prisión perpetua para los dos acusados no recurrió el fallo–, la Sala 4 de la Cámara Nacional de Casación Penal resolvió confirmar la prisión perpetua para Carlos Ernesto “Indio” Castillo y revocar la sentencia absolutoria sobre Juan José “Pipi” Pomares, y envió las actuaciones al tribunal de origen para que dicte una nueva sentencia valorando debidamente la prueba. El fallo de primera instancia fue dictado por los jueces del TOF 1 platense Alejandro Emsoris, Pablo vega y Nelson Jarazzo en noviembre de 2017.


La CNU fue una organización paraestatal de ultraderecha peronista que funcionó como fuerza de choque desde 1971 y continuó actuando durante la última dictadura cívico militar. En La Plata solo fueron juzgados dos de sus integrantes, Carlos Ernesto "el Indio" Castillo y Juan José "Pipi" Pomares, por tres hechos, con un saldo de siete víctimas, ocurridos entre febrero y abril de 1976 –todavía bajo el gobierno de Isabel Martínez de Perón. 


Castillo había llegado a juicio acusado como coautor material de los homicidios doblemente calificados de Carlos Domínguez y Leonardo Miceli, la violación de domicilio y los secuestros simulando orden de autoridad pública sobre Domínguez, Miceli y Roberto Fiandor, y por robo con arma en el caso Domínguez. En tanto a ambos represores se los acusó de los homicidios doblemente calificados de Néstor Dinotto y Graciela Martini, los secuestros y torturas sufridos por éstos y por los sobrevivientes Daniel Pastorino y Adelaida Barón. Este hecho ocurrió el 4 de abril de 1976, es decir durante la última dictadura, y comprueba la continuidad del accionar delictivo de la CNU en coordinación con la represión policial y militar.


Por decisión del TOF 1 platense, Castillo fue condenado en todos los casos, excepto en el de Pastorino, y Pomares absuelto en todos los casos por “beneficio de la duda”, ya que si bien quedó probada su pertenencia a la CNU en el juicio, declararon la nulidad de los reconocimientos fotográficos realizados por las víctimas.


Ahora, con voto unánime de los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carbajo, el tribunal de segunda instancia hizo lugar a los recursos de los organismos de derechos humanos que afirmaron que en base a los testimonios de dos sobrevivientes se podía confirmar la actuación de Pomares en el hecho de abril del ‘76.


Asimismo, reafirmaron que los crímenes cometidos por la CNU fueron delitos de lesa humanidad pese a haberse cometido antes del 24 de marzo de 1976 ya que la banda actuaba “con aquiescencia del Estado”, su “metodología represiva y la identidad de las agencias intervinientes guardaban conexión suficiente con el ataque generalizado y sistemático” que realizó posteriormente la dictadura, y porque su accionar “estaba dirigido desde altas esferas del gobierno argentino”.


Cuestionaron la nulidad que se había declarado de los reconocimientos fotográficos de Pomares realizados por los testigos Walter Martini, hermano de la víctima Graciela Martini que presenció su secuestro, y Daniel Hugo Pastorino, sobreviviente de los hechos del 4 de abril de 1976.


Por otro lado, Casación convalidó la arbitraria absolución de Castillo en el caso de Fiandor, ya que avaló el cuestionamiento del testimonio de la hija de Domínguez, secuestrado en el mismo operativo que Fiandor, por no ser testigo directo del hecho.


Esta sentencia implica un avance contra la impunidad de los delitos de lesa humanidad cometidos durante el tercer gobierno peronista. Hasta el momento solo se juzgó a dos represores de la CNU por siete víctimas, pero durante el debate quedó demostrado que este grupo paraestatal en la ciudad de La Plata estuvo conformado por al menos 40 represores (identificados por sobrevivientes como integrantes de la CNU siguen impunes, como Antonio “Tony” De Jesús, Ricardo “Richard” Calvo, Gustavo “Misto” Fernández Supera, Néstor “Chino” Causa, Néstor Beroch, Gerardo Blas, Dardo Quinteros, Ricardo Walsh, Jorge “Polaco” Dubchak”, Jacek “Alemán” Piechoki, David “Feiño” Masotta y Martín “Pucho” Sánchez, entre otros) que dejaron un saldo de 68 víctimas cuyos casos están denunciados, que a pesar del impulso de las causas por partes de sobrevivientes, familiares y los organismos, la justicia se niega a investigar.


¡Cárcel común, perpetua y efectiva para todos los miembros de la CNU y todos los genocidas!