Políticas
24/10/2026
Neuquén: Maniobras oficiales para mayores “muletas” estatales a la petroleras
El proyecto de nuevo Código de minería de “La Neuquinidad”.
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El boletín de prensa oficial NeuquénInforma (8/10/2025) informa que en el año 2024 hubo “125 yacimientos activos y 3.345 puestos de trabajo directos e indirectos, la minería neuquina impacta especialmente en Zapala, Picunches y Pehuenches”. En 2024, dice, “el 62,3% de la producción correspondió a rocas de aplicación –principalmente áridos, caliza y piedra laja–, mientras que el 31,4% provino de minerales industriales como yeso, baritina y bentonita” (ídem).
Sin embargo el año pasado se reunieron en Zapala, funcionarios del gobierno y empresas mineras, que solicitaron “reinterpretar los procedimientos vinculados con la caducidad de las minas y las reservas de minerales” del Código de Procedimientos Mineros de la provincia (ley 902 del año 1975). Recientemente el director provincial de Minería, Carlos Portilla, reconoció la existencia de arenas para fracking en la provincia: “Entre los de primera categoría mencionó el cuarzo, tanto en formato de geoda como en forma de arena para fracturas hidráulica”(Alerta Digital, 10/10). El presidente de Cormine (Corporación Minera de Neuquén, una sociedad del Estado), Mariano Grillo, afirmó que la empresa “tiene una visión más integral de la minería y destacó que las arenas silíceas ocupan un lugar prioritario por la ventaja que representa para Neuquén contar con una actividad hidrocarburífera de gran escala” (Panorama Minero, 18/9). y agregó que “ya existen resultados positivos en la provincia y mencionó el caso de operadoras que estarían utilizando arenas neuquinas, … una de ellas trabaja actualmente con el 100% de arena producida en Neuquén” (ídem). La empresa estatal dijo también “trabaja desde hace varios años en el análisis de arenas destinadas a la industria petrolera, una línea que cobró mayor importancia con el crecimiento de la actividad no convencional”.
El gobierno quiere abaratar el fracking
Está dando pasos en ese sentido. Por un lado se propone transformar a Cormine en una sociedad anónima para “facilitar asociaciones con capital privado y mejorar su capacidad de gestión y financiamiento” (Panorama Minero, 14/1). Por el otro y como expresión al reclamo minero de “reinterpretación” de la normativa actual, ha presentado en Legislatura un proyecto para un nuevo Código provincial de Procedimientos de Minería.
Es que las arenas de silicio (cuarzo) para el fracking hasta el presente se traen en camiones fundamentalmente de la lejana provincia de Entre Ríos. Eso encarece los costos operativos de las empresas hidrocarburíferas. Si las empresas pudieran utilizar estas arenas extraídas en la provincia de Neuquén implicaría una baja sustancial de costos: “la utilización de las arenas neuquinas podrían significar un ahorro de entre el 20% y el 30% para la industria, lo que en términos monetarios significaría alrededor de 600.000 dólares menos por pozo” (RN, 20/7).
El precio que se paga hoy por esas arenas es de unos U$S 145 por tonelada. Un pozo puede consumir hasta 15.000 toneladas. De allí la incidencia en los costos del fracking: más de dos millones de dólares por pozo. Para 50 pozos con fracking que se perforan en un mes en Vaca Muerta el costo general de la arena supera los U$S 100 millones mensuales.
Para completar el cuadro, el presidente de la Cormine, Mariano Grillo estimó que “a partir de 2027 la demanda de arena para Vaca Muerta podría superar los 8 millones de toneladas” (Panorama Minero, 18/9).
Ingeniería normativa y legislativa
Si bien el gobierno de “La Neuquinidad” ha enviado su proyecto, por ahora el tema está trabado porque se deben cometer muchas tropelías legales. Ahora se quiere armar una comisión interpoderes que lo apruebe para que todo el régimen quede con los dedos pegados.
Es que el Código de Minería nacional divide a los minerales y las minas en tres categorías. E incluye al cuarzo (óxido de silicio) como una sustancia metalífera en la primer categoría, es decir, son minas “que pertenecen exclusivamente al Estado, y que sólo pueden explotarse en virtud de concesión legal otorgada por autoridad competente”. Por eso quienes explotarían el óxido de silicio en la provincia pretenden “reinterpretar los procedimientos mineros” del Código provincial y eludir al Código nacional.
El director de minería provincial lo expresó muy claramente: “en Neuquén estos materiales están compuestos principalmente por cuarzo y feldespato, minerales que, según el Código Nacional de Minería, corresponden a la primera categoría. La clasificación tiene consecuencias sobre la propiedad del recurso. Los minerales de primera categoría pertenecen al dominio del Estado provincial, mientras que los de tercera categoría corresponden al propietario del suelo. Por esa razón, Neuquén considera las arenas para fractura como minas y no como canteras... esta diferencia también se discute en el Consejo Federal de Minería (Cofemin). Técnicamente, arena alude únicamente al tamaño de la partícula...El término no identifica por sí mismo la composición mineralógica del material, que es la que determina su encuadre legal, esta clasificación implica que las explotaciones de arena para fractura deben cumplir las obligaciones correspondientes a la minería de primera categoría. En otras provincias, indicó, materiales similares se administran como canteras de tercera categoría” (RN, 19/10).
Esa es la “reinterpretación” de la normativa que el proyecto de “La Neuquinidad” viene a tratar de resolver, para lo cual debe votarse un atropello normativo a mano armada, que pondría en riesgo la “seguridad jurídica” para los capitalistas. Por eso la “comisión interpoderes”, pero que demora el asunto.
Poco y nada les importa al gobierno y a los diputados patronales el cuidado del ambiente, que ponen como pretexto para esa “reinterpretación”.
El pase a tercera categoría: una aspiración patronal
Clasificar a las arenas de fracking como de tercera categoría, las colocaría en el terreno de los áridos en general para hormigones. No hace falta que exista una concesión mediante norma legal.
Además, las minas de tercera categoría, según el Código de Minería nacional “pertenecen únicamente al propietario, y que nadie puede explotar sin su consentimiento, salvo por motivos de utilidad pública”. Para las petroleras todo se reduciría a pagar chirolas por lo que para ellas vale centenares de millones de dólares.
Y esa es una cuestión que viene a habilitar el proyecto de “La Neuquinidad”. Su Título III versa precisamente sobre “Concesiones de minas de tercera categoría” y dedica varios Capítulos al asunto. Las ubicadas en “tierras de dominio fiscal”, en “dominio público hídrico”, las ubicadas “en terrenos de dominio privado”, etc.. El adjudicatario o comprador a un privado, podrá también poseer “concesiones de minas primera categoría”, poniendo fichas en todas las casillas. Y podrá “celebrar contratos de servicios, explotación o colaboración que no impliquen transferencia de la titularidad del derecho minero”.
Y el remate lo da el artículo 188: “Adquisición del suelo. Cuando el titular de una concesión minera quiera ejercer el derecho que establece el artículo 156 del Código de Minería de la Nación, deberá presentarse ante la Autoridad Minera solicitando la expropiación del terreno respectivo. Cuando los terrenos pertenezcan a particulares, el solicitante deberá expresar el monto de la indemnización ofrecida”. Para las billeteras de las petroleras es como pescar en una palangana.
Es un proyecto del gobierno para y por las petroleras.

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