Sindicales

24/6/2010|1134

Las “leyes Recalde”

Asesor de la CGT desde 1964, casi un asesor personal de Hugo Moyano, Recalde quiere edificar una carrera política en el parlamento tratando de derogar algunos de los centenares de artículos de las leyes laborales implementados en los ‘90. Estos artículos, que se escribieron con el mismo Recalde como asesor letrado de la central, tuvieron la aprobación del conjunto de la burocracia sindical y hoy siguen vigentes luego de muchos años de gobierno kirchnerista.

De acuerdo con los nuevos tiempos “nacionales y populares”, el propio Recalde presentó hace dos años una “mega-modificación” de 84 de ellos en el Parlamento que, en su gran mayoría, duermen el sueño de los justos.

La modificación que tuvo plena sanción parlamentaria fue la derogación de los tickets canasta, que constituían una suerte de vuelta al negrero sistema de trueques de salario por comida de La Forestal. En este caso, Recalde jugó con las cartas marcadas. Ya sabía que la derogación de los mismos sería inminente, pues estaba en espera en la Corte Suprema el juicio de un trabajador que duró casi 10 años, y terminó con un fallo que consideraba el ticket como parte del salario.

De los 83 proyectos restantes, dos tienen media sanción parlamentaria y el único que fue aprobado está sujeto a un veto presidencial.

El primero de ellos es una modificación de un artículo de la Ley de Empleo vigente sobre “jornada reducida”, que se instaló en nombre de “permitir una ocupación mínima a un trabajador” (por ejemplo, tenerlo en blanco cuatro horas), en abierta violación a las históricas ocho horas laborales. La jornada reducida es un negocio para las patronales, que tienen una parte del personal bajo esa figura y pagando el resto en negro, lo que les permite variar la jornada de acuerdo con la producción sin necesidad de suspender. Recientemente, y en vista de los groseros abusos que se cometían, tuvo que implementarse un tope máximo de la jornada reducida, de modo que si la misma superaba los dos tercios de la jornada (32 horas semanales), la empresa debería pagarla como jornada completa. La patria sojera es beneficiaria de esta jornada reducida, pues habilitó el espejismo de un trabajo en blanco que en realidad no existe entre los peones rurales.

La segunda media sanción tiene que ver con el artículo 245 de la Ley 20744, referido a las indemnizaciones. Allí se establece que las mismas serán incrementadas al doble cuando se verifique que el trabajador estaba en negro y que, además, serán abonadas a los cuatro días hábiles siguientes a la desvinculación del contrato laboral. Aquí también las cartas están marcadas, puesto que se arriba a ese resultado con un acuerdo de partes. En la actualidad, cualquier abogado establece, en el propio reclamo de la indemnización en blanco, el tiempo que el trabajador estuvo en negro, aporta los testigos y termina ganando un juicio a la patronal, que muchas veces es más del doble de la indemnización normal. Algo similar sucede con el pago diferido de la indemnización, pues existen miles de juicios en el mismo sentido. El trabajo en negro siempre fue ilegal, y siempre fue practicado por las patronales con el acuerdo de la burocracia sindical. La normativa pauta los valores de un juicio que los buenos abogados laboralistas ya conocen muy bien y, más aún, los “caranchos” laborales.

Una crisis política

Aunque estos cambios obtuvieron la aprobación legislativa del kirchnerismo, no sucedió lo mismo con el último proyecto del diputado. La Cámara alta le aprobó a Recalde la derogación del artículo 141 de la Ley Nacional de Empleo, que establece que “el salario mínimo, vital y móvil no podrá ser tomado como índice o base para la determinación cuantitativa de ningún otro instituto legal o convencional”. Con la derogación de esa norma, el salario mínimo podría ser tomado como base o índice para la determinación de indemnizaciones, horas extras, salario básico o eventualmente en la movilidad de las jubilaciones. Por caso, si prosperara el proyecto legislativo que plantea llevar la jubilación mínima al 82% del salario mínimo, ello implicaría un aumento del 42,9% para los que cobran esa jubilación.

La media sanción de esta norma, y su rápido pase a tratamiento en el Senado, desató una crisis política. Tomada corrió personalmente al congreso para impedir, sin éxito, que el Senado la vote, algo que finalmente ocurrió con el voto de la oposición y el rechazo… de los socios políticos de Recalde, o sea, del kirchnerismo. Lo que se viene, por lo tanto, es un posible veto presidencial.

Los cambios introducidos por las leyes Recalde son mínimos y secundarios, cosmética del sostenimiento de conjunto de la flexibilización laboral de los ‘90. Una paritaria con delegados elegidos en asamblea vale más que todo el cacareo de Recalde, quien mientras proclama la lucha contra la flexibilización de leyes, es ideólogo de la burocracia sindical que la promovió. La huelga de alimentación pudo más que todo este palabrerío, por ejemplo. Están más planteado que nunca el 82% móvil de todas las jubilaciones y el aumento del propio salario mínimo a 2.500 pesos.