Hay que cambiar la estrategia de la defensa jurídica de Panario

El vergonzoso “proceso de Neuquén” que se sigue contra Horacio Panario y demás compañeros, es la infamia ‘legal’ que apunta a liquidar el derecho de petición y manifestación de los trabajadores.


Se acusa a Panario de “coacción agravada”, un delito que implica de 5 a 10 años de prisión efectiva.


El delito queda establecido cuando se “amenaza” a cualquier funcionario público para obligarlo a seguir determinada conducta.


La detención del compañero se dio en el marco de una numerosa movilización (de la que Panario era parte integrante en igualdad de condiciones al resto) que fue a peticionar por el atraso en el pago —ya acordado por ley— de 250 pesos de salario al desocupado.


Las autoridades, incumpliendo con sus deberes de funcionarios públicos (un delito penal) no lo habían pagado en la fecha que correspondía, sin explicar qué hicieron con esos fondos, destinados por ley al efecto.


No solamente no pagaron, sino que reprimieron a los ciudadanos que habían ido a peticionar el cumplimiento de la ley.


Panario fue detenido en esas circunstancias, cuando una acción o provocación policial obligó a los manifestantes a defenderse o guarecerse ante el atropello. De este modo, las víctimas del delito oficial —es decir, los trabajadores burlados en sus derechos— pasaron a ser así los acusados.


Mediante esta maniobra en la calificación de los sucesos, se pretende condenar a Panario de antemano. El artículo que se le aplica, el 149ter del Código Penal, es un ‘cheque en blanco’ que el Tribunal puede ‘llenar’ discrecionalmente. La Ley no describe con precisión las características de los actos que pueden ser caracterizados como delito de “coacción”.


Pero Panario, y con él todos los manifestantes, hicieron uso del derecho constitucional establecido en el artículo 18 de “peticionar ante las autoridades”. Algo que, naturalmente, ‘pone en peligro’ al funcionario que distrajo los fondos del pago por desempleo hacia otro lugar, incumpliendo —él sí— la ley, que lo obligaba a pagar.


De manera que ni Panario ni los desocupados han cometido delito alguno. Así como no hubo ‘coacción’, tampoco existió la ‘tentativa’, como planteó la defensa, lo cual supone dos cosas: a) que la coacción ya es una tentativa de obligar a alguien, de modo que coacción y tentativa de coacción son lo mismo, y b) que significa aceptar que se cometió un delito por parte de los trabajadores,  aunque en una versión ‘atenuada’. El error jurídico del planteo de la “tentativa” obedece al error político cometido con anterioridad por todo el centroizquierdismo, el cual consideró la movilización de los desocupados, del 2 de octubre pasado, como un acto de “coacción contra la democracia”. Es del todo evidente que no se puede proceder a una defensa jurídica consecuente cuando está ausente la defensa política de los trabajadores perseguidos.


Ni coacción ni tentativa: lo único que ha existido es un grupo de ciudadanos que fueron a reclamar el pago de lo que por ley se les debía.


El funcionario que no pagó, y nada menos que a familias sin trabajo, debe ser sentado —junto a sus cómplices— en el banquillo de los acusados, para que responda ante el Código Penal que tanto gusta de invocar.


Como la Cámara del Crimen de Neuquén, en su sala II, ya lapidó a Panario con su confirmación de la carátula del caso y la pena de prisión preventiva, vamos —de seguir así las cosas— a una condena segura.


La atrocidad antidemocrática de este artículo 149ter (un invento de la democracia en pleno, efectuado en 1984) debe ser denunciada ante los organismos internacionales. Este debe ser el punto de partida de la estrategia jurídica de la defensa.


En primer lugar, hay que llevar ya el Caso Panario al Tribunal de Derecho Humanos del Pacto de San José de Costa Rica (art.. 75 de la nueva Constitución). La Convención del Pacto prohíbe la “ley penal en blanco” que se encuentra formulada en el artículo 149ter del Código argentino.


Amnesty, las barras de abogados de Derechos Humanos mundiales, todas las centrales de trabajadores deben conocer el alcance ilegal de esta maniobra y ser invitados a pronunciarse contra el Proceso de Neuquén.


Insistimos, asimismo, en la necesidad de formar una Comisión Unica y Abierta de Abogados de todas las tendencias para defender el caso.


Proponemos, simultáneamente, abrir una querella criminal patrocinada ampliamente por organismos, personalidades y partidos, para procesar y condenar a los funcionarios que dejaron de pagar en fecha el sueldo de ley a los desocupados y sus familias.