Sindicales

21/12/2023|1683

Enfrentemos la reforma laboral antiobrera y por decreto de Milei

Despidos exprés y baratos, anulación de derechos laborales y prohibición de huelga.

Ofensiva de Milei contra el trabajo.

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) presentado por el presidente Javier Milei en cadena nacional, junto a sus ministros, dedica casi 50 artículos a desmantelar y modificar gran parte del régimen jurídico laboral argentino, para hacer pasar una reforma laboral antiobrera que liquida los derechos indemnizatorios y la estabilidad laboral, promueve la precarización y flexibilización, suprime derechos de organización y acción sindical y ataca derechos y principios favorables a los trabajadores. La desregulación que profesa Milei para las patronales implica una regulación antiobrera para los trabajadores.

Cabe añadir que por vía administrativa se intenta derogar y/o modificar casi una decena de leyes laborales, e incluso afectar principios y derechos constitucionales que amparan a los trabajadores.

Despidos low cost

Una gran parte de las modificaciones del DNU se centran en la liquidación del régimen de estabilidad laboral –aún en su forma impropia- que se intenta preservar con las sanciones indemnizatorias y multas previstas en la ley.

El DNU parte de la derogación de las multas por mala o nula registración, o por falta de pago indemnizatorio, y rebaja el cálculo de los montos indemnizatorios para el caso del despido sin causa del art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), eliminando del cálculo el aguinaldo y otras sumas no remunerativas o “excepcionales”. Para el caso del cálculo de los intereses indemnizatorios se aparta de la jurisprudencia que impone las tasas más favorables al trabajador para aplicar el IPC (inflación) más un máximo de tasa fija anual del 3%.

Las patronales, además, podrán “negociar” con los sindicatos la aplicación alternativa de fondos de cese laboral como el de la Construcción, aunque con un aporte que no parte del 12% mensual sino del 8%. También se habilita a las patronales a contratar un “sistema privado de capitalización” para solventar las eventuales indemnizaciones, abriendo un nuevo negocio para las aseguradoras y banqueros.

El periodo a prueba se extiende de los actuales 3 meses a 8 meses, agrediendo la estabilidad y la certidumbre laboral. Mientras que se ataca también la presunción de existencia de contrato laboral para el caso de relaciones laborales encubiertas por medio de contratos de locación de servicios y facturación periódica, lo que consagra el fraude laboral existente. Además de habilitar la exclusión de la LCT para el caso de “contratar” hasta cinco trabajadores.

Se habilita a las Pymes a pagar las sentencias laborales condenatorias en hasta 12 cuotas, actualizadas por la inflación.

Y se pone precio al despido discriminatorio y antisindical –contrariando la jurisprudencia de la Corte y los convenios reconocidos de la OIT- con la implementación de una “indemnización agravada”, que busca frustrar las sentencias de reinstalación como único remedio real para reparar las prácticas ilegales patronales.

Cuando Milei afirmó que los trabajadores no van a perder con el nuevo sistema de indemnizaciones mintió: el decreto es claro en establecer quitas, disminuciones y sistemas que reducen significativamente los montos a los que pueden aspirar los trabajadores. Tampoco es cierto que una vez despedido pueden obtener otro trabajo ya que se agravan las condiciones para obtener la estabilidad en el marco de una relación de dependencia con una empresa principal “no ficticia”. Es la propia orientación recesiva que impulsa Milei la que impide que los trabajadores puedan acceder a un empleo. Salvo el ajuste todo es ilusión.

Desmantelando la LCT y las leyes laborales

El DNU antiobrero de Milei avanza sobre la irrenunciabilidad de derechos laborales individuales que, justamente, busca compensar las asimetrías propias de la relación laboral. Por esta vía, se habilita la firma de acuerdos individuales a la baja, en el marco de “negociaciones” impuestas por la patronal. También se ponen trabas al principio de la aplicación de la norma más favorable al trabajador. La LCT pasa a ser una especie convenio marco regulable.

La ultraactividad de los Convenios Colectivos de Trabajo se mantiene únicamente para las cláusulas respectivas a las condiciones laborales, afectando a todas las demás (por ejemplo los aportes y contribuciones con destino sindical), las que deberán ser renegociadas ante cada vencimiento, lo que opera como una prenda de negociación de las patronales ante la burocracia sindical para imponer reformas convencionales.

El DNU elimina también a las “cuotas solidarias” que pagan los trabajadores no afiliados como consecuencia de su favorecimiento con los resultados de las negociaciones salariales y convencionales, que iban a las cajas sindicales como un cobro por “gestión” y paliar así la caída de afiliaciones como resultado del rechazo a la política de la burocracia. A su vez se incorporan bloqueos a la recaudación de las cuotas sindicales.

Se establece como único límite a la jornada laboral el descanso de 12 horas entre cada jornada, destruyendo la conquista de la jornada de 8 horas, y se habilita la incorporación del sistema de banco de horas para evitar el pago de horas extras.

El decreto formaliza la tercerización laboral y exculpa de toda vinculación legal a las patronales que utilicen servicios tercerizados, promoviendo la multiplicación de empresas fantasmas y/o subsidiarias ocultas de las grandes multinacionales y patronales del país, y dejando a los trabajadores sin ningún resguardo.

En cuanto al teletrabajo, se agrega el consentimiento patronal para la reversibilidad al trabajo presencial, antes no requerido, y se elimina la posibilidad de optar por la legislación más favorable para el trabajador en caso de prestaciones transnacionales. A su vez, se le otorga mayores potestades a la patronal para “coordinar” los periodos de  tiempo afectados en caso de cuidados de hijos menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores convivientes

Contra el derecho a organización y huelga

La ofensiva de Milei viene con algunas medidas de fondo contra el derecho a huelga y la organización y acción gremial.

Se extiende la noción de servicios esenciales, incorporando la educación entre ellos, obligando a preservar el 75% de la prestación ante conflictos colectivos. Y se crea la figura de “servicios trascendentales”, donde ingresan casi todos los otros rubros laborales e industrias, y se limita las acciones colectivas al 50% de las prestaciones.

Una intromisión directa e ilegal contra el ejercicio del derecho a huelga consagrado en la Constitución Nacional, por medio de una reglamentación prohibitiva –cuando debiera ser nula- que convierte al paro y la huelga en una mera declaración de intenciones.

También se regulan restrictivamente las asambleas sindicales en los lugares de trabajo, de forma que no perjudiquen “las actividades normales de la empresa” o “afecten a terceros”. Y se prohíben expresamente los bloqueos de empresas u “obstaculizaciones” de la producción, los que podrían considerarse “injuria laboral grave” dando lugar al despido inmediato.

https://x.com/Crespo_Ale_M/status/1737661280226263259?t=Sr-drL3nnD2BA5VRe5jqTw&s=08

Milei fundamenta estas medidas bajo un supuesto fracaso de la normativa actual para le generación de nuevos empleos y la registración del existente. El avance de esta reforma antiobrera no garantiza la creación de nuevos y más puestos de trabajo, sino que facilita la eliminación de los existentes y subordina el crecimiento de la productividad a costa de una mayor explotación obrera, así como favorece la ganancia patronal por la vía de la flexibilización y la disminución de los salarios y derechos obreros.

Las medidas antiobreras del decreto de Javier Milei representan un salto atrás, de un plumazo, en las conquistas históricas de los trabajadores, sin siquiera apelar a los canales legales y constitucionales para aplicar dichas reformas por la vía del Congreso de la Nación. Lo que, además de la respuesta colectiva de los trabajadores ante esta ofensiva, implicará una lluvia de denuncia, impugnaciones y presentaciones de inconstitucionalidad en los tribunales.

La marcha independiente del 20 de diciembre y los cacerolazos de la noche tras los anuncios de Milei dejaron planteada la intervención obrera y popular en esta crisis y el reclamo a las centrales obreras del paro nacional para enfrentar y derrotar esta ofensiva que busca doblegar a los trabajadores para garantizar así los negocios de los capitalistas, como así se pronunció el secretario general del gremio del neumático (Sutna) Alejandro Crespo, reclamando el paro activo nacional de la CGT y la intervención inmediata de los sindicatos en la agenda política.

https://prensaobrera.com/politicas/gabriel-solano-milei-pretende-un-gobierno-de-excepcion

https://prensaobrera.com/politicas/cacerolazos-contra-el-megadecreto-ajustador-de-milei