Ambiente

27/12/2020

La corte de justicia catamarqueña falló a favor de las mineras

Declaró inconstitucional una ordenanza del municipio de Andalgalá contra la megaminería.

Movilización en Andalgalá 26/12.

El día 22 la Corte de Justicia catamarqueña declaró inconstitucional la ordenanza 029/16 de Andalgalá que prohíbe la minería en todas sus formas en las cuencas del río Andalgalá. La ordenanza, sancionada en el año 2016 por la totalidad de los concejales, fue producto de la lucha de los pobladores andalgalenses. La corte, con su decisión, vuela de un plumazo la autonomía de los municipios y el poder de policía que ellos tienen en materia ambiental.

Se da lugar a lo planteado por Minera Agua Rica después de 4 años de presentar el amparo, avalando a las mineras, en el mismo camino de los ataques a las legislaciones que limitan su accionar contaminante en diversas provincias, como el intento de zonificación en Chubut y la derogación de la ley del agua en Mendoza. Se alinean así con Fernandez-Fernandez y los gobernadores que buscan colocar a los recursos naturales como garantía en las negociaciones con los acreedores internacionales y reactivar un tipo de minería que es rechazada por los pueblos en todo el país.

Prepararon el camino

En los últimos dos años se han estado instalando el discurso de la necesidad de una megaminera en la provincia, como único recurso para enfrentar la pobreza extrema en que viven una mayoría de los catamarqueños.

Durante el 2020 el gobernador Jalil (PJK) modificó la ley de regalías mineras en la provincia, la cual le otorga el manejo casi exclusivo de estos recursos al ejecutivo provincial, de esta manera ni siquiera las migajas que significan las regalías irán a los pueblos donde están asentados los emprendimientos. Al cabo de un tiempo corto se acaba el mineral, se terminan los escasos puestos de trabajo y los pueblos quedan más pobres y contaminados.

Más cercana en el tiempo la modificación del código minero que quita al poder de entregar y controlarlos pedimento mineros al juzgado de minas y otorga esto facultad a una comisión digitada por el ejecutivo provincial. Los pedimentos mineros son un negocio de especulación inmobiliaria, el nuevo código no erradica la especulación solo otorga el poder al Estado provincial para este negocio.

Todas las medidas que ha tomado el gobierno provincial buscan dar mayores “garantías a los inversores mineros“, cuando las garantías tendrían que estar para los trabajadores catamarqueños que padecerán las consecuencias de los emprendimientos mineros.

La Corte falla a favor de los corruptos, coimeros y contaminadores

Los escándalos sobre coimas y corrupción en Chubut están en consonancia los casos de los intendentes catamarqueños que recibieron fondos de regalías mineras por Alumbrera todos han sido investigados por corrupción, uno de ellos procesado por malversación de fondos (José Perea exintendente K), del mismo modo estuvo procesado el exrector de la UNT (Universidad Nacional de Tucumán), como también hoy están siendo procesados dos de los CEOs de Alumbrera por contaminación ambiental. Un verdadero tendal de corruptos, coimeros y contaminadores es el saldo que deja en cada lugar que se instala la posibilidad de un emprendimiento de estas características. El Estado en su conjunto queda postrado a los pies de las corporaciones mineras.

La defensa de la Ordenanza 029/16 se convierte hoy en la provincia en una bandera que debe unir al movimiento ambiental en la perspectiva de imponer un derecho a veto de las comunidades sobre los emprendimientos mineros. Impulsamos encuentros y asambleas en Andalgalá y en toda la provincia para rechazar el fallo de la corte y establecer un pliego y un plan de lucha en defensa de los recursos, del ambiente y del trabajo para los catamarqueños.

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