Mujer

26/3/2019

Código Penal y aborto legal: ofensiva macrista contra el derecho de las mujeres

Finalmente ingresó al Senado el proyecto del Poder Ejecutivo de reforma del Código Penal de la Nación. Se trata de una iniciativa central para el gobierno que busca afinar el andamiaje represivo del Estado en un cuadro de agudización de la crisis y ofensiva contra la clase obrera. La política punitivista y el incremento de penas, viga maestra del nuevo Código que busca promover, lejos está de dar respuesta a los problemas que se enumeran: narcotráfico, corrupción, inseguridad –todos males sostenidos desde el propio aparato del Estado, sus fuerzas de seguridad y régimen político. La decadencia de la “República democrática y liberal” se expresa a flor de piel en las tentativas de reforzamiento del régimen penal y represivo.


Entre los miembros de la “Comisión Redactora” del Código se destacan los ministerios públicos de las provincias –es decir que tiene el sello de los gobernadores de las distintas alas del peronismo. Por eso en el inicio de sesiones parlamentarias Macri destacó que había sido trabajado “con todos los sectores”.


La presentación de este nuevo Código Penal fue objeto de una aguda crisis, que obligó a Macri a postergarlo en tres oportunidades el año pasado, en medio de la marea verde. La enorme lucha popular por el derecho al aborto legal no sólo fue un tsunami en la conciencia de millones y su impulso a la movilización, sino también hacia el interior de los partidos del régimen –que en su totalidad se dividieron en torno a este derecho reclamado. El único bloque que votó sin fisuras a favor de este derecho fue el Frente de Izquierda y de los Trabajadores. En un parlamento que es una usina de leyes contra el pueblo, avaladas por todos los bloques (Cambiemos es minoría en ambas cámaras), la conquista de un derecho democrático para las mujeres se vio frustrada por el peso del lobby clerical sobre todos los partidos patronales. Luego del 8A en el Senado, este cuadro se recrudeció y llevó al impasse el Código Penal.


No es casualidad que el nuevo Código se presente a poco de que se diera a conocer el nuevo proyecto de legalización que presentará la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal en el mes de abril. Es la señal política de un gobierno que va derecho a enterrar nuestra causa en busca del favor clerical a su campaña electoral.


Un reforzamiento reaccionario


El nuevo Código proyecta la interrupción del embarazo como materia de política penal contra las mujeres que deben practicarse un aborto y los profesionales de la salud que lo garantizan. Pero va más lejos, y crea todo un nuevo capítulo denominado “lesiones a la persona por nacer” –una aberración jurídica que pretende darle al feto un carácter diferenciado de la mujer que lo está gestando y un status similar al de una persona ya nacida. Detrás de esta figura se habilitan nuevas penas, que van desde uno a cuatro años para los profesionales de la salud que causen “a una persona por nacer una lesión o enfermedad que perjudique gravemente su normal desarrollo o provoque en él una grave afectación física, o mental”. Y de seis meses a dos años, cuando ello fuera el resultado de “imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de los reglamentos.” Es un arma jurídica contra los profesionales que garantizan derechos, y contra las mujeres que cursan un embarazo no deseado.


La penalización a los profesionales de la salud es agravada también en la modificación del Artículo 87, ya que crea la figura del aborto “por imprudencia, negligencia o impericia en su arte o profesión” – lo que amplía la amenaza persecutoria a los médicos/as, enfermeros/as y demás trabajadores de la salud.


En lo que refiere a las causales que eximen de la pena, no establece grandes variaciones en relación al Código vigente desde hace ya casi un siglo –que es violado sistemáticamente bajo el peso de la injerencia clerical en las instituciones del Estado, en todos sus niveles. Aunque sea muchas veces letra muerta –como hemos visto recientemente en Jujuy y Tucumán– el viejo Código Penal contempla la no punibilidad en los casos en que haya riesgo para la vida o la salud de la mujer, o cuando el embarazo proviene de una violación “o atentado al pudor sobre una mujer idiota demente”. Sobre esta última definición, la modificación que se introduce ahora es simplemente una adecuación de términos acorde a leyes que se han sancionado en el pasado (y al propio Fallo FAL), y se reemplaza la definición por el “embarazo que proviene de un abuso sexual”. En lo que respecta a la causal salud, se introduce la definición del riesgo de salud de la madre como “física o mental”, lo que, lejos de ampliar, puede restringir, ya que limita a estos dos aspectos lo que ya hace años la Organización Mundial de la Salud definió en un sentido mucho más amplio: un estado completo de bienestar físico, mental y social (dimensiones biológicas, psicológicas y sociales).


De aprobarse este nuevo Código Penal, el aborto seguirá siendo objeto de criminalización para las mujeres, que sufrirán prisión de uno a tres años. Lo que agregan como “novedoso” es que la pena podría ser suspendida por el juez interviniente –lo que equivale a confiar en la “buena voluntad de los jueces”, en un país donde abundan los fallos de la impunidad a la violencia machista, la misoginia y el desprecio por la mujer. Y aunque así no fuera, la mujer considerada victimaria no podrá verse eximida de atravesar todo el tortuoso proceso judicial.


El principio rector del Proyecto gubernamental es la preservación de un poderoso instrumento de disciplinamiento sobre las mujeres, basado en su discriminación jurídica y la tutela del Estado por sobre su derecho a la salud y su capacidad de decidir respecto de la maternidad. El derecho a decidir ya está puesto en jaque para las mujeres trabajadoras que no cuentan con los medios para impedir un embarazo forzado o para proyectar una maternidad deseada –cuando hace estragos la desocupación, la precariedad laboral y salarial, el vaciamiento de la salud y educación públicas, y el avasallamiento de los derechos más elementales. Como complemento de ello, la clandestinidad del aborto se impone como mensaje político y social –custodiado, precisamente, por el Código Penal– sobre la mujer que debe recurrir a la práctica de un aborto, la cual es considerada y tratada como una criminal. Como se ve, el alcance en materia de opresión y sometimiento de las mujeres es de vasto alcance y excede ampliamente a los años de prisión o las secuelas sobre su salud.


Abajo el código reaccionario. Vamos por el derecho al aborto legal


El Proyecto gubernamental expresa un alineamiento de Macri con la ofensiva clerical. De “la unidad de los pañuelos verdes y celestes” de CFK a este Código Penal no hay grietas ni fisuras. Macri quiere ganarse el favor del Vaticano y avanzar en la integración de los evangelistas y más rancios sectores clericales. Así se mete el macrismo en la disputa electoral.


El movimiento de mujeres, que reunió 300 mil personas en Plaza de Mayo y una vez más copó las plazas de todo el país con la bandera de lucha por el aborto legal, debe rechazar este Proyecto reaccionario y reforzar su movilización por la legalización del aborto. La nueva presentación del proyecto de ley de la Campaña debe abrir lugar a un intenso debate en los lugares de trabajo y de estudio, en las barriadas y en asambleas de mujeres, para evitar que éste sea cajoneado en nombre de las prioridades electorales de los partidos mayoritarios. Discutamos masivamente la lucha por una Consulta Popular Vincular para que nuestra lucha esté en el centro de las prioridades nacionales. Si avanzamos las mujeres, avanzan todos los oprimidos.