Dictamen "capcioso" de la Corte

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Ha sido el propio titular de la Anses quien ha saludado el fallo de la Corte Suprema revocando el fallo de la Cámara de Seguridad Social sobre la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU). "La Corte... le dice a la Cámara: ‘lo que ustedes hicieron no está fundado', nosotros necesitamos saber el impacto que puede tener un caso de esta naturaleza... se puede llegar a hacer un reclamo pero hay que analizar caso por caso" (CN 23, 11/11).
¿Qué había fallado la Cámara? Que la PBU debía actualizarse en base al fallo Badaro I, en el que la misma Corte planteó una actualización del 88.57% por el período 2002/2006 -en base al índice de salarios del Indec. Esto llevaría la PBU a 2.600 pesos, contra los 1.526,75 que todo jubilado percibe por este concepto al día de hoy.
La PBU -equivalente a una jubilación asistencial que oficia como "piso"- se congeló durante más de diez años, desde el '97 hasta 2009-, incluyendo el hundimiento provocado por la devaluación 2001/2002.
¿Qué determinó la Corte?
La anulación del aumento otorgado por la Cámara.
Dice el fallo: "en caso de haberse producido una merma" debe probarse "si el nivel de quita resultaba confiscatorio". Por lo tanto, debe revisarse caso por caso si el jubilado tuvo un perjuicio por la falta de actualización de la PBU y, recién entonces, puede hacer su reclamo.
Al jubilado le esperan, sin embargo, dos pruebas más. La Corte autoriza un reajuste limitado al período 2002/2009 si ha habido un perjuicio de más del 15% sobre el total del haber. Esta cláusula eliminaría las dos terceras partes de los jubilados y pensionados del reclamo porque la PBU es una proporción menor del haber total.
La segunda prueba es de antología. El jubilado hizo un juicio, probó que sufrió un perjuicio que supera el 15%, ganó el juicio y debería poder cobrar, pero el fallo de la Corte no explica cómo queda acreditado el daño ni si la respuesta debe ser afirmativa e inmediata en esa instancia. "Lo que plantea la posibilidad de que, ante una negativa de la Anses, el jubilado deba recorrer nuevamente todo el espinel judicial para obtener otro fallo favorable" (jubiladosaportantes.wordpress.com/).
Detrás del reclamo que pulverizó la Corte, existe más de 1.000 juicios llevados adelante por los jubilados y una espera de cinco años hasta llegar a esta iniquidad.
La Corte no es aliada de los jubilados
Contra quien piense que la Corte ha sido una aliada de los jubilados, siendo que ésta ha sostenido la política oficial contra el 82% y la actualización de los haberes.
La Corte defiende el régimen de actualización "semestral" de haberes fijado por el gobierno en la ley 26.417 -que de movilidad no tiene nada. Luego de aquel fallo Badaro I, en el fallo llamado Badaro II dejó de lado el concepto de atar la actualización de la jubilación a los ingresos de los trabajadores activos como pauta, cambiándola por los aumentos a las jubilaciones mínimas otorgadas por el Poder Ejecutivo, determinados en base a los aumentos de la recaudación, de los salarios y de los recursos totales de la Anses.
La Corte no contestó jamás la demanda de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, que reclamó extender a todos los jubilados, hayan hecho o no juicio, el ajuste determinado en el caso Badaro. Acaba de revocar 34 cautelares de actualización de haberes invocando la "sustentabilidad" de la Anses.
El término "capcioso" supone una acción deliberada para confundir al interlocutor. En un rapto de sinceramiento, el titular de la Anses ha planteado que el fallo de la Corte "es una sentencia capciosa" (Ambito, 14/11).
Lo que se llama una "política de Estado" mientras se consuma el vaciamiento sistemático de la Anses en función del subsidio a las empresas o el pago a los acreedores de la deuda pública.