Mujer
2/12/2020
Aborto legal
Objeción de conciencia: el ariete de la Iglesia contra los derechos de las mujeres
El caso de Salta.
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Luego de nueve meses de anunciado, finalmente Alberto Fernández ingresó su proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Aunque este contiene varios aspectos del proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto, agrega el artículo 10 que habla puntualmente de la objeción de conciencia, un requerimiento de muchos de los legisladores que votaron en contra en 2018.
Algunos hasta planteaban en aquel momento que si la ley admitía la objeción de conciencia la votarían a favor. Cuando la trató el Senado, el senador Juan Carlos Romero de Salta argumentó que con que se haga ley el fallo FAL era suficiente, a sabiendas que el mismo no se cumple en la propia Salta.
Que el proyecto de ley actual diga explícitamente que “tienen el derecho a ejercer objeción de conciencia” brinda un reconocimiento legal a algo que en realidad debería estar prohibido. Si se aprueba así, el médico o quienes intervienen directamente en la práctica imponen su creencia religiosa a una paciente pasando por encima de sus derechos. La realidad ha demostrado que provincias enteras se declararon objetoras, como ocurrió hace unos años en Santa Fe o Tucumán, donde las pacientes prácticamente debían ser “deportadas” para que los se realicen una Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en el hospital Argerich.
En Salta, luego del fallo FAL, el exgobernador Urtubey inventó el decreto 1170/12 que, en vez de regular la práctica, la impedía. Ponía como requisito la asistencia tutelar del Ministerio Público, con la excusa de evitar los “casos fabricados” y porque consideraba que los médicos no podían definir sobre cuestiones penales. En realidad, nunca es esa la función del médico, sino la de realizar la práctica y punto. El decreto se refería puntualmente a los casos de violación, dejando en el vacío los abortos por razones terapéuticas. Los médicos no solo se declaraban objetores de abortos por violación, sino también en casos donde está en riesgo la vida de la madre.
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En el 2015 tuvimos en Salta el caso Juana, una niña wichi que fue víctima de un “chineo”(violación en banda). El caso de esta pequeña mostró todas las violencias juntas, pero sobre todo la violencia estatal. Reunía todas las causales de ILE: la pequeña sufría de violentas convulsiones que le produjeron discapacidad porque nunca se atendió su problema neurológico, fue violada y estaba en riesgo de vida. El caso se conoció cuando ya tenía casi ocho meses de gestación, cuando tardíamente se descubrió que cursaba un embarazo inviable, con feto anencefálico. En este caso también se declararon objetores, la niña tuvo que ser trasladada de Tartagal a Salta para la realización de la interrupción.
Que el artículo 10 del actual proyecto de ley diga que no pueden negarse a realizar la práctica cuando está en riesgo la vida de la persona gestante es impracticable en provincias como Salta, donde no hay la cantidad de profesionales como para destinar un médico no objetor. En la ciudad de Salta, el hospital Papa Francisco (vaya nombre) tiene todo su personal declarado objetor, incluidos enfermeros y hasta administrativos. Esto fue comunicado mediante acta al Ministerio de Salud y Urtubey permitió semejante atropello, siendo que ese hospital está en la zona más pobre de la ciudad y además recibe pacientes del todo el Valle de Lerma. Cuando indagamos al respecto, nos respondieron que lo solucionaban derivando a las pacientes al Hospital Materno Infantil, que allí sí hay personal no objetor. Lo cierto es que todo el tiempo que estuvo vigente el decreto 1170/12, hasta 2018, en el Materno había… ¡un solo médico no objetor!, quien tenía que hacerse cargo de las derivaciones de toda la provincia.
Esta objeción institucional en el Hospital Papa Francisco trajo sus consecuencias: una adolescente de 14 años murió. La joven tuvo un parto complicado, luego una infección, ingreso a ese hospital muy grave, los médicos no quisieron hacer una histerectomía, suponiendo que a futuro si desee tener más hijos, y la derivaron al Materno Infantil. Murió en el quirófano. La objeción de conciencia en casos graves cuesta vidas, y no se limita solo a la práctica del aborto, el objetor aplica su decisión en todo lo que tiene que ver con la salud de la mujer.
📣 ¡Arrancó la semana verde! 💚
Pañuelazo en Salta 💪🏼Las mujeres y las diversidades redoblamos nuestra organización y compromiso para luchar hasta conquistar nuestro derecho, sin dilaciones y sin injerencia y restricciones clericales.#AbortoLegal2020 #EsUrgente pic.twitter.com/hZX4koEv3B
— Plenario de Trabajadoras Salta (@PdTSalta) December 2, 2020
Urtubey negaba que en Salta se admitiera la objeción institucional, pero al igual el Hospital Papa Francisco también son objetores los hospitales del interior. En este año, ya con el gobierno de Gustavo Sáenz, una niña de 12 años de Anta fue obligada a maternar porque se declararon objetores los hospitales de Las Lajitas y de Joaquín V. González. En este caso no fue resuelto con una derivación a Salta, sino que la Justicia accionó para que la niña acepte continuar con el embarazo con el consentimiento de sus padres aun cuando en esa casa se registraba violencia familiar. Para colmo propagandizan que lo más importante es que el violador está preso. Ahora, la Secretaría de Derechos argumenta que son las propias niñas las que naturalizan el embarazo infantil.
Como se ve, la objeción de conciencia no puede considerarse un derecho. Es un ejercicio que pone en peligro la vida de las personas gestantes, aun cuando reúnen los causales de salud, aun cuando el caso sea extremo. El objetor tampoco actúa individualmente, milita su causa contra otros profesionales. Muchos, sin ser objetores, declaran serlo por miedo a ser judicializados, como ocurrió en Tucumán. Los objetores también se niegan a realizar ligaduras de trompas, a recetar anticonceptivos a las adolescentes, cometen violencia obstétrica. De hecho, el aborto, cualesquiera sean sus causales, es un evento obstétrico. Actualmente hacen banderazos celestes, convirtiendo los hospitales en centros hostiles para las pacientes.
El Colegio Médico de la provincia, a través de su mesa directiva, publicó una solicitada rechazando la legalización del aborto, negando que este sea un derecho y que sea una práctica médica. Esta declaración pública, que ratifica la que expresaron ya en 2018 y antes también, es otra forma de presión sobre los médicos no objetores.
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En Salta tanto en el Poder Judicial como en los hospitales la Pastoral Social tiene su espacio físico, para hostigar a las mujeres. En el Hospital Materno Infantil hay un sacerdote recorriendo las habitaciones de internación. Objetivamente la Iglesia actúa bajo un amparo político. El actual director de Atención Primaria de Salud, Carlos Franco, es un conocido militante antiderechos que en Salta organizó las marchas a favor de Rodríguez Lastra, el médico que fue condenado por negarse a hacer un aborto no punible a una víctima de violación.
La objeción de conciencia es el ariete de la Iglesia para que, en caso de aprobarse, no se cumpla la ley de aborto legal. Fernández se lo dio. El presidente que tuvo el apoyo político del Vaticano para llegar al poder, que se dice verde y feminista, presentó esta ley al mismo tiempo golpea duro a todo el pueblo con un brutal ajuste -y en particular a la salud pública. En esta etapa, las iglesias están llamadas a ser el factor de contención del descontento social, y aun aprobándose esta ley no mantendrán su injerencia sobre el Estado.
La marea verde tiene que salir a las calles y desenvolver todas sus fuerzas para que con la lucha conquistemos la mejor ley, sin trampas legales, y por sobre todo teniendo en claro que Fernández no eligió la ley sino que la impusimos en las calles.
¡Que sea ley! ¡Sin objeción de conciencia! Separación de la Iglesia del Estado.
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