Sindicales

31/1/2024

Otro golpe en la Justicia a la reforma laboral antiobrera de Milei

La Cámara del Trabajo resolvió la invalidez constitucional de todo el Título IV del DNU referido a Trabajo.

Movilización Tribunales 27/12.

El gobierno nacional sufrió un nuevo revés judicial respecto a la reforma laboral incorporada en el DNU oficializado por el presidente Javier Milei: la Cámara del Trabajo resolvió la inconstitucionalidad de los artículos atinentes al Trabajo, ampliando los alcances de un fallo de primera instancia del amparo presentado por la CGT.

Se trata de la inconstitucionalidad del Título IV del decreto, que contempla la franja de artículos desde el 53 al 97. La Cámara entendió que dicha invalidez constitucional se debe a que el decreto es “contrario al art. 99, inc. 3o, de la Constitución Nacional”, no siendo suficiente la necesidad y urgencia invocada por el Ejecutivo nacional para habilitar un procedimiento que excluya el normal funcionamiento del Poder Legislativo.

Esta instancia es el resultado de la apelación y elevación a cámara del amparo presentado por la CGT, que había obtenido en primera instancia la invalidez de los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97 del DNU: un resultado acotado debido a una interpretación restrictiva de la Justicia sobre la afectación de derechos colectivos del trabajo (cuota sindical, negociación colectiva, cláusulas obligacionales, derecho de asambleas, etc.), dejando fuera aquellos contemplados como derechos individuales.

La Cámara extendió la invalidez al conjunto de los artículos de la reforma laboral, considerando que “estamos en presencia de derechos de incidencia colectiva referentes a intereses individuales homogéneos, sujetos a una lesión futura causalmente previsible, que reconoce una causa jurídica común y homogénea a todo el grupo”.

En las resoluciones del fallo también desechó la aclaración formulada en la resolución del fallo de primera instancia que señalaba que los artículos invalidados gozarían “de validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso, o su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario”.

De esta forma, la Cámara señala que el camino para proceder a la reforma laboral antiobrera que plantea Milei es el de su tratamiento legislativo por los canales correspondientes, y no así una subsanación de las deficiencias formales por vía del Congreso.

El fallo Cámara supone la existencia de sentencia firme al respecto, quedando expedita como única vía la apelación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación que, a su vez, cuenta con el amparo presentado por la provincia de La Rioja por competencia originaria.

Estamos ante un nuevo golpe contra el DNU antiobrero de Milei, quien buscará un salvavidas por parte de la Corte o deberá emplear nuevos medios para hacer pasar esta ofensiva por la vía del Congreso de la Nación, lo que deberá enfrentar nuevos episodios de la lucha de clases contra la política patronal y ajustadora del gobierno nacional, el FMI y sus colaboradores.

Esto representa una oportunidad para el movimiento obrero para tirar abajo todo el plan de ajuste de Javier Milei con un plan de lucha nacional que reúna a todos los sectores en lucha contra esta ofensiva antiobrera y antipopular.

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