Si no nos movilizamos con todo, Panario y Christiansen serán condenados

Amenaza para todo el movimiento obrero y para los 600 activistas que se encuentran procesados en todo el país

Informe de una comisión de compañeros designada por el Comité Ejecutivo del Partido Obrero

El 2 de octubre de 1995, una imponente movilización de desocupados se dirigió a la Casa de Gobierno de Neuquén. Iban a pedir el pago del salario por desempleo.

 

La marcha no fue improvisada. Arrancó del Neuquén profundo y olvidado, el que habita en los barrios obreros, y puso en pie —por primera vez en la provincia— una Coordinadora de Desocupados.

 

Cuando las autoridades comprendieron que la movilización iba en serio, que no era una ‘paseada’  y que tendrían que dar —allí mismo— una respuesta política al largo reclamo, ¿qué hicieron?: llamaron a la policía, repelieron a los manifestantes y los acusaron de subvertir el orden institucional.

 

Luego de esto, en caliente, mientras los manifestantes se iban reorganizando, el gobierno de Sobisch lanzó la voz de mando: “estos trabajadores atacan la democracia; nos quisieron obligar bajo coacción a darles un salario”.

 

Obedientes, los paniaguados del gobierno y su “oposición democrática”, se alinearon en un coro histérico contra los manifestantes. Se lanzó así una ‘caza de brujas’ muy cara a las tradiciones de la provincia de los Sapag. Todavía está fresca en nuestra memoria el recuerdo de aquellas bandas armadas, con pañuelo tapando el rostro, que perseguían a tiros de 45 a los huelguistas de la construcción, en 1984.

 

“Coacción agravada”

 

Desde aquellos días a la fecha, el sapagismo aprendió las lecciones de la democracia. Esta vez no salieron a la calle lúmpenes armados. Para mantenerse en sintonía con los ‘opositores demócratas’, actuaron ‘civilizadamente’, echando mano al Código Penal y al personal uniformado.

 

Es así como el juez en lo criminal Abelleira detuvo a Horacio Panario y lanzó la orden de captura sobre Christiansen, Etchebáster, Chiguay y demás compañeros.

 

Panario fue enviado —y allí sigue preso todavía— a Zapala, distante a 200 kilómetros de su casa. Christiansen quedó detenido, al presentarse, en la nueva cárcel de “Parque Industrial”, sugestivo nombre para encarcelar a un movimiento de desocupados.

 

¿De qué se los acusa, concretamente, a los compañeros? Del delito de “coacción agravada”, contenido en el artículo 149ter del Código Penal.

 

El delito consistiría en “amenazar para obtener una medida o concesión por parte de cualquier miembro de los poderes públicos”. La pena prevista es de 5 a 10 años de prisión, lo que hace al delito no excarcelable mientras dure el proceso y de cumplimiento en prisión en caso de condena.

 

Este artículo 149ter es fruto de la Reforma al Código Penal realizada en 1984 por el gobierno de Alfonsín. Lo votaron por unanimidad radicales, justicialistas (incluido el actual Frepaso), sapagistas y demás partidos provinciales.

 

El artículo en cuestión es un engendro inconstitucional y reaccionario. El delito creado es uno de aquellos que la propia doctrina jurídica considera como “ley penal en blanco”, algo que es ilegal. En este caso, consiste en dejar a criterio del juzgador —y no del texto concreto de la ley— la caracterización sobre las supuestas ‘amenazas’.

 

Pero en un régimen democrático, toda manifestación o petitorio a los poderes políticos contiene una supuesta ‘amenaza’. Los derechos de huelga, de movilización, de peticionar ante las autoridades, involucran siempre un planteo conminatorio al poder constituido, que al revelar su ineptitud para resolver el problema del empleo, la vivienda, la salud y el salario, obliga a esta conducta legítima de los trabajadores.

 

Condena segura

 

La situación de Panario y Christiansen —debemos decirlo con todas las letras— es procesalmente muy comprometida.

 

El juez Abelleira les dictó la prisión preventiva, la que fue apelada. La Cámara II del Crimen confirmó la prisión preventiva, manteniendo los argumentos del juez y denegando un planteo de la defensa para que se considerase como ‘tentativa’ al delito.

 

De acuerdo al Código de Procedimientos neuquino, toca ahora a la Cámara I del Crimen juzgar el caso. ‘Sobran pruebas’ para condenar a los compañeros. Los métodos con los cuales se las ha procurado están a la medida de la situación. Numerosos trabajadores fueron arrancados de sus casas mediante allanamientos —algo innecesario legalmente— para ser llevados a comisaría, donde se los hizo declarar sin abogados luego de largas horas de detención.

 

El rechazo de la apelación de la prisión preventiva ha fortalecido el planteo oficial. Ahora, el fallo de Cámara es obligatorio para el juez. Esto hace inevitable el juicio. Así también ha pasado a ser imposible cambiar la carátula del caso, lo que antes —como muchos esperaban— hubiese habilitado una excarcelación de los compañeros.

 

Tal como está el expediente, cualquier otro compañero que se presente o sea detenido quedará preso inevitablemente.

 

El planteo de ‘tentativa’ que se intentó hacer valer ha sido rechazado, ya que no puede existir el intento fallido en este delito. O se profirió la amenaza, configurando la “coacción agravada”, o ésta no existió. Penalmente no hay término medio.

 

De mantenerse esta situación, la pena no será menor a 5 años de prisión efectiva.

 

Frente Unido

 

Debemos impedir que este tremendo ataque contra el movimiento obrero prospere. La cruda realidad ‘legal’ tiene como contrapartida el extraordinario vigor del movimiento de desocupados, que viene de realizar un gran plenario con el CTA y otras agrupaciones, votando como moción exigir la inmediata libertad de Panario y Christiansen.

 

El sapagismo le teme profundamente a esta poderosa expresión de los explotados neuquinos. Por ello intentará valerse de este ‘proceso’ como amenaza permanente para el movimiento obrero en lucha. En Neuquén, son numerosos los dirigentes obreros procesados.

 

Esta estrategia no es sólo neuquina. Las 600 causas penales contra trabajadores de todo el país revelan la existencia de un plan nacional perfectamente concertado para aplicar el149ter y otros similares a cada lucha en curso. Para eso se votó la reforma penal en el Congreso Nacional.

 

Debemos comprender la gravedad de la situación. Formemos un frente único nacional para defender a Panario y Christiansen. Una Comisión de Abogados única para proveer a su defensa. Extendamos la ola de pronunciamientos nacionales e internacionales, incorporando la denuncia de esta aberración jurídica en curso.

 

Estamos a tiempo para golpear desde ahora como un solo puño y derrotarlos.