Salud
1/2/2024
Medicina prepaga: aumentazos, exclusiones y fallos contra el DNU
Tras el decreto presidencial suben la cuotas de forma prohibitiva y crecen las presentaciones judiciales.
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Medicina prepaga.
La liberalización de las cuotas de la medicina prepagas, habilitada deficientemente por el DNU presidencial de Javier Milei, está dando lugar a una dispara de los precios de la cobertura que acumula un 76% entre enero y febrero, junto a una política deliberada de expulsión de los afiliados mayores y/o con enfermedades crónicas y el bloqueo de quienes cuentan con enfermedades preexistentes. Crecen las presentaciones judiciales y la aprobación de cautelares contra la desregulación oficial.
La última novedad al respecto de las múltiples presentaciones judiciales contra la medida de Milei que habilita a profundizar el negocio de la medicina privada a costa de la salud, es el otorgamiento de una medida cautelar que suspende la aplicación de los artículos 267 y 269 del mega DNU, obligando, en este caso, a “readecuar las cuotas correspondientes al plan asistencial” de un afiliado de la medicina prepaga.
Se trata del caso de un jubilado de 78 años afiliado a la prepaga Simeco quien presentó un amparo ante la Justicia ante el aumento excesivo del 62% en la facturación de la empresa en tan solo un mes, sin ninguna explicación y/o detalles del criterio empleado por la prepaga.
La factura recibida en el mes de enero ascendió a $267.787, sufriendo una adecuación luego de un primer aumento. En el mes de diciembre, el valor de la cuota alcanzó los $167.719. La primera factura de enero llegó con un aumento y se ubicó en $188.472, pero a los pocos días se refacturó con $79.325 adicionales por “Diferencia de cuota por incremento autorizado”. Mientras que por lo informado en la causa la jubilación del afiliado apenas llega a los $157.541 en enero, siendo obligado a quedar excluido del sistema y de la atención que venía recibiendo.
Según la sentencia que otorga la medida suspensiva el afiliado “requiere de permanentes prestaciones de salud y seguimiento médico por haber sufrido un ACV en el año 2017 y problemas cardiacos, además de los padecimientos propios de la edad”, por lo que el aumentazo discrecional no solo buscaba “adecuar” la cuota de las prestaciones sino excluir al afiliado del sistema.
Esto es una práctica común de la medicina prepaga donde lo que prima son los balances contables y la obtención de ganancia vendiendo salud a personas sanas y negando la cobertura a quienes más lo necesitan.
El juez interviniente señaló en el fallo que “la tutela judicial que se solicita, implica poner en crisis la actuación del Estado Nacional, al derogar normas de protección al consumidor y usuario del sistema de medicina prepaga”. Además, los artículos del DNU presidencial afectan en particular a la fiscalización de la “razonabilidad” de las cuotas de los planes prestacionales, algo que es utilizado por las empresas prepagas, justamente, para discriminar pacientes con enfermedades preexistentes y enfermedades crónicas.
El límite de este fallo es que solo aplica para al afiliado que presentó el amparo y obliga a cada uno de los afiliados a realizar presentaciones jurídicas análogas. Pero sí deja en claro el mecanismo por el cual el gobierno quiere profundizar los negocios de la medicina privada, descartando a miles de paciente y afiliados del sistema privado, que irán a engrosar las filas de un servicio de salud público desfinanciado y con una sobredemanda inminente.
Esto demanda reforzar la lucha por la caída del DNU presidencial y la Ley Ómnibus, ambos instrumentos contra la población trabajadora. Junto a la pelea por defender el presupuesto de salud, la inversión sanitaria y el acceso a todas las prestaciones y cobertura al alcance del poder adquisitivo de los trabajadores.
https://prensaobrera.com/politicas/por-una-asamblea-nacional-de-trabajadores-ocupados-y-desocupados-asambleas-populares-y-el-movimiento-de-la-cultura
https://www.ambito.com/economia/dnu-javier-milei-la-justicia-suspendio-los-articulos-que-permiten-la-suba-las-cuotas-las-prepagas-n5934707