Políticas

30/10/2014|1338

La reforma procesal de Boudou y Berni

Apel

La reforma del Código Procesal Penal se inscribe en la batalla de fondo que el gobierno libra en el frente judicial. Se ha publicitado largamente su propósito de garantizar la impunidad de la camarilla oficial, agobiada por denuncias de corrupción. Pero no ocurrió lo mismo con sus ataques a las libertades democráticas, en la línea de las leyes antiterroristas y otras disposiciones represivas que la oposición, de un modo general, apoya.


 


 


 


Corrupción


 


El Código de Procedimientos regirá en todo el país para los delitos federales -como narcotráfico, falsificación de moneda y defraudación fiscal- y a los que involucran a funcionarios públicos -como enriquecimiento ilícito e incumplimiento de deberes, entre otros. El cambio más significativo radica en que serán los fiscales quienes estarán a cargo de impulsar la investigación y recabar las pruebas en el proceso. De ese modo, queda limitado el papel de los jueces de instrucción, quienes tendrán prohibido realizar actos de investigación o impulsar la persecución penal. En la instancia del juicio oral, tampoco podrán realizar preguntas ni suplir la actividad de las partes. 


 


El impulso y la calidad de la acusación son depositados, por lo tanto, en los fiscales. Actualmente, la jefa de los fiscales es una ultra K, la procuradora Alejandra Gils Carbó, protagonista en el freno a las causas que involucran al poder político.


 


Gils Carbó nombró fiscales sub-rogantes a diestra y siniestra, lo que le valió una denuncia que fue desestimada por un juez amigo de los K, Sebastián Casanello. Antes de fin de año, serán designados por este "método" diecisiete nuevos fiscales. El nuevo código permitirá que la procuradora asigne causas discrecionalmente, sin sorteo.


 


Es cierto que el fiscal no podrá desestimar la acción penal cuando haya funcionarios públicos involucrados, algo que el oficialismo argumenta para responder a las críticas de la oposición. Lo que no dice es que los fiscales podrán dejar caer las causas por corrupción si no existe denuncia o limitar los pedidos de prueba.


 


 


Libertades democráticas


 


Entre sus nuevas atribuciones, los fiscales podrán solicitar a los jueces allanamientos y requisas en forma oral, lo cual podrán fundamentar por escrito luego de realizados. En un extremo, estas medidas se presentarán como hechos consumados, sin control por parte del imputado ni de las víctimas.


 


Un artículo del nuevo código faculta al fiscal a realizar investigaciones genéricas para esclarecer "alguna forma especial de criminalidad". Es un verdadero cheque en blanco que puede ser utilizado para criminalizar la protesta social, en la línea de las leyes antiterroristas contra las organizaciones populares. Del mismo modo, se ha redactado el artículo que regula la prisión preventiva con términos indefinidos, como "la gravedad de las circunstancias" y "la conmoción social del hecho", cuyos alcances quedan a criterio de quien juzga.


 


Llamativamente, se excluye la aplicación de la prisión preventiva para los delitos de abusos sexuales, incluso a menores, si no existieran lesiones graves o muerte de la víctima. Esto impacta directamente en los casos de violencia de género, en las que el violador puede actuar sobre las víctimas mediante amenazas con el propósito de evitar el proceso.


 


En relación a la participación de la víctima, no se ha avanzado más allá de la jurisprudencia existente. En cambio, se consagra el derecho del sector público a constituirse como querellante. El gobierno había intentado hacerlo en el juicio por la masacre de Once para encubrir sus propias fechorías, pero el tribunal se lo denegó.


 


La posibilidad de expulsar a los extranjeros del país, prevista en los casos de indocumentados que incurran en delitos menores, podría constituirse en un nuevo recurso para la criminalización de la protesta -por ejemplo, contra las ocupaciones de terrenos federales, los cortes de vías o calles o cualquier otra medida de lucha. Medio siglo después de su derogación, el kirchnerismo ha reflotado una versión propia de la Ley de Residencia, que la Unión Industrial exigió a principios del siglo XX contra la organización obrera que emprendían los inmigrantes de filiación socialista o anarquista. El nuevo código no sólo está redactado a la medida de los Boudou y Jaime: es la letra y el puño (represor) de Sergio Berni. Oponemos a estos planteos reaccionarios la elección de jueces y fiscales por el voto popular, así como el cierre de las causas y la anulación de las condenas de todos los perseguidos por luchar.