Sindicales

19/2/2019

Hospital Posadas: un fallo antiobrero

La Cámara II de San Martín acaba de rechazar el amparo presentado por los enfermeros y las enfermeras del Hospital Posadas, que se oponen a una resolución que modifica la jornada laboral de 10 a 12 horas día por medio en turno nocturno.


Los enfermeros organizaron una gran lucha contra el aumento de la jornada laboral. Como reacción, la Dirección del Hospital les descontó ilegalmente hasta el 70% de los salarios.


A pesar de la solidaridad que despertó la resistencia al aumento de la jornada laboral entre los trabajadores del Hospital Posadas y otros nosocomios, el movimiento fue aislado por ATE Morón, que firmó su conformidad con la resolución. Esto, a pesar de atentar contra el artículo 48 del Convenio General para el Empleado Público Decreto 214/06, que establece una jornada de 6 hs. para el trabajo nocturno y en áreas críticas y hasta 130 hs. máximas para el mes.


El amparo presentado por los enfermeros a mediados de 2017 tuvo un primer pronunciamiento favorable en la justicia, pero fue apelado por el Hospital.


Los fundamentos del fallo contrario a los enfermeros se basan en una maniobra, ya que retrasó excesivamente pronunciarse sobre la primera sentencia, permitiendo que la dirección del Hospital llevara a cabo cientos de despidos de los firmantes del amparo. De esa forma, la misma Cámara que demoró en pronunciarse argumentó que, como los enfermeros “no se encuentran prestando servicios en el Hospital Posadas… la cuestión planteada por los referidos coactores ha devenido abstracta…”. Así, no se pronunció ni por el aumento de las horas, ni por las rebajas salariales, dando por cerrado el asunto.


Por otra parte, respecto a los trabajadores que aún se encuentran trabajando, planteó hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por el Hospital y revocar la sentencia anterior. En consecuencia, rechazó la demanda interpuesta por los enfermeros.


La Sala se hizo la “distraída” con la clara intención de favorecer la política del gobierno en el camino de flexibilizar las relaciones laborales con o sin reforma de la Ley de Contrato de Trabajo. Para poder fallar como lo hizo, la Sala desconoció los artículos 48 y 49 del decreto mencionado más arriba y lo prescripto por la Ley de Enfermería.


La realidad es que los enfermeros se negaron a un régimen laboral esclavizante, impidiendo que se los destruya física y psíquicamente; intentaron hacer cumplir con lo ya históricamente establecido para los trabajadores de turno nocturno.


Los trabajadores del Hospital no han abandonado la movilización, y si bien por el momento se encuentran con el obstáculo que impone la burocracia de ATE, la situación no está cerrada. Por otra parte, han presentado un recurso extraordinario ante la Corte Suprema con la intención de revertir el pronunciamiento de la Cámara, sin que esto signifique ninguna confianza en que los problemas que enfrenta la clase trabajadora se puedan solucionar a través de los tribunales.