Mujer

21/5/2019

Cipolletti: importante fallo por incumplimiento de aborto no punible

El 28 de mayo, a la calle

Entre marzo y abril de 2017, el jefe de ginecología del Hospital de Cipolletti bloqueó el aborto no punible solicitado en tres oportunidades por una joven de 19 años que había sido víctima de una violación intrafamiliar. El 21 de mayo de 2019, Leandro Rodríguez Lastra fue declarado culpable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y espera una pena que puede ser de hasta dos años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina.


Luego de que la joven hubiera utilizado pastillas de Oxaprost para inducirse de manera particular el aborto, debió ser derivada desde Fernández Oro al Hospital de Cipolletti, cabecera de la zona. Allí, Rodríguez Lastra en lugar de proceder según la voluntad expresada por la paciente y realizar el aborto, solicitó informes psiquiátricos y otros estudios como forma de obstaculizar la práctica. Le suministraron medicamentos para que el embarazo continuara y la tuvieron internada casi tres meses, dilatando la ILE para forzar el desarrollo del feto. Finalmente, la sometieron a parir en una cesárea involuntaria. La joven sufrió un fuerte daño psicológico con graves consecuencias hasta hoy. 


Los jueces resolvieron que Rodríguez Lastra realizó “maniobras dilatorias”, decidió por sobre la voluntad expresa de la paciente, ocultó la medicación que le dieron y mintió a la Justicia. Lo acusaron de obstrucción, ya que en ese momento no estaba inscripto como objetor de conciencia –lo que de todas maneras no le permitía intervenir sobre el cuerpo de la joven del modo en que lo hizo. Tras este caso, todos los ginecólogos de la zona, que antes no lo eran, se inscribieron en el listado de objetores de conciencia.


La defensa de Rodríguez Lastra estuvo conformada por tres abogados, de los cuales dos están íntimamente vinculados al poder político local: Damián Torres cercano al Gobernador de Rio Negro, Diego Breide, secretario de Hacienda de Bariloche y militante “celeste”.  


Su argumentación, entre otras falsedades, se centró en responsabilizar a las médicas de Fernández Oro. Una estafa: públicamente Rodríguez Lastra defiende haber actuado bajo su propio criterio y haber forzado ese parto. Se consideró ante los medios como un “valiente gladiador”. Contó con el apoyo de agrupaciones clericales locales y referentes del partido de Cintia Hotton. 


En un momento en que en el país los abortos no punibles se bloquean para casos dramáticos y la iglesia impone sus dictados -como los aberrantes casos de las niñas e 11 y 12 años en el norte- este fallo, también atravesado por una lucha política entre quienes defendemos los derechos de las mujeres contra los elementos del clero, es un importante recurso legal en defensa del artículo 86 del Código Penal y un aliciente para seguir la lucha por la defensa de los derechos de las mujeres y por la conquista del aborto legal.


El 28 recuperemos las calles e impulsemos una gran movilización nacional.