Las piruetas de los jueces, de Jorge Sapag y del fiscal Otegui

En Neuquén hemos asistido a un extraordinario juicio. Si lo tomásemos como argumento de una obra de teatro, podría llamarse “De cómo tratan de escamotearle la victoria a la clase obrera”.


Los protagonistas de la obra serían el fiscal Jorge Otegui —en el papel de ‘desagradable’—, y los camaristas Cecilia de Valdecantos, Roberto Fernández y Jorge Commoriva.


Para la puesta en escena seguiríamos el guión del juicio, dejando de lado la mayoría de los principios del Código de Procedimientos neuquino.


En primer lugar, se otorga una tardía excarcelación, que pasa por alto que el delito no es excarcelable, y sin dar explicación alguna a las víctimas de una prisión totalmente injusta.


Para continuar, no estando el fiscal Otegui de acuerdo con la acusación de primera instancia, los camaristas no lo removieron como ordena el Código (artículo 58).


Si se nos contestase que con la excarcelación cambió la calificación del hecho (“coacción agravada”), entonces nos deberían explicar por qué no dejaron sin efecto todo el juicio, pasándolo a un juzgado correccional como ordena la ley (artículo 319) para casos menores.


De haberse aplicado el Código, los detenidos no sólo habrían salido en libertad, sino que además el juicio habría quedado completamente sin efecto, debiendo empezar todo de nuevo.


Hasta aquí, tenemos una obra entretenida y llena de contradicciones que sólo pueden explicarse si algunos de los protagonistas estuviesen objetivamente coaligados para restarle ‘cartel’ al planteo de los trabajadores perseguidos.


Segundo acto


Pasaríamos así al fallo de los camaristas. Se coincide en que la Cámara tenía que absolver a los acusados obligatoriamente porque el fiscal no acusó.


Pero esto no es lo que dice la ley. Esa obligación la tiene el juez de primera instancia si su fiscal y el de Cámara coinciden en la absolución (artículo 313), algo que aquí no ocurrió.


Por el contrario, aquí los fiscales discreparon y la ley no obliga a la Cámara a mantener la opinión del fiscal de Cámara.


Por eso la ley neuquina permite que el fiscal apele a favor del acusado si lo cree inocente (artículo 393), lo que evidencia que la Cámara no está ‘obligada’.


Esto nos lleva a la verdadera trama de la obra: la Cámara tuvo que absolver porque no había con qué condenar, no porque ejerció doctrina jurisprudencial.


Para hacer más picante este acto, los camaristas no se privaron de dictar una sentencia condenativa disfrazada de absolución.


Así, por ejemplo, sostienen disparates del estilo siguiente: “La falta de acusación no debe ser confundida con la presunción de inocencia de los imputados”. Esto lo dice el doctor Fernández, que parece haber olvidado no sólo la ley neuquina sino también el artículo 18 de la Constitución Nacional, que plantea el principio de presunción de inocencia en todos los casos, sin ‘confusión’ alguna.


También sostienen los camaristas una “inversión de la carga de la prueba”: si los detenidos estaban en el lugar, “algo habrán hecho”. ¡Qué demuestren que no hicieron nada!


Como se puede apreciar, este segundo acto tampoco tiene desperdicio.


En esta parte de la obra, los camaristas han asumido abiertamente un papel odioso, luego de haber dejado pasar —en el acto anterior— todos los incumplimientos anotados.


Acto de ‘arrepentidos’


Aparecen aquí nuevos personajes. Se trata de un grupo que podríamos llamar “Jorge Sapag y Cía.”.


Estos personajes pasaron —sin sonrojarse— de ser los que pidieron judicialmente la prisión de los compañeros a ser ¡testigos favorables! a ellos en la causa.


Un párrafo aparte merece el fiscal de la Cámara.


En 1984, el doctor Jorge Otegui era juez penal y como tal fue responsable de la represión legal de la gran huelga de la construcción.


El fue quien encarceló —denegando nuestros pedidos de excarcelación— a Evaristo Selesky, dirigente de la huelga.


Podría ser que Otegui cambió.


Pero también podría ser —la historia lo dirá— que sobichistas y sapagistas ‘arrepentidos’ estén preparando un frente electoral inmaculado para el año próximo, para lo cual este juicio les podría venir de perlas, sacando patente ‘democrática’.


Esto podría explicar el amplio despliegue que Página/12 ha venido realizando a favor de los ‘arrepentidos’, tratando en cambio de ‘inexpertos’ a las víctimas de la represión.


Telón


Como el lector apreciará, esta obra paródica no es entretenida porque sí; trata de cumplir un verdadero papel de distracción ante los trabajadores.


La ‘bondad’ de los ‘arrepentidos’, junto a la ‘amnistía’ jurídica a todo el poder judicial (no hubo quejas de ningún sector), han pretendido escamotear que el triunfo es enteramente de los trabajadores.


Sin movilización de la Coordinadora de Desocupados, de los trabajadores y la izquierda neuquinos, que lograron crear una conciencia nacional contra este juicio miserable, no habría habido fallo absolutorio.


La fuerza de los obreros y su movilización obligó, entonces, a montar esta verdadera obra de teatro, digna de las buenas plumas del ‘vodevil’ francés.