Sociedad

18/4/2026

Neuquén

Con impunidad patronal, comienza el juicio para las víctimas de la explosión de la refinería NAO

Redoblemos la movilización para exigir justicia por Víctor, Gonzalo y Fernando.

Reclamo ante un crimen laboral de New American Oil.

Luego de tres años y medio de espera por parte de las familias de las víctimas de la explosión de la refinería de New American Oil (NAO) en la localidad neuquina de Plaza Huincul, el martes 14 de abril comenzó el juicio por justicia para las víctimas de NAO con el alegato de apertura de fiscalía.

Entre los imputados se encuentran Alfredo Novaro, auditor externo de la empresa, Natalia González, técnica en seguridad e higiene, Guido Torti, jefe de planta, Silvio Saibene, jefe de mantenimiento, y Gimena Brillo, licenciada en seguridad e higiene.

Quienes no están sentados en el banquillo de los acusados es la parte patronal, ya que gozan de la impunidad que el Poder Judicial les otorgó el año pasado, absolviendo mediante la suspensión de juicio a prueba al gerente general de NAO, Rodrigo Arias, único acusado de estrago culposo agravado. Actualmente Arias goza de una probation por un año y seis meses con requerimientos menores si se compara con la envergadura de tremendo crimen laboral.

Todos los caminos conducen a la patronal

La estrategia inicial de la defensa fue responsabilizar a los obreros fallecidos por la explosión, una conducta miserable que deja por fuera todo tipo de responsabilidad patronal y estatal. La fiscalía el año pasado señalo que “existió un sinnúmero de incumplimientos” y da detalles con precisión sobre el accionar de la patronal. En principio el fiscal Liotard afirma que la gerencia “no ordenó la realización de un relevamiento total de la refinería y la recuantificación de riesgos y la identificación de los peligros reales existentes en la planta”, luego de modificaciones que se hicieron en julio de 2022.

El fiscal jefe sostuvo que Arias “en su calidad de gerente general, no asumió la conducta debida y adecuada, al no contemplar ni realizar planes de mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo de los equipos en general como así de los planes de seguridad respecto del personal afectado a las labores dentro de la planta.

Esto porque su función “imponía realizar todas las modificaciones concretas, que permitan un trabajo seguro, imponía contemplar cambios en los equipos compatibles con parámetros seguros para las operaciones de todas las instalaciones que integran la misma y en los tanques de proceso y en particular el tanque 205”.

Así, “como consecuencia de la conducta descripta, claramente inobservante de los ordenamientos legales en la materia y notoriamente negligente, se produce el escape, deflagración, explosión y posterior incendio – que sesga la vida de quienes se encontraban trabajando”. (MPF 28/07/25)

Según lo expuesto por fiscalía, las instalaciones deberían haber estado clausuradas si la Secretaria de Energía de la Nación hubiese realizado los controles reglamentarios que se encuadran en la Ley 13660 y su correspondiente decreto reglamentario 10877/60, pero nada esto ocurrió. Es que la avaricia patronal es inversamente proporcional a las normas de seguridad e higiene correspondientes para evitar desenlaces mortales en los lugares de trabajo. Por ello, es clave la constitución comités obreros de seguridad e higiene por fábrica con la posibilidad de suspender maniobras ante riesgos de accidentes.

Desde el Partido Obrero nos sumamos a poyar a las familias de Fernando, Gonzalo y Víctor en la verdadera búsqueda de justicia ante un crimen laboral que debería haberse evitado.

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