Políticas

26/6/1997|545

Ley de mediación, contra los trabajadores

A partir del 1º de agosto, el trabajador no podrá ejercer la defensa judicial de sus derechos, si previamente no acepta el arbitraje de mediadores designados por los ministerios de Trabajo y de Justicia.


Jassán y Caro Figueroa reglamentaron, el año pasado, la ley “que establece que todos los reclamos individuales laborales tienen que ser sometidos a una instancia de conciliación o mediación obligatoria, antes de presentar la demanda ante la Justicia” (Clarín, 1/6), para que “los conflictos se resuelvan antes de la intervención de la Justicia” (ídem).


El abogado vinculado al MTA, Héctor Recalde, dijo que se “trata de una privatización de los tribunales que pone trabas al acceso de los trabajadores a la Justicia” (ídem).


Tiene razón. Es evidente que se pretende una denegación de justicia a los trabajadores.


Apremiado por la desocupación y los bajos salarios, el trabajador se verá obligado a aceptar arreglos inferiores a los que surgiría de una sentencia judicial. Con la mediación se crea una nueva estructura de presión sobre los trabajadores, para que desistan o rebajen sus demandas contra las patronales.