Salud
7/4/2020
ART: el gobierno cede ante las aseguradoras
Los trabajadores de la salud víctimas número uno.

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Apel
A pesar de la promesa que el Ministerio de Salud hizo la semana pasada a asociaciones de médicos y trabajadores sanitarios, el gobierno no incluirá por ahora el coronavirus en el listado de enfermedades profesionales.
Esta decisión fue tomada luego de una intervención de la Unión de Administradoras de Riesgos del Trabajo (UART) a través de un comunicado que pregonaba una amplia cobertura de los casos detectados aunque recién después de lo dictaminado por una junta evaluadora.
La resolución final fue que “los afectados por Covid-19 durante el ejercicio de sus labores -con preeminencia lógica de los trabajadores de la salud- deberán exponer cada caso ante la Comisión Médica Central del sistema de riesgos del trabajo para establecer si recibirá las coberturas en prevención, tratamiento y eventualmente dinerarias de las aseguradoras”.
O sea que se somete a cada trabajador afectado a un trámite individual, ante la Comisión Medica Central. Las mismas existen por ley e intervienen en los procesos de reclamo previo a la judicialización. Resolución oportuna ya que se espera que la petición tenga su definición en el fuero judicial, como la mayoría de los trámites individuales iniciados ante denuncias del trabajador.
Este método significará un detrimento real para la cobertura del trabajador, fundamentalmente en prevención y tratamiento, porque la petición puede resultar cuando ya se ha superado el momento para ambos casos.
Esta salida queda por detrás de una opción restrictiva de la cobertura como enfermedad profesional, que se podría haber limitado con una fórmula general relacionando la misma con haber efectuado prestaciones en centros o incluso servicios donde se efectuase atención del Covid-19.
El Ministerio de Salud viene cediendo a las presiones empresariales (y tal vez la derrota principal sea probablemente el levantamiento del aislamiento social el 12/3) y de las aseguradoras.
La verdadera intención y finalidad de garantizar la cobertura es el efecto que tiene ante la responsabilidad de los prestadores de brindar los medios profilácticos de protección, y elementos contra el riesgo laboral, que es finalmente de lo que se ha librado a las patronales y aseguradoras.
Este es el eje fundamental de la problemática que ha producido varios fallos judiciales ordenando la cobertura de los elementos sanitarios a los profesionales de la salud, a lo que los mismos responden con razones de fuerza mayor ante la carencia de insumos.