Políticas

1/10/2021

Reforma judicial en CABA: un mamarracho jurídico antiobrero

Un golpe a varias bandas que busca además un blindaje judicial del macrismo.

Miembro de APeL

La legislatura porteña, con los votos de Cambiemos, aprobó el proyecto de reforma judicial que faculta al máximo tribunal de justicia de la CABA (el TSJ, controlado por el macrismo) a que pueda revisar las sentencias de la justicia nacional (civil, comercial, laboral, penal). Lo aprobado, desde el punto de vista jurídico, es un mamarracho, inconstitucional por donde se lo mire. Una provincia no puede arrogarse la organización de la justicia nacional, ni interferir en sus sentencias creando instancias legales de las cuales no tiene incumbencia, pues ello es facultad del Congreso Nacional. Eso sí, delata los intereses que el macrismo defiende.

Esta medida es un golpe a varias bandas con gran interés para el macrismo. Por un lado tendría injerencia en las causas que lo golpean directamente (caso Correo Argentino entre otros). Además, tiene un profundo interés para las patronales, ya que los concursos y quiebras podrían caer también bajo su esfera.

Para el caso de la justicia penal, tanto kirchneristas como macristas se encuentran comprometidos en un sinfín de causas. El propio Macri tiene a su operador judicial, Pepín Simon, declarado en rebeldía y prófugo de la justicia federal.

Por otra parte, las resoluciones de las causas laborales que tramitan ante la justicia del trabajo quedarían supeditadas a lo que resuelva el TSJ de la Ciudad, de marcado tinte antiobrero.

La pretendida incorporación del TSJ de la CABA sobre la justicia del trabajo es un acto más de la avanzada de Cambiemos en contra de los derechos laborales (proyecto de Larreta para eliminar las indemnizaciones por despidos). La incorporación de esta una nueva instancia judicial, entre las resoluciones de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y la Corte Suprema de Justicia de la Nación, implicará alargar más aún los dilatorios plazos de la justicia del trabajo. Así las cosas, un cobro indemnizatorio podría llegar a demorar una década, con la posterior dificultad incluso de cobrar esos créditos en caso de obtener un resultado favorable al trabajador.

Todas las patronales apelarán las resoluciones de los tribunales laborales solo por el efecto dilatorio que esto supone. Ni que hablar si el TSJ de la ciudad llegase a fallar en contra de lo resuelto por la justicia del trabajo en favor del trabajador.

Esto claramente será un elemento regresivo para el conjunto de les trabajadores, quienes encuentran, con todas sus limitaciones, un parate al atropello patronal en dicho fuero. En ese sentido se ha pronunciado la Asociación de Abogados Laboralistas que advirtió sobre esta maniobra dilatoria. A su vez buscará ser un elemento más del blindaje judicial de la camarilla macrista golpeada por diversas causas.

Juicio por jurados, demagogia democratizante

Junto con el proyecto de reforma se aprobó la implementación de los juicios por jurados, esta vez con los votos del kirchnerismo. El juicio por jurado no cambia en lo absoluto este contenido de clase, esta orientación social. El jurado resolverá sobre una etapa previa de investigación a cargo de un fiscal. Esa llamada “selectividad”, mediante la cual se eligen los tipos de delitos y las personas a perseguir sigue manteniendo la misma estructura (esencialmente la policía y la fiscalía son quienes lo realizan).

El Código Penal es el último guardián de la propiedad privada y el que más burdamente expresa el contenido de clase de la justicia burguesa y de su Estado: es un grupo de hombres armados para garantizar la propiedad de los medios de producción en unas pocas manos. Por esto mismo, la justicia burguesa no es democratizable.

Sobre la fiscalía, en la Ciudad de Buenos Aires la investigación penal está a cargo del/la fiscal, quien cita en su fiscalía a declarar, ordena la realización de pruebas, etc.; básicamente, es quien apunta y orienta la investigación acusatoria.

En el proyecto, el jurado solo se limita a determinar la culpabilidad o inocencia de la persona imputada. La determinación de la pena está a cargo del juez/a. Es decir, ni siquiera el jurado tiene un control sobre la sanción atribuida al delito por el cual consideran que debe ser declarado culpable.

Por otro lado, en los casos en los que el jurado llega a un veredicto de culpabilidad, la defensa puede recurrir esa decisión ante un tribunal revisor, que es quien tendrá la última decisión; de esta forma, se advierte que a la vez que se implementa el juicio por jurados, no es un jurado popular el que tendrá a cargo la decisión final en el caso.

Así las cosas, se invita a la población a meter presa a personas previamente elegidas por los fiscales, jueces y policías, como sucede en la provincia de Buenos Aires, Córdoba, Neuquén. Sin ir más lejos, el país “modelo” de juicios por jurado es Estados Unidos, donde la policía blanca ejecuta negros (Black lives matters), posee sus cárceles llenas de afrodescendientes y latinos (quienes integran la clase trabajadora más precarizada), y tienen centros clandestinos de detención como la cárcel de Guantánamo; todo ello como forma permanente de su funcionamiento del sistema judicial. El capitalismo puede asimilar perfectamente el juicio por jurados como una forma más de opresión de una minoría sobre la inmensa mayoría de la población; para muestra, basta un botón.

Una perlita. Integrar el jurado será una carga pública para todo aquel que figure en el padrón electoral de CABA. La ley hace referencia a que “los empleadores deberán mantener sus derechos laborales como si hubieran prestado servicio”. Con un 50% de trabajo sin registrar, es inverosímil sostener esto.

Vale destacar que, en función de lo expuesto la ley no garantiza el control popular de la justicia ni de las fuerzas de seguridad por parte de la población, en tanto no es ella la que diseña la política criminal que está en manos de los funcionarios de turno (diputados, senadores, fiscales, jueces, ministros que diseñan las leyes y luego deciden a quiénes criminalizar según los intereses de clase a quién responden)

Se mantiene una casta judicial, de funcionarios puestos a dedo (jueces y fiscales) quienes no pueden ser removidos de sus cargos por el pueblo y, por lo tanto, tampoco rinden cuentas de sus resoluciones.

Por último, en la medida en que no haya un traspaso de la justicia penal nacional a la CABA, el distrito solo tiene jurisdicción sobre contravenciones y faltas. Es decir, más que democratización, Juntos por el Cambio hizo votar un blindaje judicial.

Nuestra propuesta

Elección y remoción popular de jueces y fiscales. Queremos que sean electos y removibles, que tengan que rendir cuenta de sus actos frente al pueblo. Y una sociedad organizada sobre nuevas bases sociales donde las inmensas mayorías no sean privadas de los medios de producción y subsistencia. Sobre las bases de una sociedad económicamente injusta, sobre las bases de una sociedad de clases no habrá una justicia penal que no refleje ese mismo contenido.

https://www.youtube.com/watch?v=GX9N8I39wsk