Políticas

21/12/2023|1683

Por qué el megadecreto de Milei es inconstitucional

Javier Milei

El megadecreto anunciado por Javier Milei el miércoles 20 en cadena nacional no solo es un plexo de normas que ataca los derechos laborales y entregan el patrimonio público, sino que ni siquiera respeta las más básicas normas constitucionales.

En efecto, el artículo 99.3 de la carta magna establece que “cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el Jefe de Gabinete de ministros”.

Este no es el caso del mega DNU de Milei. Primero que nada, porque el gobierno no puede invocar que haya “circunstancias excepcionales”. De hecho, acaba de anunciar que convocará a sesiones extraordinarias del Congreso para tramitar algunas leyes del paquetazo que quedaron fuera del DNU. O sea, Milei (que cuenta con apenas 38 diputados y 7 senadores propios) se maneja a la carta, mandando al parlamento lo que le place y decretando lo demás.

Pero a su vez, el megadecreto se entromete en asuntos de regulación en materia tributaria, como en el caso de la derogación de la ley de promoción industrial.

El Congreso tiene la potestad de controlar los decretos, a través de una comisión bicameral encargada de verificar la constitucionalidad o no de dichas resoluciones, según quedó establecido a partir de la reforma constitucional de 1994, pactada entre el PJ y la UCR. Sin embargo, no cuenta con un plazo para expedirse, y en caso de hacerlo por la negativa, no anula retroactivamente los efectos de la medida hasta el momento de esa decisión.

Los DNU han sido una herramienta recurrente de todos los gobiernos democráticos. Raúl Alfonsín dictó una decena a lo largo de su mandato, pero a partir de Carlos Menem se produce un salto estruendoso: solo en su primera presidencia, apeló a ese mecanismo en 177 ocasiones. Eduardo Duhalde ordenó 156 DNU en su corto gobierno, y Néstor Kirchner, a 239 en el curso de su mandato (2003-2007). También Cristina Kirchner y Mauricio Macri recurrieron masivamente a este mecanismo.

Buena parte de las medidas de entrega del menemismo, o el “corralito” de De la Rúa-Cavallo, son ejemplos de algunas de las políticas que fueron adoptadas por decreto. Lo que en términos constitucionales se presenta como un mecanismo de excepción, los gobiernos patronales lo convierten en regla, lo que muestra la debacle de la democracia capitalista.

Para un gobierno que se proclama defensor de la libertad, debutar con un “protocolo” represivo contra la protesta social y un megadecreto como este no deja de ser indicativo de una enorme impostura. La única “libertad” que defiende Milei es la de la clase capitalista para explotar sin límites a los trabajadores y apropiarse de las riquezas del país.

https://prensaobrera.com/politicas/gabriel-solano-milei-pretende-un-gobierno-de-excepcion