Políticas

27/8/2021

“Festejo en Olivos”: Alberto Fernández ante la encrucijada de su política punitivista

El presidente ofrece dinero a cambio de eximirse de responsabilidad penal.

El presidente Alberto Fernández se presentó en la causa que investiga la responsabilidad penal por el “festejo de Olivos”, ofreciendo donar una parte de su salario a cambio de que se lo exima del proceso y sea sobreseído. El presidente es prisionero de sus actos y de sus propias afirmaciones, ya que fue durante meses fue el principal ideólogo de la “responsabilidad individual” de los contagios y la persecución penal por la omisión o violación de la normativa emanada de su puño y letra.

Fernández es parte de los 11 imputados en la causa que impulsa el fiscal federal Ramiro González, que investiga la supuesta comisión del delito de violación de medidas adoptadas por autoridad competente para impedir la propagación de una pandemia (art. 205 CP), entendida al calor del DNU 260/20, que hace expresa referencia a las consecuencias penales de la normativa vigente.

Respecto al presidente, también se deberá verificar la violación del artículo 248 del CP que establece la tipicidad de las acciones del funcionario que “no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.

Alberto Fernández es rehén de su propia política de estigmatización de la juventud y la población y de persecución policial y penal contra los trabajadores, en un país donde las patronales y el gobierno desacatan las restricciones sanitarias y hacen y deshacen a su gusto. Es la conclusión de todo el abordaje de la pandemia, en que se confinaba a los trabajadores a encerrarse en sus hogares perdiendo su fuente de ingresos, e incluso con aval oficial a los descuentos salariales en masa. Lo que la foto del cumpleaños en Olivos revela es que la cuarentena se cumplió solo a medida de los capitalistas y los poderosos.

¿Billetera mata proceso?

La presentación formal de Fernández ante la Justicia tiene como “sustento” la tesis de que estaríamos ante un caso de “inexistencia manifiesta de tipicidad”, debido que al tratarse de un delito de “peligro abstracto”, no estaría probada la “potencialidad real de crear el peligro que (se) prevé”, careciendo, supuestamente, de un resultado lesivo.

Por tal motivo, el máximo mandatario propone una “reparación” del perjuicio ocasionado, en los términos del artículo 59 inciso 6 del CP, donando la mitad de su salario, por el término de cuatro meses, al Instituto Malbrán, a condición de que el juez dicte su sobreseimiento.

La verdad es que, bajo su línea punitivista, el presidente estaría en la lona. Que se trate de un delito de peligro abstracto no lo hace menos “delito”. En este caso la tipicidad está dada por las circunstancias peligrosas creadas por el presidente y sus invitados, y no necesariamente por la existencia de una lesividad.

La analogía más clara de esto es respecto de si alguien manipula en su hogar material explosivo o cepas de virus altamente peligrosas. El bien jurídico tutelado es la salud, la vida y la seguridad pública, que se encontrarían bajo riesgo potencial. La Justicia debería actuar preventivamente para evitar una calamidad.

El ofrecimiento de dinero a cambio de su impunidad refleja otra cuestión de clase: no toda la población posee la misma capacidad económica –algunos carecen de toda solvencia e ingreso regular- para allanarse a dicha solución. El presidente desnuda el carácter de clase de la Justicia, donde los ricos pagan y salen y los pobres son perseguidos y condenados.

Lo que yo digo, pero no lo que yo hago

El DNU presidencial no deja lugar a dudas respecto al carácter delictivo de su accionar, según sus propias disposiciones. Fernández salió en cadena nacional el 31 de julio del 2020, dos semanas después del festejo, a alertar sobre las consecuencias penales de las acciones que había cometido, en la clandestinidad, hace solo algunos días atrás. Lo paradójico de la cuestión es que el presidente podría ser favorecido por una eventual inconstitucionalidad de su propio decreto.

La utilización de tipos penales de peligro abstracto para la persecución de la juventud y los trabajadores es materia frecuente por parte de la Justicia y el Estado burgués, tal es el caso de la persecución a la juventud por el delito de tenencia para consumos de estupefacientes. La generalidad del bien público tutelado muchas veces es utilizado para criminalizar y perseguir a la población trabajadora.

Ese mismo decreto presidencial ha sido utilizado para ingresar a las barriadas obreras a imponer el miedo en las calles con ostentosos despliegues policiales, respaldar el accionar ilegal de las fuerzas represivas y atacar, estigmatizar, responsabilizar y perseguir judicialmente a los trabajadores.

En cambio, las patronales y el gobierno gozan del beneficio de eximirse del cumplimiento de estas normas: a veces de forma “legal” –con disposiciones y decretos que los habilitan- y en otras contrariando sus propias leyes.

Incluso la solución propuesta por el presidente implicata un acto de “lesa inmoralidad”, ya que la donación de fondos al Instituto Malbrán presupone su desfinanciamiento público en medio de una crisis sanitaria que ha tenido al instituto funcionando a su máxima capacidad ¿Por qué no envía más presupuesto?.

La situación procesal del presidente pone de manifiesto las contradicciones de un régimen punitivista y antiobrero, de grandes concesiones y libertades para el capital y privaciones y penurias para los trabajadores. La impostura de Fernández entierra toda credibilidad del principal mandatario del país, lo que reafirma la reivindicación del Frente de Izquierda Unidad de la necesidad de un comando sanitario al frente de la lucha de la pandemia, compuesto por trabajadores y especialistas sanitarios.

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