Impunidad: tres genocidas quedan sin condena

La naturaleza de un fallo


La sala III de la Cámara de Casación Penal anuló la sentencia del Tribunal Oral Federal de Catamarca que, en 2013, había condenado a perpetua a tres militares por la “Masacre de Capilla del Rosario”. La decisión contó con el voto favorable de los jueces Eduardo Riggi y Liliana Catucci, y libra a los represores de la responsabilidad por el fusilamiento de 14 militantes desarmados del PRT-ERP, ocurrido en agosto de 1974, tras un intento fallido de la organización por copar el Regimiento 17 de Infantería Aerotransportada de Catamarca.


El fallo afirma que no se trató de un delito de lesa humanidad porque el fusilamiento de los militantes ocurrió durante “un gobierno constitucional elegido por más del 60 por ciento de los votos del padrón electoral”, en referencia al gobierno de Isabel Perón. Para los jueces, no hubo plan sistemático de aniquilamiento hasta el 24 de marzo de 1976 y negaron incluso otros fallos de la misma cámara en causas como Operativo Independencia, CNU y Triple A, que declaró imprescriptibles por la participación del Estado. El fallo asegura que los fusilamientos fueron, en todo caso, un “exceso”.


El fallo exime de toda responsabilidad al gobierno de María Estela Martínez de Perón en los crímenes previos al golpe de Estado y sienta un antecedente extremadamente negativo para los juicios, aún en desarrollo, que juzgan crímenes contra la humanidad previos al golpe (CNU Mar del Plata, Operativo Independencia, etc.). La impunidad de Isabel -y de Juan Domingo Perón- sobre los crímenes cometidos bajo su gobierno es política de Estado.


El fallo llega a poner en duda que las víctimas hayan sido fusiladas. En el juicio oral, tras nueve años de investigación, quedó ampliamente demostrado que los militantes del ERP-PRT se habían rendido, que se encontraban desarmados y que fueron cercados luego de entregar las armas. Para los jueces, sin embargo, se pudo haber tratado de un “enfrentamiento”, llegando incluso a afirmar que “ya siquiera puede hablarse de ‘un ataque’ por parte de las fuerzas armadas, sino más bien de un acto de defensa de los poderes constitucionales vigentes, tanto de la Nación como de la provincia de Catamarca, ante el intento de un grupo fuertemente armado de insurgentes”. La vuelta de la teoría de los dos demonios, del “enfrentamiento” y de la “guerra”. El testimonio de José Fernando Gambarella, un ex conscripto que fue testigo ocular de la masacre y contó cómo cuatro personas que se encontraban con las manos en alto fueron ultimadas, fue catalogado por los jueces de “dudosa credibilidad” por recordar y describir una escena a 40 años de los hechos. Una infamia, por parte de un poder del Estado que oculta sistemáticamente los archivos de la represión.


Esta anulación se da en el contexto de las operaciones del macrismo para terminar con los juicios y avanzar en un pacto de reconciliación con los responsables del genocidio y del terrorismo de Estado.