Sindicales

24/2/1994|412

El CTA adhiere… en apoyo a la “jubilación privada”

Créase o no, el último plenario del Congreso de Trabajadores Argentinos, que dirigen Víctor De Gennaro y Mary Sánchez, resolvió apoyar la marcha número 100 de los jubilados, para el próximo 2 de marzo, reivindicando el sistema de la “jubilación privada”. La decisión no debería sorprender, sin embargo, porque como ya lo denunció este periódico en su oportunidad, el artículo 12 de sus Estatutos autoriza al CTA la creación de un Fondo de Pensión.


Los dirigentes del CTA parecen creer que la confiscación económica de los trabajadores que significa la “jubilación privada” deja de tener ese carácter si los beneficios van a parar a la Caja del sindicato en lugar de hacerlo a un Banco o compañía de seguros, no digamos ya si se trata de compartirlos.


Pues bien, créase o no, el reciente plenario del CTA dispuso marchar con los jubilados el próximo miércoles, no para reclamar la derogación de la “jubilación privada”, sino para repudiar (textual) “la voracidad empresaria que busca hoy la derogación del artículo 40 de la Ley que limita la ganancia de las Administradoras de Pensión ligadas a los grandes grupos económicos”. Es decir que el CTA defiende ese artículo 40, y por lo tanto a la ley que incluye a ese artículo 40, y de paso se manda su cuota de propaganda de la ley menemista, alegando que tendría previsiones que limitarían las ganancias de los pulpos económicos.


El CTA marcha, entonces, en apoyo a la “jubilación privada”, cuando el Plenario Permanente de Organizaciones de Jubilados y Pensionados acaba de reclamar (textual) “a los reales dirigentes de los trabajadores (en referencia a los del CTA, PO) que orienten y expliquen a los compañeros en actividad por qué deben optar por mantenerse en el sistema de reparto”. La razón es que el sistema privado no da un solo peso más que el estatal al futuro jubilado y que su preservación es parte de la lucha para acabar con la “jubilación privada” y para construir un sistema jubilatorio público, conformado con el exclusivo aporte de los patrones y administrado por los trabajadores.


El artículo 40 al que alude el comunicado del CTA se refiere a la garantía en dólares de los aportes jubilatorios que debería otorgar la Administradora que forme el Banco de la Nación. Esta garantía tendría efecto en el caso de una devaluación de la moneda, pero fuera de esto sería, como en todas las otras variantes, una fuente de superbeneficios a costa de los aportistas. Pero incluso en el caso de una devaluación de la moneda, las pérdidas que sufriría el Banco por la garantía que debe otorgar a los aportes resultarían en menores ganancias para el Fondo y por lo tanto para el aportista a la hora en que éste deba jubilarse. Los bancos privados se sienten perjudicados por esta disposición en su competencia con el Nación, pero para los jubilados ella no cambia el carácter expoliador del sistema ni lo cubre de su eventual bancarrota.


Lo que el CTA en realidad defiende es la disposición de la ley que autoriza (textual) “a las asociaciones profesionales de trabajadores (a) constituir o participar como accionista de una administradora de jubilaciones y pensiones”.


La “adhesión” del CTA a la marcha del 2 tiene, por lo que se puede ver, las características del beso de Judas. El planteo del CTA revela también adónde piensa llevar su burocracia las luchas del interior del país contra el traspaso de los sistemas jubilatorios de las provincias a la Nación.


Decididamente, el CTA “no está a la altura” de la lucha que hoy deben emprender los trabajadores argentinos en defensa de sus intereses y conquistas.