Partido

12/9/2020

La lucha contra la impunidad policial en el caso de Mariano

Primera parte.

La historia de la lucha popular marcaba que las responsabilidades policiales en los crímenes de luchadores y militantes quedaban en la impunidad o en penas menores, que nunca llegaban a sentencia y terminaban en la prescripción.

A lo largo de todo el proceso penal en la causa de Mariano Ferreyra, llegar al juicio oral y a una condena del personal de la Policía Federal involucrado se pareció a una carrera de obstáculos que requirió la coordinación de estrategias jurídicas y agitación política, para arribar a las condenas.

La investigación de la actuación de la policía en el asesinato de Mariano Ferreyra y las graves heridas de Elsa Rodríguez nació como un expediente aparte, lo que por sí mismo indicaba un camino de investigación que los podía exonerar de su responsabilidad directa, respecto del asesinato. No eran partícipes sino que habían incumplido la obligación en sus funciones.

Finalmente en junio del 2011 fueron procesados por los delitos de abandono de persona agravado seguido de muerte y agravado por daño a la salud e incumplimiento de los deberes de funcionario público, calificación penal que había solicitado la Fiscalía.

Esta calificación terminaba escamoteando el rol de la policía, no sólo como liberadores de la zona, ósea partícipes, sino también su rol de encubridores de los autores materiales del hecho y el ocultamiento de las pruebas.

La posición de las querellas -tanto las representadas por Apel/Correpi, como el Cels– fueron unánimes, en el sentido que se pidió el procesamiento por homicidio agravado en concurso real con tentativa de homicidio agravado en tres casos (la misma calificación legal con que se elevó a juicio la imputación a Pedraza y compañía).

Los policías involucrados fueron el comisario Lompizano, desplazado superintendente de Seguridad metropolitana y jefe de la Dirección General de Operaciones de la Federal; quedó procesado, además, su segundo, el comisario Luis Alberto Echevarría; los comisarios Jorge Raúl Ferreyra, jefe de la División Roca y Luis Mansilla, jefe del Departamento del Control de Líneas Ferroviarias, quienes comandaron el operativo y estuvieron toda la jornada junto a la patota de Pedraza sobre las vías del ferrocarril Roca; el principal Gastón Conti, de la Dirección General de Operaciones, y Rolando Garay, subcomisario de la Comisaría n°30 de Barracas.

La jueza no encontró mérito para procesar al agente David Villalba, a cargo de filmar el operativo y quien dejó de hacerlo apenas se inició la agresión, para quien el fiscal pedía que se lo considere “partícipe secundario”. La cámara no coincidió con este criterio y finalmente lo proceso.

El vicejefe de la División Roca, Claudio Premuda, también estaba siendo investigado, pero fue asesinado durante un sospechoso intento de asalto en marzo de 2011.

La clasificación penal adoptada pretendía presentar la responsabilidad de los jefes policiales como un acto de descuido, se trataba de una coordinación “individual”. La “negligencia” (un acto inconsciente) de cuatro divisiones de la Federal, una comisaría y 80 efectivos policiales, de los cuales por lo menos 20 se encontraban de civil.

Lo cierto es que la liberación de la zona sólo pudo ser posible si fue ordenada desde las más altas estructuras -en una organización vertical como es la Policía Federal. Esta imputación buscaba poner un punto final en las responsabilidades, que cerraba cualquier intento de imputación al entonces ministro de Seguridad y Derechos Humanos, al igual que el jefe de Gabinete del cual depende la Federal, Aníbal Fernández.

Ni lerdos ni perezosos, apenas conocida la carátula imputada a sus defendidos, los abogados de la Federal pidieron el traslado de la causa a la justicia contravencional de la Ciudad de Buenos Aires. El traspaso a esa jurisdicción implica la imposibilidad de solicitar una condena por el delito de homicidio agravado como parte de un plan criminal, lo que hubieran logrado si no fuera porque la movilización popular contra la impunidad del crimen gozaba de vitalidad a pesar de haber pasado más de nueve meses del crimen, haciendo que se rechacen este tipo de maniobras judiciales.

La separación de la causa policial con el resto de las imputaciones ponía el riesgo de que la pata policial finalizara en impunidad.

La experiencia histórica era que el desmembramiento de las responsabilidades terminaba con la impunidad. Así fue en la causa del Puente Pueyrredón, donde quedaron impune no sólo los responsables políticos, sino también los responsables materiales en las dos causas que se abrieron de la principal.

Esta vez el final de la historia sería diferente, pero no completamente.