Sindicales

30/9/2015|1383

Los despidos de los activistas y su reinstalación

APEL


Cuando ocurre el despido de un activista gremial, tenga o no fueros y en virtud de ser un representante elegido por los trabajadores, se plantea ante la Justicia el pedido de su reinstalación al puesto de trabajo por tratarse de una desvinculación nula.


Ese planteo ante la Justicia tramita bajo lo que se denomina juicio sumarísimo. Es decir, un proceso con otras reglas diferentes y plazos mucho más breves que en un juicio ordinario. En teoría, porque debería durar en su sustanciación un tiempo reducido por la importancia de lo que se debate, aunque en la práctica esto no ocurra y su duración termine siendo de años hasta arribar a una decisión judicial.


Si bien el proceso resulta más sencillo cuando se trata de un activista con fueros dispuestos por la ley, numerosos son los fallos que ordenan la reincorporación de aquel que no los tiene pero que, probado en juicio, resultaba ser un “delegado de hecho” representando a sus compañeros.


Ahora bien, habrá que enfocarse entonces en cómo se hace efectiva la sentencia favorable que ordena la reinstalación al puesto de trabajo de ese activista despedido… Lo cierto es que ahí comienza todo un nuevo camino de lucha. En la mayoría de los casos, esos jueces que en primer lugar ordenaron la reinstalación “en un plazo de cinco días” (o lo hicieron en contrario y la Cámara de Apelaciones modificó su decisión) se atan voluntariamente a los “caprichos” y “vaivenes” intencionales de las patronales para evitar que la misma se haga efectiva, dilatando el reingreso por meses y hasta años. A lo sumo y con “suerte”, ordenan la constatación del impedimento de ingreso por un oficial de Justicia y se limitan a fijar un castigo económico aplicando lo que se llama “astreintes” por cada día de retardo. Así, el sistema judicial vigente se vuelca a favor de aquellas patronales, que han sido vencidas en el juicio y no sólo termina convalidando la práctica contra la libertad sindical y la no discriminación en los hechos, sino que se vuelve su cómplice.


El Poder Judicial -que es parte del amparo a la corrupción, al delito organizado y a la impunidad estatal-, que ejecuta leyes y decisiones contra los trabajadores en todos los ámbitos sin siquiera titubear, sin dilaciones ni cuestionamientos y utilizando el auxilio de la fuerza pública si es necesario, deliberadamente no lo hace cuando se trata de hacer efectiva la resolución judicial laboral de reinstalación contra las patronales.


Y es que, tal cual lo dice la canción de nuestros compañeros de Las Manos de Filippi, “Sólo la lucha (y la movilización popular) podrá cambiar la sentencia de los patrones”.