Políticas

19/12/1995|478

Declaración de guerra contra los trabajadores de los municipios

En el conurbano bonaerense, la desocupación, según  ciertas encuestas y sondeos, ronda el 31%.


Sobre el desempleo, ¿qué propuesta tiene Duhalde?


A iniciativa del gobernador, la legislatura provincial sancionó la “ley de disponibilidad”, que afectará hasta el 31/12/96 a más de 100.000 municipales, que podrán ser trasladados, dejados en disponibilidad, cesanteados, jubilados con anticipación e, incluso, se les rebajarán los sueldos.


Todo el articulado es un ataque a las condiciones de vida de los trabajadores, violando y desconociendo leyes en vigencia.


Los intendentes ya no deberán esperar el veredicto del ‘Honorable’ Concejo Deliberante. Ahora, son dueños y señores del destino laboral  de millares de trabajadores. Artículo 3: “Podrán disponer la extinción, supresión, transformación, escisión o fusión  de unidades y dependencias orgánicas, cualquiera sea su denominación  o ubicación estructural”.


Esta mano libre y discrecional es el puntapié inicial  para liquidar el convenio colectivo y los estatutos laborales, pudiendo los empleados ser trasladados, aun sin su consentimiento, puestos en otra función y, por supuesto, cesanteados.


Los intendentes (art. 4) “podrán mantener la situación de disponibilidad (del personal ) con o sin obligación de prestar servicios”.


El artículo 6 dispone  cesantías a discreción, al facultar al poder ejecutivo municipal a “disponer el cese por razones de buen servicio del personal que exceda  la dotación necesaria  para su eficaz funcionamiento administrativo”.


El capítulo II está destinado a jubilar con dos años  de anticipación a los trabajadores —esto fundado en el Decreto 9650/80 de la última dictadura.


En el artículo 17, se dispone que durante el período  que restare para alcanzar la jubilación al trabajador afectado, se le reducirá el salario en un 30%, no computándole tampoco el premio al presentismo, si lo tuviere, lo cual implica , sumadas todas las quitas, una rebaja salarial  del orden  del 50%.


En el capítulo IVº se reglamenta el retiro voluntario, el que se abonará de acuerdo a “las posibilidades presupuestarias” de los municipios (es decir, para las calendas griegas, si tenemos presente el estado de virtual quiebra de la mayoría de las comunas).


Finalmente, el artículo 25 especifica que se suprimirán  miles de puestos de trabajo y que luego de producida la prescindibilidad, se faculta a  los intendentes  para proceder a la eliminación de  los cargos vacantes. 


No nos equivocamos cuando, semanas atrás, anunciamos que “ha  llegado el turno de  la Provincia de Buenos Aires”. Los trabajadores debemos prepararnos  para derrotar  y quebrar la ofensiva duhaldista.