Libertades democráticas
16/11/2018
El asesino de Laura Carlotto aguardará en libertad la definición de la Corte sobre el 2×1
Se trata de Rufino Batalla, agente de inteligencia durante la dictadura.
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Apel La Plata
La Corte Suprema de Justicia de la Nación publicó un cronograma en el que anuncia que tratará el 4 de diciembre el caso de la aplicación del beneficio de la ley del 2×1 a un genocida.
Se trata del caso del ex agente civil del Destacamento de Inteligencia 101 de La Plata, Rufino Batalla, condenado el 24 de octubre de 2014 a 13 años de prisión por 51 casos de privación ilegítima de la libertad y 71 casos de tormentos, y por el asesinato de Laura Carlotto y de Olga Casado, en el centro clandestino de detención “La Cacha” de la ciudad de La Plata.
Según expresiones en los medios, los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda ya se habrían definido por votar en contra de la aplicación del 2×1 para delitos de lesa humanidad. Rosatti, vale recordar, había votado a favor en el caso Muiña, pero ahora cambiaría el voto en función de la ley 27.362, la ley “aclaratoria” que apresuradamente aprobó el Congreso frente al repudio popular masivo al fallo que beneficiaba al represor. Resta saber qué votarán Elena Highton de Nolasco y el presidente de la Corte Carlos Rosenkrantz.
Sin embargo, lo cierto es que Batalla esperará la decisión de la Corte gozando de prisión domiciliaria. Sus defensores habían solicitado el beneficio el 15 de mayo de 2017 al TOF 1 de La Plata, después de que la Corte dictó el fallo favorable para el genocida Muiña.
El Tribunal Oral Federal Nº1 de La Plata ordenó un día antes de que se hiciera público el cronograma de la Corte la excarcelación de Rufino Batalla, firmado por los jueces Germán Castelli, Pablo Vega y Alejandro Esmoris. El fundamento esgrimido por los jueces es que cumplió dos tercios de su condena por los crímenes cometidos en el centro clandestino de detención La Cacha, los cuales establecieron como condición que no se ausente de su domicilio “por más de 24 horas sin autorización del Tribunal” y que una vez al mes se presente en el Patronato de Liberados, y que “no tenga contacto con sus víctimas”.
Luego de la sentencia de 2014, la querella de Justicia Ya!, ente otras partes acusadoras, presentó recurso de casación, solicitando para Batalla la condición de “coautor” en los delitos por los que se lo condenó como “partícipe secundario”, lo que daría lugar a una condena perpetua por crímenes de lesa humanidad. Ese pedido aún está en consideración de la Cámara Federal de Casación.
Vale recordar que en octubre el mismo Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de La Plata ordenó la excarcelación de otro de los represores condenados por el centro clandestino La Cacha. Se trata de Raúl Espinoza, un civil que fue agente de Inteligencia del Ejército y, aunque había sido condenado a solo 13 años como Batalla, lo beneficiaron con la excarcelación por “haber cumplido el tiempo suficiente de detención”.