Votan la destrucción del derecho laboral
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No nos pidan más ninguna ley laboral , ya dimos todo”, dijo Armando Cavalieri en el plenario de secretarios de la CGT ( Clarín, 22/3/95).
Así es. Con las dos leyes laborales votadas por el Parlamento la semana pasada, se terminó con lo poco que aún había de derecho laboral y el movimiento obrero ha retrocedido al siglo XVIII. Prácticamente queda derogada la indemnización por despido para todas las mujeres, cualquiera sea la edad, y para los trabajadores varones entre los 14 y 25 años y para los mayores de 40. A partir de ahora, “la protección contra el despido arbitrario comprenderá al 0,5 % del total de los asalariados”, reconoció el ex-abogado de la burocracia sindical, Héctor Recalde ( Clarín, 26/3/95).
Al ingresar al trabajo, el trabajador no queda efectivo, sino que está “a prueba” 3 meses, período que puede ser ampliado a 6 . En ese lapso, la patronal está eximida de pagar los aportes jubilatorios y el trabajador puede ser despedido sin preaviso ni indemnización. En ese caso, los meses trabajados no se computan como “tiempo de servicio a todos los efectos laborales y de seguridad social” (jubilación).
La consecuencia que tendrá este régimen de “prueba” es fácil de adivinar. Las patronales despedirán a los trabajadores cada 6 meses y así rotarán todo el tiempo. Además, al eximir a las patronales del pago de los aportes sociales, se profundizará el desfinanciamiento de las Cajas jubilatorias.
Juventud
Como en la época medieval, se establece el contrato de aprendizaje para los jóvenes de 14 a 25 años, que puede tener una duración de hasta 2 años. El “aprendiz” no recibe un sueldo sino “una compensación” igual al salario horario mínimo de convenio. La patronal no paga aportes ni jubilación, ni obra social, ni salario familiar.
De este modo se cierra el cerco sobre los jóvenes, que ya sufren una superexplotación con las llamadas “pasantías”. Instituidas por un decreto de Menem en 1992, las pasantías permiten a las patronales contratar estudiantes por 4 años, pagándoles solamente viáticos y gastos de comida.
Entre los contratos de aprendizaje y las pasantías, los jóvenes hasta los 25 años no llegarán a ganar siquiera un sueldo mínimo.
Para las mujeres y varones mayores de 40 años, la nueva ley establece un contrato de “fomento” de hasta 2 años, pagando las patronales solamente el 50% de los aportes sociales.
En consecuencia, entre los 14 y 25 años el trabajador es un aprendiz. Con más de 40 años sólo conseguirá emplearse como “fomento”. Las mujeres, peor aún, son aprendices y de fomento toda la vida.
Si esto será de ahora en más la regla general, en las pequeñas y medianas empresas (Pymes), que abarcan al 80% de las empresas del país, se instaura un régimen de esclavitud. Con cualquier pretexto, podrán incorporar trabajadores con contratos de 6 meses a 2 años, sin pagar aportes sociales.
Se establece, además, que las Pymes tendrán convenios especiales distintos del resto de la industria. Esos convenios podrán modificar el régimen de vacaciones, que se otorgarán en cualquier época del año y fraccionadas. También el aguinaldo podrá fraccionarse de semestral a trimestral. Desaparecen las categorías, porque habrá “movilidad” plena, en cuyo caso podrá cambiarse el convenio para establecer otras condiciones.
Estas leyes, cualquier persona se da cuenta, no son para fomentar el empleo sino para promover los despidos y crear una masa de desocupados del 25 o 30%, que lleve a la degradación moral y física de la clase trabajadora. Estas leyes son una lápida para la juventud y la mujer. Como dijo el ministro de Trabajo, “la estabilidad en el empleo es un mito” (Clarín, 26/3/95).
Estas leyes legalizan la evasión patronal previsional, porque el período de prueba más la veintena de contratos sin pago de los aportes sociales abarcan al 80% de la masa trabajadora.
Los bordonistas y la UCR no hicieron una campaña de denuncia de este atropello histórico ni antes ni después, y no la harán nunca, porque responden a los intereses de la gran patronal. Bordón y la UCR acaban de votar la ley de quiebras en el Senado, que autoriza el despido sin indemnización y la reducción de los salarios.