Sindicales
22/12/2023
Modificaciones en el teletrabajo: se amplían las potestades patronales
Cercenan derechos en las tareas de cuidado, reversibilidad y legislación aplicable en prestaciones transnacionales.
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Agravan las condiciones del teletrabajo.
El megadecreto presidencial de ajuste de Javier Milei casi no deja instituto o derecho de los trabajadores sin afectar de forma negativa, ampliando las potestades patronales y liquidando conquistas obreras. Esto es extensivo para el teletrabajo, donde se amplían las facultades de la patronal para regular los tiempos dedicados al cuidado de menores o familiares, para la reversibilidad de dicha modalidad y se elimina el derecho a encuadrarse en la legislación más favorable en las prestaciones de servicios transnacionales.
El DNU de Milei modifica sustancialmente tres artículos importantes de la Ley n° 27.555 de Teletrabajo, para adaptar el teletrabajo aún más a las necesidades de las patronales.
La normativa que intenta imponer Milei establece ahora que la reversibilidad del teletrabajo a la presencialidad ya no dependerá solamente de la revocación del consentimiento otorgado por el trabajador sino de que “podrá ser revertido por acuerdo mutuo entre el trabajador y el empleador”, ampliando las facultades patronales. Incluso instando al regreso directo a la presencialidad “en función de las necesidades propias de cada puesto de trabajo”.
El DNU altera lo normado respecto a las tareas de cuidado de niños menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores convivientes, bajo el régimen de teletrabajo, invirtiendo el espíritu de la norma vigente, que faculta al trabajador a compatibilizar horarios y a interrumpir la jornada laboral si así lo requiere.
Las modificaciones del decreto ilegal de Milei convierten este derecho en una carga para las y los trabajadores, priorizando el trabajo por sobre las tareas de cuidado. Las facultades de los trabajadores se convierten en una opción de “coordinar con el empleador, en tanto no afecte lo requerido de su trabajo, horarios compatibles a la tarea de cuidado a su cargo y/o la interrupción esporádica de su jornada”. El decreto también agrega categóricamente que los periodos afectados deberán ser compensados por el trabajador.
También se establece que en caso de existir alguna compensación económica por gastos por tareas de cuidado –sin explicitar ningún rango de cobertura- se pierde el derecho antes mencionado.
Esto abre la posibilidad para diversas maniobras, una de ellas la exclusión de quienes tienen a su cuidado niños menores de 5 años, alcanzados por el régimen que establece el pago de los jardines maternales, o la utilización de cualquier tipo de compensación parcial e insuficiente que anule las facultades, ahora cercenadas, de los trabajadores.
En cuanto a las prestaciones transnacionales, las cuales se rigen casi exclusivamente bajo la modalidad de teletrabajo, el DNU de Milei anula la posibilidad del trabajador de optar por el encuadre en la legislación más favorable (del lugar de ejecución de las tareas o la ley del domicilio del empleador), imponiendo la aplicación al contrato respectivo de “la ley del lugar de ejecución de las tareas por parte del trabajador”.
Con estas modificaciones los “libertarios” extienden un mayor control y regulación contra los trabajadores y amplían las libertades y garantías de las patronales, ajustando más aún el teletrabajo a las necesidades y requerimientos del mercado.
Los trabajadores debemos derrotar esta ofensiva antiobrera con los métodos históricos de la clase obrera, y la convocatoria a un paro nacional activo, como viene reclamando el Sutna (neumático) a la CGT y las centrale sobreras.
https://prensaobrera.com/sindicales/enfrentemos-la-reforma-laboral-antiobrera-y-por-decreto-de-milei
https://prensaobrera.com/politicas/un-20-con-plaza-y-con-cacerolazo