Sindicales
24/4/1990|301
Derecho de huelga
Una reglamentación fascista
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El proyecto de ley de reglamentación del derecho de huelga pretende ser la respuesta política del gobierno de Menem a su derrota frente a los fraternales. Su objeto —así lo ha declarado el presidente— es aplastar las huelgas de los ferroviarios, los docentes y los telefónicos.
La necesidad del gobierno derrotado de dar una rápida respuesta a sus vencedores —los trabajadores— y también a sus mandantes —los capitalistas— llevó a Menem a impulsar en principio la prohibición de las huelgas por decreto. Su transformación en proyecto de ley traduce el acuerdo alcanzado con el radicalismo y con la burocracia sindical.
El propio Saúl Ubaldini acaba de agradecer públicamente al presidente el envío de la ley anti-huelgas al Congreso.
La nueva ley viene a reglamentar un derecho que prácticamente no existe, ya que los instrumentos de que goza el estado contra las huelgas son innumerables: conciliación y arbitraje obligatorio, declaración de ilegalidad, suspensión y retiro de personerías gremiales, etc. Por sobre esta regimentación, el Estado cuenta además con una burocracia adicta, sostenida por el propio Estado a través de la ley de asociaciones profesionales. Con semejante arsenal legal político, el gobierno de Menem ha sido, sin embargo, incapaz de frenar las huelgas, lo que traduce el hundimiento de la autoridad del caudillismo nacionalista burgués sobre las masas.
Una ley fascista
La nueva ley, que pretende reglamentar las huelgas en los servicios considerados "esenciales”, define como tales a aquellos "cuya Interrupción parcial o total pueda poner en peligro la vida, la salud, la libertad o la seguridad respecto de toda la comunidad, parte de ella o de las personas". Bajo este enfoque, todos somos “esenciales” ya que la explotación del trabajo ajeno constituye la “libertad” de los patrones, los que naturalmente son “personas”. La nueva ley liquida el derecho de huelga para todo el movimiento obrero.
La amplitud de la definición de "esencialidad” pone de manifiesto la inspiración fascista de la nueva ley que convierte a los trabajadores en conscriptos al servicio de la “sociedad” corporizada por el Estado.
Una excusa para la provocación
El proyecto menemista, establece que antes de declarar una huelga hay que pasar por la conciliación obligatoria y, terminada esta, hay que comunicar por escrito —con diez días de anticipación— su duración y modalidad. En esos diez días, el Ministerio de Trabajo establecerá cuales serán los "servicios mínimos” que no podrán dejar de prestarse.
Con esto, la ley pone un arma fenomenal de provocación en las manos de las patronales: ningún despedido podrá ser defendido hasta cuarenta días después de su despido. Además, la ley establece que las patronales designarán a los trabajadores que estarán obligados, bajo amenaza de despido, a prestar los “servicios mínimos”, lo que le permitirá nombrar a los delegados y activistas para liquidar la huelga.
La nueva ley integra todas las formas de regimentación aplicadas hasta ahora. La “novedad” es que a diferencia de las normas anteriores, hace responsables primarios del incumplimiento de la ley, no a los sindicatos sino “a los trabajadores”. El Estado defiende a la burocracia contra los trabajadores, reforzando toda la legislación sindical anterior. La urgencia de sancionar la ley se explica, entonces, después que los fraternales derrotaron al gobierno pasando por encima de su propia burocracia. Esto explica también, el unánime apoyo de la burocracia sindical —Mesa de Enlace y ubaldinistas— a la liquidación del derecho de huelga.
La ley establece también que “el derecho de huelga no dará lugar en ningún caso al cobro de remuneraciones por el período de suspensión de trabajo”, lo que significa equipararlo con el "derecho a faltar” según la Ley de Contrato de Trabajo. Lisa y llanamente, la ley deroga absolutamente el derecho de huelga, aún de aquellas que sean declaradas legales en el cuadro fijado por esta ley super-reaccionaria.
Esta ley anti-huelgas no sólo va a ser usada contra el movimiento obrero, los delegados y activistas sino también contra los partidos de izquierda. La ilegalización de las huelgas significa la ilegalización de los partidos que la inscriben en sus programas como método de lucha —sindical y político. La derogación del derecho de huelga abre el camino para promover causas penales contra los partidos que las propugnan.
Para el movimiento obrero es vital quebrar esta ley que lo condena a la ilegalización. Es necesario que los cuerpos de delegados y las asambleas sindicales reclamen a la CGT la huelga general por la derogación de esta ley-bozal y de todas las normas regimentadoras del derecho de huelga.
Una “vereda” que se “autoregula”
El dirigente de la Democracia Popular Carlos Auyero, sindicado como inquilino de “la vereda de enfrente", acaba de pronunciarse a favor de la “autorregulación del derecho de huelga" (La Razón, 2314).
Esta “autorregulación" —compartida por Ubaldini y "los ocho"— significa que deben ser la burocracia y las patronales quienes determinen mediante acuerdos voluntarios, en paritarias, cómo y de qué manera deben hacerse las huelgas. Auyero pretende que esta injerencia patronal en las resoluciones que son propias de los trabajadores constituye un “mecanismo democrático”, algo que es absolutamente falso. La “autorregulación” significa el desconocimiento de la soberanía de las democráticas asambleas de trabajadores y la subordinación de estos a la antidemocrática burocracia sindical.
Auyero, no es novedad, es hostil a la independencia de las organizaciones obreras, una posición que comparte con los vecinos de su "vereda".
La “vereda” de Auyero no es la de los trabajadores.