Políticas

5/12/1995|476

La ley ‘Cafiero’

La ley llamada de “garantía de los intereses del Estado Nacional”, que se acaba de aprobar en el Congreso, cercena la autonomía que la reforma constitucional otorgó a la ciudad de Buenos Aires. En lugar de limitarse a garantizar los intereses del Estado Nacional, mientras la ciudad sea la Capital de la Nación, la ley sancionada avanza sobre las atribuciones del futuro gobierno de la ciudad y sobre la convención de representantes (Estatuyente), que debe dictar el Estatuto Organizativo de sus instituciones.


La ley ‘Cafiero’ establece, por ejemplo, que “El Gobierno Nacional seguirá ejerciendo en la ciudad de Buenos Aires, su competencia en materia de seguridad y protección de personas y bienes”, y “la Policía Federal continuará cumpliendo funciones de policía de seguridad  y auxiliar de la justicia… dependiendo… del Poder Ejecutivo Nacional” (art. 7°). Estamos ante una usurpación de atribuciones y una conculcación de derechos democráticos de la población de la ciudad.


El Partido Obrero se opone a la policía del Estado capitalista (brazo armado de una dictadura de clase contra los trabajadores) y denuncia su función represiva de los explotados. Pero no puede ser indiferente ante una ley que usurpa en beneficio del menemismo (Poder Ejecutivo), una cuestión que debe ser democráticamente por el pueblo de la Capital.


La nueva ley establece que la “justicia nacional ordinaria de la ciudad de Buenos Aires mantendrá su actual jurisdicción y competencia continuando a cargo del Poder Judicial de la Nación”, y que la ciudad “tendrá facultades propias de jurisdicción en materia de vecindad, contravencional y de faltas, contencioso-administrativa y tributarias locales” (art. 8°). La Constitución establece, sin embargo, que el régimen de gobierno autónomo de la ciudad tendrá facultades de legislación y jurisdicción. El alcance y carácter de dicha jurisdicción debe surgir de una deliberación constituyente.


En el mismo sentido, esta ley comete otros avasallamientos de la ‘soberanía  popular’. Deja bajo jurisdicción nacional el Registro de la Propiedad Inmueble y la Inspección General de Justicia (art. 10°). Dos llaves maestras de los negocios y negociados inmobiliarios. También establece que “la ciudad… dispondrá de los recursos financieros que determine su Estatuto Organizativo con sujeción a lo que establece… la ley 23548” (art. 12°). Esto es, subordinada a la ley de coparticipación federal, que, quedó demostrado, el gobierno maneja ‘a piaccere’. Lo que sugiere que más que sofisticados debates ‘constitucionales’, lo que está en juego son choques de mafias.


Esta crítica del Partido Obrero diverge totalmente con la defensa de la ‘autonomía’ o con el reclamo de la policía y justicia ‘propias’ del Frepaso y la UCR. Ellos no cuestionan el carácter de estos tribunales y esta policía, ni sueñan con modificarlo. La ‘autonomía’, para la oposición burguesa, se refiere exclusivamente al control del negociado inmobiliario y al reparto de la ‘gestión’ de las privatizaciones.


Tampoco para el oficialismo la ley Cafiero  tiene nada que ver con la defensa del federalismo ni de los ‘intereses del Estado Nacional’ no es otra cosa que un abuso del poder menemista, que pretende mantener el control político de la ciudad de Buenos Aires y el manejo de los grandes recursos y negocios, al margen de sus reveses electorales.


¡Abajo la ley Cafiero!, que se convoque la constituyente bajo completa libertad de propaganda y acceso a los medios de comunicación.